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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (20/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 298954 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de agosto de 2005 TÍTULO II PRINCIPIOS, NORMAS ÉTICAS Y DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Artículo 4º.- De los principios, normas éticas y deberes que rigen la conducta ética de los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro. Los principios, normas éticas y deberes establecidos en el Código de Ética Municipal y en el presente Reglamento, son el conjunto de disposiciones que sirven para generar la seguridad y confianza de la Comunidad Sanisidrina en la función pública y en quienes la ejercen. Los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro están obligados a respetar los principios, normas éticas y deberes que se señalan en los Capítulos I, II y V del Código de Ética Municipal. TÍTULO III TRANSGRESIONES ÉTICAS DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Artículo 5º.- De las transgresiones éticas en el ejercicio de la función pública. Se considera transgresión al Código de Ética Municipal y al presente Reglamento, los actos señalados en el Capítulo III y IV e incumplimiento de los deberes establecidos en el Capítulo V del Código de Ética Municipal. TÍTULO IV SANCIONES Y PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I CALIFICACIÓN Y SANCIONES Artículo 6º.- De la calificación de las transgre- siones. La calificación de la gravedad de la transgresión es facultad de la Comisión de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro que corresponda. Artículo 7º .- Criterios para la aplicación de sanciones. La aplicación de las sanciones se realizará teniendo en consideración los siguientes criterios: 7.1 El perjuicio ocasionado a los administrados e imagen pública de la Municipalidad de San Isidro. 7.2 Quebrantamiento de las normas municipales, directivas y/o procedimientos. 7.3 Naturaleza de las funciones o servicio que brinda el empleado público, así como el cargo, jerarquía o nivel técnico - profesional del infractor. 7.4 El beneficio obtenido por el infractor. 7.5 La reincidencia del infractor. Artículo 8º.- Sanciones aplicables a los empleados públicos. La aplicación de las sanciones se efectuarán de acuerdo al vínculo contractual que los empleados públicos mantengan con la Municipalidad de San Isidro, de conformidad con lo siguiente: 8.1 Las sanciones aplicables a nuestros Funcionarios, Empleados y Obreros serán: a) Amonestación. b) Suspensión temporal en el ejercicio de sus funciones, sin goce de remuneraciones hasta por 12 meses. c) Resolución contractual. d) Destitución o despido. 8.2 Las sanciones aplicables a aquellas personas que desempeñan Función Pública en la Municipalidad de San Isidro, y que no se encuentran en el supuesto del inciso anterior: a) Multa, de hasta 12 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). b) Resolución contractual.Artículo 9º.- Sanciones aplicables a personas que ya no desempeñan función pública en la Municipalidad de San Isidro. Si al momento de determinarse la sanción aplicable, la persona responsable de la comisión de la infracción ya no estuviese desempeñando Función Pública en la Municipalidad de San Isidro, la sanción consistirá en unamulta. Artículo 10º.- Plazo para comunicar al registro de sanciones. Las sanciones impuestas deberán ser comunicadas al Registro Nacional de Sanciones, Destitución y Despido 2 en un plazo no mayor de treinta (30) días, contados desde la fecha en que quedó firme y consentidala resolución respectiva. CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO Artículo 11º.- Formalización de las Denuncias. Los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro, bajo responsabilidad, tienen el deber de denunciaro comunicar cualquier transgresión que se contempla en el Código de Ética Municipal y en el presente Reglamento, ante la Comisión Permanente o Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro. Así mismo, cualquier persona natural o jurídica tiene igualmente el derecho dedenunciar ante la misma las transgresiones que se cometan al Código de Ética Municipal y al presente Reglamento. Artículo 12º.- Procedimiento. El empleado público de la Municipalidad de San Isidro que incurra en las transgresiones establecidas en el Código de Ética Municipal y en el presente Reglamento,será sometido al procedimiento administrativo disciplinario, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM y sus modificatorias. Artículo 13º.- Prescripción. El plazo de prescripción de la acción para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario es de tres (3) años contados desde la fecha en que la Comisión deProcesos Administrativos Disciplinarios toma conocimiento de la comisión de la transgresión, salvo que se trate de transgresiones continuadas, en cuyocaso el plazo de prescripción se contabilizará a partir de la fecha en que se cometió la última transgresión, sin perjuicio del proceso civil o penal a que hubiere lugar. Para los casos en que la persona infractora no se encuentre en ejercicio de la función pública en la Municipalidad de San isidro, podrá ser sometido alprocedimiento administrativo disciplinario señalado en el presente Reglamento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Acorde a la vigencia de la Ley Nº 28496 que modifica la Ley del Código de Ética de la Función Pública - Ley Nº 27815, toda referencia al “Servidor Público” en el texto del Código de Ética Municipal de laMunicipalidad de San Isidro, se entenderá efectuada a la nueva denominación de “Empleado Público”, según la Ley Marco del Empleo Público, Ley 28175. Segunda.- La Presidencia del Consejo de Ministros, conforme lo señalado en el artículo 4º del Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, tiene lafunción de aprobar las normas interpretativas y aclaratorias de la Ley respecto a la aplicación o interpretación de los alcances de la Ley y su Reglamento,previo informe técnico favorable del Consejo Superior del Empleo Público (COSEP). Las consultas sobre interpretación y aclaración de la norma deben ser dirigidas por la Municipalidad de San 2Artículo 13º, Ley Nº 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública.