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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (21/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de agosto de 2005 dentro de un plazo de diez días hábiles, contados desde la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO A. RAYGADA GARCÍA Presidente (e) 14577 INDECI /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65/G2C/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G2C/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G79/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 199-2005-INDECI 21 de julio del 2005Visto: el Memorándum Nº 447-2005-INDECI/7.0 de fecha 19.JUL.2005, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres (CMPAD) generados porfenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en laszonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por elBanco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea deCrédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a lapoblación, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de undesastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendadopor el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, incorpore, cuando sea necesario, previo informefavorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes dela Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, mediante proveído recaído en el Oficio Nº 4653- 2005-INDECI/23.0 del 8.JUN.2005, la CMPAD aprobó, a través de su Presidente, los Proyectos señalados en Anexo 01 adjunto a la presente Resolución, por el montode CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 175 500,00), incluidos en el “Programa de Prevención y Rehabilitación 2005” yevaluados por el INDECI y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 1042-2005-EF/68.01 de fecha 5.JUL.2005, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economíay Finanzas determinó la elegibilidad de las Fichas Técnicas correspondientes a los Proyectos presentados por el Gobierno Regional de Lambayeque, por el montode CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 175 500,00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 091-2005-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el día 20.JUL.2005, se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Pliego 006INDECI, la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOSOCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4’ 889 816,00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientesdel crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, mediante Ley Nº 28500 de fecha 26.ABR.2005, se modificó el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido a lasTransferencias Financieras entre entidades del Sector Público, señalándose que son consideradas también transferencias financieras las que realizan, entre otros, elINDECI, el cual en el marco de sus funciones y fines establecidos por su norma de creación o regulación, transfiere fondos públicos a otras entidades del SectorPúblico, aprobando las referidas transferencias financieras mediante Resolución del Titular del Pliego, que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano,con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, asimismo se señala que estas transferencias serán financiadas, entre otros, con cargo a los recursosincorporados conforme a lo que señala la Ley Anual de Equilibrio Financiero del Sector Público, por lo que habiéndose incorporado mediante Decreto SupremoNº 091-2005-EF recursos suficientes de la Línea de Crédito, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque,con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por el montode CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 175 500,00) para la ejecución de los Proyectos señalados en el Anexo 01 adjunto; Que, conforme al Memorándum del Visto y al artículo 13º, literal b) del Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, que establece que el Subjefe asumirá la Jefatura delINDECI en los casos de ausencia del Jefe Institucional; Con las visaciones de las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración yDirección Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562, Ley Nº 28500, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2005, Ley 28426 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 – LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado porDecreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque, con cargo a los recursosprovenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un monto de CIENTO SETENTA YCINCO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 175 500,00) para la ejecución de los Proyectos señalados en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación correspondiente para la suscripción del Convenio entre el INDECI y el GobiernoRegional de Lambayeque para el control, seguimiento y monitoreo de ejecución y cumplimiento de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial ElPeruano y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de Lambayeque, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto yAdministración y Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS GARCÍA MIRÓ PESCHIERA Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil