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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (20/08/2005)

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PÆg. 298953 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de agosto de 2005 disposiciones por parte de nuestros empleados públicos como de cualquier persona natural o jurídica cuando se trate de la formalización de denuncias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Código de Ética Municipal de esta Corporación Edil, el mismo que consta de trece (13) artículos y tres (3) disposiciones finales que como anexo forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Logística y Servicios Generales, Gerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal y a la Gerencia de Recursos Humanos, la reproducción, difusión y entrega del presente Reglamento del Código de Ética Municipal a todos los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro. Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a los empleados públicos de esta Corporación Edil. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde Gerencia de Recursos Humanos Subgerencia de Desarrollo del Potencial Humano REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA MUNICIPAL ÍNDICE Título I Disposiciones Generales Título II Principios, normas éticas y deberes de los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro. Título III Transgresiones éticas de los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro. Título IV Sanciones y procedimiento Capítulo I Calificación y sanciones Capítulo II Procedimiento Disposiciones Finales. REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA MUNICIPAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento precisa las disposiciones contenidas en el Código de Ética Municipal, para lograr que nuestros empleados públicos 1, conforme a ley, actúen con rectitud durante el desempeño de susfunciones o actividades en nombre de nuestra Corporación Municipal. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento comprende a los empleados públicos de la Municipalidad de San Isidro, conforme seprecisa en el artículo 1º del Código de Ética Municipal y, los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 27815 - Ley del Códigode Ética de la Función Pública. Artículo 3º.- Definiciones Para los efectos de la aplicación de las disposiciones del Código de Ética Municipal y del presente Reglamento,se tomarán en cuenta las siguientes definiciones: Bienes de la MSI Cualquier bien o recurso que forma parte del patrimonio de la Corporación o que se encuentre bajo su administración, destinado para el cumplimiento de susfunciones. Esta disposición también deberá observarse respecto de los bienes de terceros que se encuentren bajo su usoo custodia. Ética Pública Desempeño de los empleados públicos basado en la observancia de valores, principios y deberes quegarantizan el profesionalismo y la eficacia en el ejercicio de la función pública. Información Privilegiada Información a la que los empleados públicos acceden en el ejercicio de sus funciones y que por tener carácter de secreta, reservada o confidencial conforme a Ley, o careciendo de dicho carácter, resulte privilegiada por sucontenido relevante, y que por lo tanto sea susceptiblede emplearse en beneficio propio o de terceros, directao indirectamente. Intereses en Conflicto Situación en la que los intereses personales del empleado público colisionan con el interés público y en elejercicio de sus funciones, entendiéndose que cualquieractuación que realiza dicho empleado público debe estar dirigida a asegurar el interés público y no a favorecer intereses personales o de terceros. Ley Es la referencia a la Ley Nº 27851, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Proselitismo Político Cualquier actividad realizada por los empleados públicos, en el ejercicio de su función, o por medio de la utilización de bienes de las entidades públicas, destinada a favorecer o perjudicar de los intereses particulares deorganizaciones políticas de cualquier índole o de susrepresentantes se encuentren inscritas o no. Reincidencia Circunstancia agravante de responsabilidad que consiste en haber sido sancionado antes por unainfracción análoga a la que se le imputa al empleadopúblico. Reiterancia Circunstancia agravante de responsabilidad derivada de anteriores sanciones administrativas por infraccionesde diversa índole cometidas por el empleado público. Ventaja Indebida Cualquier liberalidad o beneficio no reconocido por la Ley, de cualquier naturaleza, que propicien para sí opara terceros los empleados públicos, sea directa oindirectamente, por el cumplimiento, incumplimiento uomisión de su función; así como hacer valer su influencia o apariencia de ésta, prometiendo una actuación u omisión propia o ajena. 1Incluye a todo funcionario o servidor sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades en la MSI. También incluye alos Obreros que son servidores públicos sujetos al régimen laboral de la actividad privada.