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PÆg. 298744 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de agosto de 2005 4.2.4 Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción suscribirán Convenios de Gestión. En los casos de las transferencias de PROVÍAS RURAL del MTC, los Conveniosson obligatorios y se ejecutarán con arreglo a las disposiciones específicas del numeral 5. y los plazos señalados en el cronograma del numeral 7. del presente Anexo. 4.2.5 La transferencia se organiza mediante un Expediente que estará conformado por el Informe Final, las Actas Sustentatorias, la documentación que respaldael cumplimiento de los Mecanismos de Verificación, el Convenio de Gestión, el Convenio de Cooperación y el Informe Preparatorio. 4.2.6 El Informe Final será suscrito por el Presidente de la Comisión de Transferencia de Entrega en su calidad de responsable de transferir los Fondos, Proyectos yProgramas. La suscripción puede ser delegada. 4.2.7 El Expediente se elaborará en dos (2) originales de igual tenor y valor que quedarán, uno en poder delPresidente de la Comisión de Transferencia de Entrega y el otro en poder del Presidente de la Comisión Transferencia de Recepción. Al finalizar cadatransferencia de un Fondo, Proyecto o Programa, el Consejo Nacional de Descentralización deberá contar con copia fedateada del Expediente. 4.2.8 Esta Etapa concluye con la entrega del Expediente a las Comisiones de Transferencia de Recepción. 4.3 Etapa de Entrega y Recepción Durante esta etapa se efectiviza la transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas, de acuerdo a los siguientes lineamientos: 4.3.1 Las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción elaboran el Acta de Entrega y Recepcióndel correspondiente Fondo, Proyecto o Programa a transferirse, con lo cual se formalizará y dará por concluido el proceso de transferencia. 4.3.2 El Acta de Entrega y Recepción será suscrita en dos (2) originales por los Presidentes de las Comisiones de Entrega y de Recepción. Copia fedateadadel Acta será remitida al Consejo Nacional de Descentralización. 4.3.3 El Acta de Entrega y Recepción se integra al Expediente a que se refiere el numeral 4.2.5. 4.3.4 Los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega, con el objeto de hacer viable el proceso detransferencia, podrán designar facilitadores en cada departamento, provincia o distrito, donde tengan que entregar los Fondos, Proyectos y Programas. Dicha designación seefectuará mediante Oficio dirigido a los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción. 4.3.5 Esta Etapa concluye con la suscripción y envío de las Actas de Entrega y Recepción dentro de los plazos señalados en el Cronograma establecido en el numeral 7. del presente Anexo. 5. CONVENIOS DE COOPERACIÓN Y CONVENIOS DE GESTIÓN La suscripción de Convenios de Cooperación y de Gestión es obligatoria para la transferencia de PROVÍASRURAL y se regulará bajo los siguientes lineamientos: a. Los modelos de Convenio de Cooperación y de Convenio de Gestión serán publicados por el MTC en el Diario Oficial El Peruano y en su Página Web a más tardar el 26 de agosto de 2005, con el objeto de que laComisión de Transferencia de Entrega reciba, hasta el 12 de septiembre de 2005, las sugerencias y opiniones de los Gobiernos Locales. La elaboración de losConvenios definitivos será efectuada por dicha Comisión en coordinación con el Consejo Nacional de Descentralización. b. Es de responsabilidad del MTC asegurar que durante el año 2005, como producto de la capacitación y asistencia técnica ejecutadas en el marco de losConvenios de Cooperación, los Gobiernos Locales cuenten con los instrumentos que les permita gestionar los Programas que recibirán. c. Para la suscripción de los Convenios de Cooperación y de los Convenios de Gestión, los Gobiernos Locales contarán con la correspondienteaprobación del Concejo Municipal, según lo dispuesto por la Ley Nº 27972. d. La suscripción de los Convenios de Cooperación y de Gestión se realizará en los plazos a los que serefiere el Cronograma establecido en el numeral 7. del presente Anexo. La ejecución de los Convenios de Cooperación se inicia a partir de su suscripción y tendrávigencia hasta el 30 de diciembre de 2005. La vigencia de los Convenios de Gestión se establecerá en el respectivo Convenio. e. Copia fedateada de los Convenios será enviada al Consejo Nacional de Descentralización dentro de los mismos plazos establecidos. 6. MECANISMOS DE VERIFICACIÓN 6.1 Los Gobiernos Locales comprendidos en la transferencia de los componentes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍASRURAL, deberán de cumplir con presentar los siguientes Mecanismos de Verificación: a. Tratándose de los IVP existentes que recibieron en años anteriores la transferencia del mantenimiento vial rutinario de los caminos vecinales de su jurisdicción ysus correspondientes recursos, deberán cumplir con presentar los Mecanismos de Verificación que se señalan a continuación: a.1 El o los Convenios de Cofinanciamento y las respectivas Cartas al Banco de la Nación que asegurenel cofinanciamiento del Mantenimiento Vial Rutinario de los Caminos Vecinales rehabilitados por PROVÍAS RURAL, suscritos entre las Municipalidades Provincialesy sus correspondientes Municipalidades Distritales. a.2 El o los Contratos de Mantenimiento Vial Rutinario suscritos entre las Municipalidades Provinciales y lasMicroempresas formadas por pobladores de la jurisdicción de las vías mantenidas. a.3 La Constancia de Conformidad emitida por PROVÍAS RURAL sobre la transitabilidad de las vías en mantenimiento rutinario. b. Tratándose de los IVP nuevos que se constituyan durante el año 2005, éstos deberán cumplir con presentar los Mecanismos de Verificación que se señalan acontinuación: b.1 La Ordenanza Municipal que crea el Instituto Vial Provincial - IVP y aprueba su correspondiente Estatuto y el Acta de Instalación del Comité Directivo del IVP. b.2 Resolución del Comité Directivo del IVP (Alcalde Provincial y Alcaldes Distritales), que aprueba el Programa de Gestión del Mantenimiento Vial rutinario -PGMV, oActa del Comité Directivo del IVP indicando que se encuentra en proceso de elaboración el Plan Vial Provincial Participativo - PVPP, según sea el caso. b.3 El o los Convenios de Cofinanciamiento y las respectivas Cartas al Banco de la Nación que aseguren el cofinanciamiento del Mantenimiento Vial Rutinario delos Caminos Vecinales rehabilitados por PROVÍAS RURAL, suscritos por las Municipalidades Provinciales y sus correspondientes Municipalidades Distritales. b.4 El documento o Resolución de Alcaldía mediante la cual se designa transitoriamente al Gerente General, Jefe de Operaciones y Asistente Administrativo, oResolución de Alcaldía que acredite la encargatura de la gestión del mantenimiento vial rutinario al órgano competente de la Municipalidad provincial, según sea elcaso. 6.2 El Gobierno Regional comprendido en la transferencia del Embarcadero Lacustre Yarinacocha cumplirá con presentar los siguientes Mecanismos de Verificación: a. Norma que aprueba la modificación de la estructura orgánica del Gobierno Regional incorporando al órganoresponsable de la administración del embarcadero a transferirse. b. Los documentos de designación del personal mínimo que asegure la operación de los embarcaderos a transferirse. Dicho personal deberá ser capacitado por la Autoridad Portuaria Nacional del MTC.