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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (17/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 298714 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de agosto de 2005 que realicen las instituciones del sector público, sector privado y la sociedad civil. Artículo 3º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria NacionalPrevención y Control de Daños No Transmisibles, es responsable de la implementación de la presente Resolución. Artículo 4º.- Las Direcciones Regionales de Salud y los demás establecimientos de salud, a nivel nacional, son responsables de la ejecución de las actividades dedifusión y sensibilización en las citadas semanas, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Regístrese y comuníquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 14269 Dan por concluida designación de Directora General de la DirecciónRegional de Salud de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 620-2005/MINSA Lima, 16 de agosto del 2005 Visto el Oficio Nº 1330-2005-GRA/ORAJ-GGR cursado por el Gerente General Regional del Gobierno de la Región Ancash y Oficio Nº 01760-2005-REGIÓNANCASH-DIRES/DG de la Directora General de la Dirección Regional de Salud Ancash; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dar por concluida la designación de la doctora Maritza Mieko Muratta Olano, en el cargode Directora General de la Dirección Regional de Salud Ancash, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 14340 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aceptan renuncia de Directora Ejecutiva del Programa de Capacita-ción Laboral Juvenil - PROjoven RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2005-TR Lima, 17 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 198-2004- TR, de fecha 2 de agosto de 2004, se aprobó elReglamento Operativo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven, Unidad Ejecutora 002, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Acápite 2.3.1. del Numeral 2.3 del Capítulo 2 del Reglamento Operativo establece que la Dirección Ejecutiva es la instancia de conducción técnica yadministrativa del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven y está a cargo del Director Ejecutivo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 109-2005- TR, de fecha 26 de abril de 2005, se ha designado a laseñora María Mercedes Ferruzo Vallejos, como Directora Ejecutiva del citado Programa; Que, la mencionada funcionaria ha presentado renuncia al cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el literal d) del Artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia de la señora MARIA MERCEDES FERRUZO VALLEJOS, al cargo de Directora Ejecutiva del Programa de CapacitaciónLaboral Juvenil - PROjoven, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 14369 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civila EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 552-2005-MTC/02 Lima, 5 de agosto de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del PoderEjecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a lossectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casoslos viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión deservicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicagosobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría – I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programaanual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en lasdisposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional;