TEXTO PAGINA: 22
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de agosto de 2005 Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento deOrganización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos afavor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente yrevolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un monto de SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 757,710.00) para la ejecución de los Proyectos señalados en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución.Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación correspondiente para la suscripción del Convenio entre el INDECI y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba para el control,seguimiento y monitoreo de ejecución y cumplimiento de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario a la Empresa Municipalde Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración y Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para suconocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS GARCÍA MIRÓ PESCHIERA Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 204-2005-INDECI 21 de julio del 2005 Visto: el Memorándum Nº 447-2005-INDECI/7.0 de fecha 19.JUL.2005, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidasde prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/ 100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de CréditoExtraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligroinminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperarlos niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonasafectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en elPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía yFinanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de laDirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientesde la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, mediante proveído recaído en el Oficio Nº 4653- 2005-INDECI/23.0 del 8.JUN.2005, la CMPAD aprobó, a través de su Presidente, los Proyectos señalados enAnexo 01 adjunto a la presente Resolución, por el monto de OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 836,415.00), incluidos en el “Programa de Prevención y Rehabilitación 2005” y evaluados por el INDECI y la Dirección General de Programación Multianual del SectorPúblico del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 1062-2005-EF/68.01 de fecha 11.JUL.2005, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas determinó la elegibilidad de lasFichas Técnicas correspondientes a los Proyectos presentados por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, por el monto de OCHOCIENTOS TREINTA Y SEISMIL CUATROCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 836,420.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 091-2005-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 20.JUL.2005, se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, Pliego 006 INDECI, la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 4’ 889 816,00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario,ANEXO Nº 1 PROGRAMA DE REHABILITACIÓN 2005 - EPS EMAQ SRL RELACIÓN DE PROYECTOS APROBADOS POR LA CMPAD INSTITUCIÓN ESP EMAQ SRL MONTO APROBADO PARA LA REGIÓN (Nuevos Soles S/.) 757,710.00 SESIÓN SESIÓN AR-2005 DEL 08.MAR.2005 Ubicación Características Elegibilidad Nº Nombre del Proyecto Provincia Distrito Lo calidad Meta Plazo Monto Sector Código Referencia Observaciones Física días ( Nuevos Soles S/.) 1 Reestablecimiento del Sistema de La Convencion Santa Ana 60 757,710.00 MVC-EPS-CUS-001 Oficio 1041-2005- Agua potable de la ciudad de EF/68.01 Quillabamba 757,710.00 14554