Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2005 (17/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 17 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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unanimidad, el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 215-CDLO QUE APRUEBA LA OBLIGACION DEL PAGO DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Articulo Primero.- ESTABLECER, que a partir del 2 de noviembre del presente ano, para la Devolucion de Valores Tributarios y/o Administrativos solicitados por la Entidad para ser cancelados y/o fraccionados, el contribuyente debera cancelar previamente los Gastos y Costas Procesales generadas por el procedimiento coactivo, con excepcion de las devoluciones efectuadas por la Oficina de Ejecutoria Coactiva. Articulo Segundo.- ENCARGUESE, a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA, a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA, SUB GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA y DIRECCION DE LICENCIAS Y CONTROL DE NORMAS MUNICIPALES el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y; a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14328

Que, el inmueble adquirido por los Comerciantes Informales agrupados en la Asociacion de Comerciantes Pro-compra de terreno Megacentro Chosica 3000, ha quedado totalmente habilitado segun informa el Comite de apoyo a la Formalizacion del Comercio Ambulatorio y ya se verifico su entrega segun el acta de fecha 18 de MORDAZA proximo pasado, dandose de esta forma cumplimiento al compromiso asumido con fecha 5 de MORDAZA del 2005, segun acta correspondiente; Que, dentro de la politica de labor concertada ya referida, los comerciantes informales suscribieron el Acta de Compromiso de fecha 5-7-2005, segun la cual deben trasladarse al local de su propiedad a mas tardar el 30 de agosto del 2005; En ese sentido, estando a lo acordado y en uso de las atribuciones otorgadas por el Concejo, de conformidad por lo dispuesto por el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- Establecer como fecha definitiva e improrrogable el dia 30 de agosto del 2005 para que los Comerciantes Informales agrupados en la Asociacion de Comerciantes Pro Compra de Terreno Megacentro Chosica 3000 que ocupan las diferentes calles del Centro del Distrito, abandonen estas vias publicas y ocupen el local de su propiedad, el mismo que ya se encuentra presto para su funcionamiento, cuyo MORDAZA de traslado debera realizarse entre el 15 y 30 de agosto de los corrientes. Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal velar por el cumplimiento de lo decretado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Expedido a los once dia del mes de agosto del dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14314

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA
Establecen fecha para que comerciantes informales de la Asociacion de Comerciantes Pro Compra de Terreno Megacentro Chosica 3000 abandonen vias publicas y ocupen el local de su propiedad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 08-05/MDLCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 55-CDLCH del 27-7-2004, el Concejo Distrital de Lurigancho Chosica sento las pautas para el reordenamiento del comercio ambulatorio en el centro del distrito, dejando a la vez sin efecto las autorizaciones o licencias otorgadas hasta dicha fecha a los comerciantes ambulantes que vienen ocupando las vias publicas identificadas en el mismo dispositivo, en razon de viabilizar la recuperacion de estas vias e incentivar la formalizacion del comercio ambulatorio de la ciudad; Que, en concordancia con la ordenanza aprobada, este gobierno local diseno politicas pendientes al cumplimiento de este objetivo, ayudando a los comerciantes informales agrupados en la Asociacion de Comerciantes Pro Compra de Terreno Megacentro Chosica 3000 para la adquisicion y habilitacion de su propio local; no obstante, durante este tiempo de arduo trabajo, se presentaron ciertas externalidades que obligaron a dilatar, por un corto tiempo, el plazo concedido para el abandono de las vias publicas por parte de los comerciantes informales en referencia; Que los objetivos a que se refiere el considerando anterior han sido plenamente cumplidos con un trabajo concertado entre la Autoridad Municipal, el Comite de Apoyo a la Formalizacion del Comercio Informal y los Comerciantes informales, que resultan siendo los beneficiarios;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Implementan mecanismos de seguridad para la proteccion de los ninos usuarios de cabinas publicas de internet en el distrito
ORDENANZA Nº 024-MDP/C MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con el articulo 84º, numeral 3.1 de la Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos, ejercen la funcion de difundir y promover los derechos del MORDAZA y del adolescente, propiciando espacios para su participacion en el nivel de las instancias municipales; Que, el MORDAZA 2 de la Declaracion de los Derechos del MORDAZA, establece que el MORDAZA goza de una proteccion especial y dispone de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse fisica, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, asi como en condiciones de MORDAZA y dignidad;

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