Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2005 (17/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de agosto de 2005

Que, siendo competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA planificar, regular, organizar y mantener la red vial metropolitana de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades y teniendo la funcion de administrar las vias indicadas en el primer considerando, de acuerdo a la Ordenanza Nº 341, resulta conveniente que dicha funcion retorne nuevamente a la Municipalidad a fin de vigilar el correcto cumplimiento de las normas sobre la materia; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE DECRETA: Articulo Unico.- REVOCAR el Decreto de Alcaldia Nº 064-00-MML publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de septiembre del 2000, en consecuencia, a partir de la vigencia del presente Decreto de Alcaldia, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, retomara las competencias sobre la materia previstas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Ordenanzas Municipales Nºs. 127-MML y 341-MML. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 14261 DECRETO DE ALCALDIA Nº 066 MORDAZA, 10 de agosto de 2005 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 098-00-MML publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2000, se delego a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, la competencia para autorizar la ejecucion de obras y otorgar la conformidad de los trabajos que se realicen en las vias arteriales y colectoras distritales e interdistritales dentro de su jurisdiccion; Que, la delegacion de facultades se realizo bajo los alcances de la derogada Ley Nº 23853, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y las disposiciones de la Ordenanza Nº 127-MML, a traves de la cual se aprobo el Plano del Sistema Vial Metropolitano; Que, siendo competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA planificar, regular, organizar y mantener la red vial metropolitana de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades y teniendo la funcion de administrar las vias indicadas en el primer considerando, de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza Nº 341MML, resulta conveniente que dicha funcion retorne nuevamente a la Municipalidad a fin de vigilar el correcto cumplimiento de las normas sobre la materia; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE DECRETA: Articulo Unico.- REVOCAR el Decreto de Alcaldia Nº 098-00-MML publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre del 2000, en consecuencia, a partir de la vigencia del presente Decreto de Alcaldia, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, retomara las competencias sobre la materia previstas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Ordenanzas Municipales Nºs. 127-MML y 341-MML. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 14259

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2005-MDB Barranco, 16 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Plan de Accion de la Unidad de Registro Civil para el ano 2005, respecto a la Celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Barranco, desea promover la union familiar, y en vista que el matrimonio y la familia son el nucleo prioritario de la sociedad, es procedente autorizar, impulsar y difundir la realizacion de una Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario; De conformidad con lo dispuesto por el Codigo Civil vigente, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; y con la opinion favorable de la Unidad de Registros Civiles, Oficina de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, en el distrito de Barranco, el dia viernes 19 de agosto del 2005. Articulo Segundo.- Dispensar a los contrayentes del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto en el articulo 252º del Codigo Civil vigente. Articulo Tercero.- Disponer la obligacion de los contrayentes de presentar los requisitos que dispone el articulo 248º del Codigo Civil y de efectuar el pago de S/. 60.00 por concepto de servicios y/o documentos que demanda el Matrimonio Civil el cual debe ser abonado en Tesoreria, y S/. 10.00, por costo de laboratorio, que debera ser abonado en el propio Centro Medico Municipal, totalizando S/. 70.00 (Setenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General, por medio de la Unidad de Registro Civil, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 14316

Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 221-MDB, respecto a los inmuebles que conforman el MORDAZA Municipal Nº 2
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2005-MDB Barranco, 27 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 221-MDB, que otorgo beneficio especial de exoneracion y regularizacion para los conductores del MORDAZA Municipal Nº 2, tenia vigencia hasta el 28 de febrero del 2005, siendo prorrogada hasta el 31 de MORDAZA del 2005 mediante Decreto de Alcaldia Nº 015-2005-MDB;

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