Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2005 (20/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2005

Que, el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, ha aprobado el MORDAZA Estructural de Gestion Ambiental MEGA, el cual constituye la base normativa para la organizacion e implementacion de la gestion ambiental regional y ha constituido la Comision Ambiental Regional de MORDAZA - CAR MORDAZA, mediante Decreto de Consejo Directivo Nº 029-2002-CD/CONAM, del 21 de noviembre de 2002, instancia de gestion ambiental de caracter multisectorial encargada de coordinar y concertar la politica ambiental regional promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado; Que de acuerdo a la Legislacion vigente, la Constitucion Politica del Peru de 1993 es la MORDAZA MORDAZA que rige en nuestro MORDAZA, establece en el Articulo 2º inciso 22) que es derecho fundamental de toda persona gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. El Decreto Legislativo Nº 613 Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, es el documento orientador que contiene Disposiciones Generales sobre Politica Ambiental Nacional. La Ley del Consejo Nacional del Ambiente Ley Nº 26410, Articulo 2º, donde se establece que el CONAM es el organismo rector de la Politica Nacional Ambiental, y tiene por finalidad planificar, promover, coordinar controlar y velar por el ambiente y el patrimonio natural de la Nacion. La Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece las funciones especificas en materia Ambiental y de Ordenamiento Territorial de los Gobiernos Regionales. La Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783, establece en materia ambiental el ordenamiento territorial del entorno ambiental desde los enfoques de sostenibilidad del desarrollo, la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental y la coordinacion y concertacion interinstitucional y participacion ciudadana en todos los niveles del sistema de gestion ambiental. La Legislacion Ambiental Sectorial Minera, Pesquera, Industrial, de Electricidad y de Hidrocarburos, establecen las competencias, funciones y atribuciones de cada sector. La Legislacion sobre el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales como el Decreto Ley Nº 21147, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, la Ley Nº 26839, Ley sobre la Conservacion y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biologica, Ley Nº 26821, Ley Organica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos naturales, Decreto Ley Nº 17752; Ley General de Aguas del Peru; Ley Nº 27104, Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento; Ley de Prevencion de Riesgos en el uso de la Biotecnologia; Ley Nº 27811 Ley que establece el Regimen de Proteccion de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indigenas vinculados a los Recursos Biologicos; Ley Nº 26834 Ley de Areas Naturales Protegidas; Ley Nº 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, etc.; Que, los principales Convenios Internacionales concernientes a Medio Ambiente y Recursos Naturales, que se encuentran vigentes son: La Convencion para el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas de la MORDAZA y Fauna MORDAZA (1973). CITES. Decreto Legislativo Nº 21080; la Convencion para la Proteccion de los Humedales de Importancia Internacional o Convencion RAMSAR Resolucion Legislativa Nº 25353; los Convenios de la UNESCO de 1970 y 1972; el Convenio de MORDAZA para el Ozono, Resolucion Legislativa Nº 24936; la Declaracion de Estocolmo de 1972; la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982; la Declaracion de Rio de 1992; el Convenio de la Diversidad Biologica, Resolucion Legislativa Nº 26181; el Convenio MORDAZA del Cambio Climatico, Resolucion Legislativa Nº 26185; el Convenio de Lucha contra la Desertificacion, Resolucion Legislativa Nº 26533, entre otros; Que, la Comision Ambiental Regional del MORDAZA, CAR MORDAZA, en cumplimiento de sus funciones ha elaborado el Plan de Accion Ambiental Regional 20042015 y la Agenda Ambiental Regional 2004-2005, aprobadas mediante Ordenanza Regional Nº 08-2003 GR-APURIMAC-CR, instrumentos que se encuentran en ejecucion; Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, como unidad organica del Gobierno Regional con competencia funcional para desarrollar e implementar actividades de gestion y de ejecucion, mediante Oficio Nº 014-2005-GR-APURIMACGRRNNGMA. ha presentado ante la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, una

propuesta de Ordenanza Regional, relacionada a la creacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental para la Region MORDAZA, propuesta que ha recibido los aportes de la Comision Ambiental Regional de MORDAZA - CAR MORDAZA y del Consejo Nacional del Ambiente Secretaria Ejecutiva Regional MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA - CONAM; propuesta de Ordenanza que ha sido revisada por la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- CREASE el Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region MORDAZA, integrado por las instituciones del Estado, organos y oficinas de las distintas Instituciones Publicas de nivel Regional, que ejerzan competencias y funciones sobre el Ambiente y los Recursos Naturales, con la participacion del Sector Privado y la Sociedad Civil, conforme se detalla en el Anexo Unico que se adjunta a la presente Ordenanza Regional, el mismo que forma parte de esta. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA, como instancia responsable para la implementacion y funcionamiento del Sistema Regional de Gestion Ambiental aprobado. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidenta Regional del Gobierno Regional de MORDAZA 14526

Crean el Consejo Regional por los Derechos de las Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2005-CR-APURIMAC EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolucion 44/25 de fecha 20 de setiembre de 1989, ratificada por el Estado Peruano el 5 de setiembre de 1980 establece en el Numeral 1, del Articulo 3º que en todas las medidas concernientes a los Ninos que tomen las Instituciones Publicas o Privadas de Bienestar Social, los Tribunales, las Autoridades Administrativas o los Organos Legislativos, tendra consideracion primordial, atendiendo el interes superior del Nino; y en el Numeral, 2 establece que los Estados Partes se comprometen a asegurar al MORDAZA la proteccion y el cuidado que MORDAZA necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus Padres, Tutores u otras personas responsables de el, ante la Ley y, con ese fin tomaran todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas; Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la Comunidad y el Estado protegen

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