TEXTO PAGINA: 27
PÆg. 298715 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de agosto de 2005 Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA OPER INST.- 109-05, del 11 de julio de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Astra IAI-1125, en el Centro de Entrenamiento deGreater Philadelphia Wilmington Learning Center, de la ciudad de New Castle, Delaware, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 18 de agosto de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 19933 y 19936, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1390-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector José Guido Fernández Lañas, para realizar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo AstraIAI-1125, en el Centro de Entrenamiento de Greater Philadelphia Wilmington Learning Center, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Aero Transporte S.A.,en la ciudad de New Castle, Delaware, Estados Unidos de América, durante los días 17 al 19 de agosto de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1390-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Guido Fernández Lañas, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de New Castle, Delaware, Estados Unidos de América, durante los días 17 al 19 de agosto de 2005, para los fines a que se contrae la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Transporte S.A. a través de los Recibos de AcotaciónNºs. 19933 y 19936, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso deaeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14046Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Civilen comisión de servicios a El Salvador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 556-2005-MTC/02 Lima, 12 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al TesoroPúblico, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la LeyNº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como laDirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titulardel Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación deCategoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a travésde la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y enlos estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Taca Perú S.A., con Carta TP-195- 07-05, del 21 de julio de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (InspecciónTécnica de Aeronaves), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicas por renovación de Constancias de Conformidada las aeronaves Airbus 320 de matrículas N-481TA, N- 482TA, N-483TA, N-484TA, N-487TA y N-490TA, en las instalaciones de AEROMAN de la ciudad de San Salvador,durante los días 17 al 26 de agosto de 2005; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 21405, la solicitante ha cumplido con el pago delderecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 1527-2005-MTC/12.04-SDA y 1528- 2005-MTC/12.04-SDA designando a los InspectoresGuillermo Enrique Pastor Albarracín y Jorge Luis Barrios Nuñez, respectivamente, para realizar las inspecciones técnicas por renovación de Constancias de Conformidad