Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2005 (17/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 17 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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Componente a ser transferido a los IVP de los Gobiernos Locales Provinciales Mantenimiento Estudios en Vial Rutinario Cartera 9. MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tahuamanu Tahuamanu 10. Pasco Pasco Pasco Azangaro Azangaro Carabaya El Collao El Collao Huancane Huancane 11. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moho San MORDAZA de Putina San MORDAZA de Putina MORDAZA Yunguyo Bellavista El MORDAZA Huallaga Lamas Lamas 12. San MORDAZA Mariscal MORDAZA Moyabamba Picota MORDAZA Tocache Tocache Departamento 4. PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS La transferencia del Embarcadero Lacustre y de los componentes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, a cargo del MTC, sin perjuicio de las disposiciones generales establecidas en la presente Directiva, se sujetara a las siguientes disposiciones: 4.1 Etapa Preparatoria Durante esta etapa se conforman las Comisiones de Transferencia, tanto de Entrega como de Recepcion, y se asignan las responsabilidades a cada una de ellas, de acuerdo a los siguientes lineamientos: 4.1.1 Entidades del Gobierno Nacional a. En un plazo que no excedera de diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion de la presente Directiva, las Entidades del Gobierno Nacional conformaran una Comision de Transferencia de Entrega, que estara presidida por el Titular del Pliego Ministerial o por su representante, e integrada ademas por un MORDAZA de cinco (5) funcionarios, entre los cuales, necesariamente, se encontraran los responsables a cargo de las areas de Planificacion y Presupuesto y de Legal, asi como los responsables de los Fondos, Proyectos y Programas objeto de la transferencia. La Comision sera oficializada mediante Resolucion Ministerial que se publicara en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo para su conformacion, sin perjuicio de lo cual, esta sera notificada, en MORDAZA fedateada, a los correspondientes Gobiernos Regionales y Locales y al Consejo Nacional de Descentralizacion dentro del mismo plazo. b. Constituida la Comision de Transferencia de Entrega, se realizara el ordenamiento administrativo, tecnico y legal objeto de la transferencia, iniciandose el saneamiento a que hubiere lugar. El Presidente de la Comision, a mas tardar el 15 de noviembre de 2005, entregara el Informe Preparatorio a los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepcion. c. Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega podran suscribir Convenios de Cooperacion con los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepcion. En los casos de las transferencias de PROVIAS RURAL del MTC, la suscripcion de los Convenios es obligatoria y se ejecutaran con arreglo a los plazos senalados en el cronograma del numeral 7. del presente Anexo. d. A efecto de facilitar el trabajo de las Comisiones de Transferencia de Entrega, el Presidente de la Comision podra disponer la conformacion de Subcomisiones, las que mediante Oficio seran puestas en conocimiento de

los Gobiernos Regionales y Locales y del Consejo Nacional de Descentralizacion. e. Esta etapa concluye con la entrega del Informe Preparatorio a las Comisiones de Transferencia de Recepcion en el plazo establecido en el numeral 7. del presente Anexo. El Informe Preparatorio sera suscrito por el Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega, en su calidad de responsable de transferir los Fondos, Proyectos y Programas. La suscripcion puede ser delegada. 4.1.2 Gobiernos Regionales y Locales a. En un plazo que no excedera de diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion de la presente Directiva, los Gobiernos conformaran una Comision de Transferencia de Recepcion, que estara presidida por el Titular del Pliego o su representante, e integrada ademas por un MORDAZA de tres (3) Funcionarios y/o Servidores Publicos, y/o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su regimen de contratacion, preferentemente vinculados al objeto de cada transferencia. La Comision sera oficializada mediante Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion de Alcaldia, segun corresponda, que sera notificada, en MORDAZA fedateada, a las correspondientes Entidades del Gobierno Nacional y al Consejo Nacional de Descentralizacion dentro del mismo plazo. b. Las Comisiones de Transferencia de Recepcion elaboraran la documentacion que les permita respaldar el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion que se detallan en el numeral 6. del presente Anexo, la misma que sera enviada por los Presidentes de Comision, a mas tardar el 15 de noviembre de 2005, a los correspondientes Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega. En el mismo plazo entregaran MORDAZA fedateada de la documentacion al Consejo Nacional de Descentralizacion, para su validacion. c. Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepcion podran suscribir Convenios de Cooperacion con los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega. En los casos de las transferencias de PROVIAS RURAL del MTC, los Convenios son obligatorios y se ejecutaran con arreglo a los plazos senalados en el cronograma del numeral 7. del presente Anexo. d. A efecto de facilitar el trabajo de las Comisiones de Transferencia de Recepcion, los Presidentes de Comision podran disponer la conformacion de Subcomisiones, las que mediante Oficio seran puestas en conocimiento de las Entidades del Gobierno Nacional y del Consejo Nacional de Descentralizacion. e. Esta etapa concluye con la entrega de la documentacion que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion a las Comisiones de Transferencia de Entrega y al Consejo Nacional de Descentralizacion. 4.2 Etapa de Consolidacion Durante esta etapa, segun corresponda, se integran las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepcion, se ejecutan y evaluan los Convenios de Cooperacion, y se elaboran Convenios de Gestion, Actas Sustentatorias e Informes Finales de la transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas. 4.2.1 Concluida la Etapa Preparatoria, las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepcion, tomando como referencia los Informes Preparatorios, inician la elaboracion de Actas Sustentatorias, necesarias y suficientes, que permitan la consolidacion y MORDAZA viable el MORDAZA de transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas. El Consejo Nacional de Descentralizacion publicara en su Pagina Web www.cnd.gob.pe modelos de Actas Sustentatorias que podran servir como referencia. 4.2.2 La elaboracion de las Actas Sustentatorias se realizara en el plazo al que se refiere el Cronograma senalado en el numeral 7. del presente Anexo, correspondiendole a las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepcion organizarse internamente para realizar esta labor. 4.2.3 Las Actas Sustentatorias seran suscritas por todos los Miembros que conformen las Comisiones de Entrega y Recepcion.

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