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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (17/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

PÆg. 298743 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de agosto de 2005 Componente a ser transferido a los IVP Departamento de los Gobiernos Locales Provinciales Mantenimiento Estudios en Vial Rutinario Cartera 9. Madre de Dios Manú Manú Tahuamanú Tahuamanú 10. Pasco Pasco Pasco Azángaro Azángaro Carabaya El Collao El Collao Huancané Huancané 11. Puno Lampa Lampa Melgar Melgar MohoSan Antonio de Putina San Antonio de Putina Sandia Yunguyo Bellavista El Dorado HuallagaLamas Lamas 12. San Martín Mariscal CáceresMoyabamba Picota Rioja Tocache Tocache 4. PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS La transferencia del Embarcadero Lacustre y de los componentes del Proyecto Especial de Infraestructurade Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, a cargo del MTC, sin perjuicio de las disposiciones generales establecidas en la presente Directiva, se sujetará a lassiguientes disposiciones: 4.1 Etapa Preparatoria Durante esta etapa se conforman las Comisiones de Transferencia, tanto de Entrega como de Recepción, y se asignan las responsabilidades a cada una de ellas, de acuerdo a los siguientes lineamientos: 4.1.1 Entidades del Gobierno Nacionala. En un plazo que no excederá de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Directiva, las Entidades del Gobierno Nacional conformarán una Comisión de Transferencia de Entrega,que estará presidida por el Titular del Pliego Ministerial o por su representante, e integrada además por un máximo de cinco (5) funcionarios, entre los cuales,necesariamente, se encontrarán los responsables a cargo de las áreas de Planificación y Presupuesto y de Legal, así como los responsables de los Fondos,Proyectos y Programas objeto de la transferencia. La Comisión será oficializada mediante Resolución Ministerial que se publicará en el Diario Oficial El Peruanodentro del plazo para su conformación, sin perjuicio de lo cual, ésta será notificada, en copia fedateada, a los correspondientes Gobiernos Regionales y Locales y alConsejo Nacional de Descentralización dentro del mismo plazo. b. Constituida la Comisión de Transferencia de Entrega, se realizará el ordenamiento administrativo, técnico y legal objeto de la transferencia, iniciándose el saneamiento a que hubiere lugar. El Presidente de laComisión, a más tardar el 15 de noviembre de 2005, entregará el Informe Preparatorio a los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción. c. Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega podrán suscribir Convenios de Cooperación con los Presidentes de lasComisiones de Transferencia de Recepción. En los casos de las transferencias de PROVÍAS RURAL del MTC, la suscripción de los Convenios es obligatoria y seejecutarán con arreglo a los plazos señalados en el cronograma del numeral 7. del presente Anexo. d. A efecto de facilitar el trabajo de las Comisiones de Transferencia de Entrega, el Presidente de la Comisión podrá disponer la conformación de Subcomisiones, las que mediante Oficio serán puestas en conocimiento delos Gobiernos Regionales y Locales y del Consejo Nacional de Descentralización. e. Esta etapa concluye con la entrega del Informe Preparatorio a las Comisiones de Transferencia deRecepción en el plazo establecido en el numeral 7. del presente Anexo. El Informe Preparatorio será suscrito por el Presidente de la Comisión de Transferencia deEntrega, en su calidad de responsable de transferir los Fondos, Proyectos y Programas. La suscripción puede ser delegada. 4.1.2 Gobiernos Regionales y Locales a. En un plazo que no excederá de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Directiva, los Gobiernos conformarán una Comisión de Transferencia deRecepción, que estará presidida por el Titular del Pliego o su representante, e integrada además por un máximo de tres (3) Funcionarios y/o Servidores Públicos, y/o Personalen general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, preferentemente vinculados al objeto de cada transferencia. La Comisión será oficializada mediante Resolución Ejecutiva Regional o Resolución de Alcaldía, según corresponda, que será notificada, en copia fedateada, alas correspondientes Entidades del Gobierno Nacional y al Consejo Nacional de Descentralización dentro del mismo plazo. b. Las Comisiones de Transferencia de Recepción elaborarán la documentación que les permita respaldar el cumplimiento de los Mecanismos de Verificación quese detallan en el numeral 6. del presente Anexo, la misma que será enviada por los Presidentes de Comisión, a más tardar el 15 de noviembre de 2005, a loscorrespondientes Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega. En el mismo plazo entregarán copia fedateada de la documentación al Consejo Nacionalde Descentralización, para su validación. c. Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción podránsuscribir Convenios de Cooperación con los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega. En los casos de las transferencias de PROVÍAS RURAL delMTC, los Convenios son obligatorios y se ejecutarán con arreglo a los plazos señalados en el cronograma del numeral 7. del presente Anexo. d. A efecto de facilitar el trabajo de las Comisiones de Transferencia de Recepción, los Presidentes de Comisión podrán disponer la conformación deSubcomisiones, las que mediante Oficio serán puestas en conocimiento de las Entidades del Gobierno Nacional y del Consejo Nacional de Descentralización. e. Esta etapa concluye con la entrega de la documentación que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verificación a las Comisiones deTransferencia de Entrega y al Consejo Nacional de Descentralización. 4.2 Etapa de Consolidación Durante esta etapa, según corresponda, se integran las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción, se ejecutan y evalúan los Convenios de Cooperación, y se elaboran Convenios de Gestión, ActasSustentatorias e Informes Finales de la transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas. 4.2.1 Concluida la Etapa Preparatoria, las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción, tomando como referencia los Informes Preparatorios, inician la elaboraciónde Actas Sustentatorias, necesarias y suficientes, que permitan la consolidación y hagan viable el proceso de transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas. El Consejo Nacional de Descentralización publicará en su Página Web www.cnd.gob.pe modelos de Actas Sustentatorias que podrán servir como referencia. 4.2.2 La elaboración de las Actas Sustentatorias se realizará en el plazo al que se refiere el Cronograma señalado en el numeral 7. del presente Anexo,correspondiéndole a las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepción organizarse internamente para realizar esta labor. 4.2.3 Las Actas Sustentatorias serán suscritas por todos los Miembros que conformen las Comisiones de Entrega y Recepción.