Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2005 (20/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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economicas y financieras generales y locales y previo informe del Banco Central de Reserva del Peru; Que, el articulo 64º de la Ley General establece que con excepcion de lo establecido en el articulo 69º, toda reduccion de capital o de la reserva legal debe ser autorizada por la Superintendencia; Que, acorde con la estrategia disenada para la salida del MORDAZA interno; el organo competente del BSC aprobo la reduccion del capital asignado de S/. 91 419 577.00 a S/. 19 800 000.00, monto que esta Superintendencia considera estaria al 23.03.2005, cubriendo en exceso los pasivos que tienen en el MORDAZA interno, los que ascienden a S/. 7 273 208.99 y las eventuales contingencias que se pudieran presentar, cumpliendo de esta manera con el MORDAZA de la Ley General, y que corresponde a la proteccion de los intereses del publico; Que, el MORDAZA de salida del MORDAZA nacional del BSC sera tratado con las formalidades exigidas para una liquidacion voluntaria contenidas en la Cuarta Disposicion Final de la Resolucion Nº 455-99 que aprueba el "Reglamento de los Regimenes especiales y de la liquidacion de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros", y sus modificatorias, asi como en el procedimiento Nº 45 del MORDAZA, y en la Ley General de Sociedades; Que, de conformidad con las normas MORDAZA citadas, el BSC ha cumplido con presentar conjuntamente con su solicitud de autorizacion a esta Superintendencia, MORDAZA certificada del respectivo acuerdo del organo competente de la sucursal y del acuerdo de la Junta General de Accionistas del BSC; asi como el balance de cierre de operaciones. Asimismo, dicha solicitud contiene el procedimiento de liquidacion a ser aplicado y la designacion de los liquidadores; Que, en sesion celebrada el 16 de junio del ano 2005, el Directorio del Banco Central de Reserva del Peru acordo emitir opinion favorable respecto a la autorizacion para que el Banco Standard Chartered S.A. reduzca el capital asignado a su sucursal peruana y proceda a la liquidacion del patrimonio de la misma. Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria C mediante Informe Nº 93-OT/2005DEB "C", por el Departamento Legal mediante Informe Nº 369-2005-LEG, con la opinion favorable del Banco Central de Reserva del Peru; y, con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones que le confiere el articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Banco Standard Chartered S. A., la reduccion del capital asignado para la realizacion de operaciones activas y pasivas en el MORDAZA interno, al MORDAZA de la autorizacion otorgada mediante Resolucion SBS Nº 158-82-EFC/97-10 del 12 de marzo de 1982, de S/. 91 419 577.00 ( Noventa y Uno Millones Cuatrocientos Diecinueve mil Quinientos Setentaisiete y 00/100 Nuevos Soles) a S/. 19 800 000.00 (Diecinueve Millones Ochocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion SBS Nº 158-82-EFC/97-10 del 12 de marzo de 1982; y en consecuencia, cancelar la autorizacion otorgada al Banco Standard Chartered S.A., para realizar en el MORDAZA interno operaciones activas y pasivas propias de entidades bancarias, con sujecion a las regulaciones que existan sobre la materia, contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Articulo Tercero.- Autorizar al Banco Standard Chartered S.A., a proceder a liquidar el patrimonio asignado a la Unidad de Negocios que registra sus operaciones en el libro local del indicado Banco. La liquidacion del referido patrimonio debera observar las normas que sobre liquidacion de empresas del sistema financiero contiene la Ley General, en lo que sea pertinente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 14606

UNIVERSIDADES
Exoneran a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de seleccion para la adquisicion de carnes universitarios
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 1106-2005-UNFV San MORDAZA, 15 de agosto de 2005 Visto, el Oficio Nº 606-2005-OPPS-OCLSA-UFV de fecha 26.7.2005, del Jefe de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares de esta MORDAZA Superior de Estudios, mediante el cual solicita la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico sobre el servicio de emision de Carnes Universitarios 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion R. Nº 0070-2005-UNFV de fecha 19.1.2005, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2005 de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, y en MORDAZA se encuentra programada el Concurso Publico sobre el Servicio de Emision de Carnes Universitarios por un monto referencial de S/. 220,000.00 (DOSCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), financiados con recursos directamente recaudados; Que, el Articulo 19º Inc. E), del Texto Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; MORDAZA legal concordante con el Articulo 20º de la citada Ley; Que, el primer parrafo del Articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, segun la Ley Nº 26271, modificada por la Ley Nº 26986, el Carne Universitario es expedido solo por la Asamblea Nacional de Rectores, por tanto se considera que existe proveedor unico, y la MORDAZA MORDAZA citada ha establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante Oficio Nº 2145-2005-OCRACC-VRACUNFV de fecha 4.7.2005, la Oficina Central de Registros Academicos y Centro de Computo, solicito la emision de los Carnes Universitarios 2005, indicando los precios y cantidades de los mismos, conforme al siguiente detalle:
Carnes: regulares Carnes Duplicados Carnes: Correccion, Actualizacion y/o Reproceso S/. 8.00 x 26,139 S/. 15.00 x 701 S/. 8.00 x 46 TOTAL S/. 209,112.00 S/. 10,515.00 S/. 368.00 S/. 219,995.00

Que, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA requiere proveerse de los servicios de emision de Carnes Universitarios 2005, conforme al requerimiento del Usuario, en este caso la Oficina Central de Registros Academicos y Centro de Computo, y teniendo a la Asamblea Nacional de Rectores como unico proveedor del referido servicio, se estaria constituyendo los presupuestos del Articulo 19º Inc. E), del Texto Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; En merito a la Opinion Tecnica de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares contenida en Oficio Nº 606-2005-OPPS-OCLSA-UFV de fecha 26.07.2005 y al Informe Legal Nº 0608-2005-OCAJ-UNFV de fecha 03.08.2005 de la Oficina Central de Asesoria Juridica, y, estando a lo dispuesto por el Vice Rector Administrativo

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