Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2005 (20/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2005

Segundo.- El Comite Electoral debera velar por la transparencia de este MORDAZA electoral. Tercero.- Encarguese a la Gerencia Municipal dictar las medidas correspondientes para el cumplimiento cabal de lo decretado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Expedido a los diecinueve dias del mes de agosto del dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14581

aprobacion de actas, el Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y AMPLIA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 327-MSB Y Nº 335-MSB Articulo Primero.- Ampliese la vigencia de la Ordenanza Nº 327-MSB, modificada por la Ordenanza Nº 335-MSB, hasta el 31 de diciembre de 2005. Articulo Segundo.- Rectifiquese el Item Nº 17 del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 327, modificada por la Ordenanza Nº 335-MSB en el que debe decir: "...Av. MORDAZA MORDAZA Este..." Articulo Tercero.- Incluyase al Item Nº 7 del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 327-MSB, modificada por la Ordenanza Nº 335-MSB, las cuadras 07, 08 y 09 de la Av. De Las Artes Norte; y, al Item Nº 16 las Cuadras 23 a la 36 de la Av. MORDAZA MORDAZA Este. Articulo Cuarto.- Excluyase la cuadra 4 de la Av. MORDAZA MORDAZA, del Item 13 del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 327, modificada por la Ordenanza Nº 335MSB. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Deroguese todo dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14574

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican y amplian vigencia de ordenanzas que dispusieron suspension de la emision de Constancias de Zonificacion, Certificado de Compatibilidad de Usos, Licencias de Apertura y otros
ORDENANZA Nº 351-MSB San MORDAZA, 19 de agosto de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la XIX-2005 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19.08.2005, el Dictamen Nº 058-2005-MSB-CAL y Dictamen Nº 009-2005-MSB-CDU, de la Comision de Asuntos Legales y Comision de Desarrollo MORDAZA, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion; Que, las municipalidades ejercen su funcion normativa, entre otros, via Ordenanza, la cual de conformidad a lo establecido en el inciso 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, tiene rango de Ley; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, indica que las Ordenanzas Municipales son las normas de caracter general y de mayor jerarquia por las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 327-MSB, de fecha 15 de febrero del 2005, modificada por la Ordenanza Nº 335-MSB de fecha 22 de MORDAZA del 2005, se aprobo la suspension de la emision de Constancias de Zonificacion, Certificado de Compatibilidad de Usos, MORDAZA de Defensa Civil y Licencia de Apertura de Establecimientos en determinadas avenidas del distrito de San Borja; Que, es necesario ampliar la vigencia y modificar algunos articulos de las mismas, a fin de preservar el uso exclusivamente residencial y detener el incremento de locales comerciales dedicados a giros no contemplados en el proyecto de Actualizacion de la Zonificacion e Indice de Uso Distrital, el cual aun a la fecha se encuentra en proceso; locales cuyo funcionamiento viene generando malestar a los vecinos; De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento del Codigo de Etica Municipal
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2005-ALC/MSI San MORDAZA, 18 de agosto de 2005 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA VISTOS, El Informe Nº 047-2005-17-GRH/MSI mediante el cual la Gerencia de Recursos Humanos remite el Proyecto de Reglamento del Codigo de Etica Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA y, lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica con Informe Nº 460-2005-10-GAJ/MSI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 019-2004-ALC/ MSI de fecha 9 de setiembre del 2004, se aprueba el Codigo de Etica Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA, encontrandose pendiente su reglamentacion; Que, mediante Ley Nº 28496 de fecha 16 de MORDAZA del 2005 se modifica la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, considerandose a partir de su vigencia como Empleado Publico "a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administracion Publica en cualquiera de los niveles jerarquicos sea este nombrado, contratado, designado, de confianza o MORDAZA que desempene actividades o funciones en nombre del servicio del Estado"; Que, la vigencia de las disposiciones contenidas en el Codigo de Etica Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA, busca establecer las normas de conducta y comportamiento que deben presentar los Empleados Publicos de nuestra Corporacion Municipal; Que, resulta esencial contar con un Reglamento del Codigo de Etica Municipal de San MORDAZA, el mismo que fijara el procedimiento a seguir en la aplicacion de sus

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