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PÆg. 298951 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de agosto de 2005 ACUERDA: Primero.- RATIFICAR el proceso de las juntas regionales entre la Región Apurímac y Cusco, la mismaque se encuentra en la primera fase habiendo concluido el Expediente Técnico correspondiente y prepararse para la segunda fase de esta Junta Interregional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de la Región de Apurímac para su promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ROSA A. SUÁREZ ALIAGA Presidenta Regional del Gobierno Regional de Apurímac 14516 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA Modifican la Ordenanza N” 046-CDL- CH, que aprobó el Reglamento del Con-sejo de Coordinación Local Distrital ORDENANZA Nº 067-CDLCH Chosica, 18 de agosto del 2005 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, Visto en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 02-05/ CDCSCPVE de la Comisión Permanente de Regidores de Defensa Civil, Seguridad Colectiva, ParticipaciónVecinal y Espectáculos; CONSIDERANDO:Que, atendiendo al tenor del documento de vistos por el que se propone, entre otros, modificar el segundopárrafo del Art. 8º de la Ordenanza Nº 046-CDL que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, tras el debate correspondiente conforme obra en actas; y, Luego de sometido a votación del Concejo, de forma reglamentaria, por mayoría y tras la aprobación de la dispensa de la lectura y aprobación del acta, Aprobó lasiguiente norma Municipal: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 046-CDLCH Primero.- Modifíquese el Segundo párrafo del Art. 8º de la Ordenanza Nº 046-CDL, en el sentido siguiente: “El Decreto de Convocatoria establecerá la fecha, lugar y horas en el que se procederá al acto electoral. Enningún caso el acto electoral se realizará fuera de la jurisdicción del distrito. La Convocatoria se realizará cuando menos 30 días calendarios antes del vencimientodel mandato de los actuales representantes de la Sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y la elección se realizará cuando menos 5 díasantes del término del indicado mandato”. Segundo.- Modificar por Inclusión la Ordenanza Nº 046 - CDLCH, a cuyo numeral 2 del Art. 6º se agregará el Inciso i) conforme al siguiente texto: “i) Opcionalmente la organización podrá presentar la Resolución Municipal por la cual se acredita elReconocimiento y Registro como tal y una vigencia igual o mayor a tres años." Tercero.- Modificar por inclusión la Ordenanza Nº 046-CDL a cuyas disposiciones finales y transitoriasse agregará una sexta Disposición, conforme al texto siguiente: “Sexta .- Déjese sin efecto las disposiciones Municipales que se opongan al presente reglamento”. Cuarto.- Modificar el Art. 9º de la Ordenanza Nº 046- CDLCH disponiendo reemplazar al Gerente de Obras y Desarrollo Urbano por el Secretario General del Concejocomo miembro del Comité Electoral a cargo de la conducción del proceso eleccionario de los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD deLurigancho - Chosica. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Primera .- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposicionescomplementarias y/o modificatorias que se requieran para el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como de la Ordenanza Nº 046-CDL. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 14579 Convocan a elecciones de represen- tantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2005/MDLCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 067-CDLCH de fecha 18/8/05 se aprobó la modificatoria de los Arts. 8º y 9º de la Ordenanza Nº 046-CDL por el que se estableceque la convocatoria a elecciones de los miembros del Consejo de coordinación Local Distrital representantes de la sociedad Civil se realizará cuando menos 30días calendario antes del término del mandato de los actuales representantes y la elección de éstos cuando menos 5 días calendario antes del término del indicadomandato; Que, teniendo en cuenta que el período de mandato de estos representantes es de dos años y que suelección se llevó a cabo el día 21 de setiembre del 2003, en atención a los plazos descritos en el párrafo anterior, se hace necesario convocar cuando antes a las referidaselecciones; Que, en ese sentido, estando a lo dispuesto por las Ordenanzas Nºs. 046-CDLCH y 067-CDLCH, así comolo descrito por los Arts. 20º, Inc. 6) y 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- Convocar a elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital de Lurigancho - Chosica, a llevarse a cabo el día 15 de setiembre del 2005, a partir de las 9:00 am hasta las 3:30 pm; en el local Municipal “Casa de la Mujer”, ubicado en la Av.Enrique Guzmán y Valle s/n, San Fernando Bajo - Chosica; de conformidad al cronograma siguiente: Inscripciones Del 22 de agosto al 6 de setiembre Fichas Del 7 al 9 de setiembre Publicación de lista oficial 11 de setiembre Elecciones 15 de setiembre de 9:30 am a 3:30 pm Publicación de Resultados 15 de setiembre a partir de las 5:30 pm