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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de agosto de 2005 Que, al amparo de la Segunda Disposición Final de la norma precitada, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013- 2005-MJM de fecha 27 de julio del año 2005, se estableció la prórroga de los beneficios tributarios y administrativosaprobados por la indicada Ordenanza; Que, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de los beneficios otorgados a los contribuyentes a fin deque cumplan con sus obligaciones tributarias brindándole las facilidades pertinentes para la ejecución de la misma; asimismo a la Unidad de Administración Tributaria de laMunicipalidad de Jesús María pueda implementar adecuadamente los diversos ítems determinados en la Ordenanza Nº 175-MJM como el caso de expedientesadministrativos dejados de procesar por la anterior administración; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 5 de setiembre del 2005, los Beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 175-MJM. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Unidad de Tesorería y a la Unidad de Informática. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 14607 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2005-MDLO/ALC Los Olivos, 17 de agosto de 2005 VISTO: El Expediente Nº 0024073-2005 presentado por la Parroquia "Los Santos Arcángeles" de la Diócesis de Carabayllo, el Informe Nº 144-2005-U.RR.CC. de la Unidad de Registros Civiles, el Proveído Nº 228-05 delDespacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales son órganos de gobierno promotores del desarrollo local con personería jurídicade derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, conforme a los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, encargado de organizar mantener el Registro Único de las Personas Naturales y suscribir hechos y actos vitales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales yDistritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de Los Olivos promueve el matrimonio y protege a la familia considerándolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad peruana; Que, con Informe de Visto y a mérito de la petición formulada por el Padre Vicente Woodrr, la Jefe de la Unidad de Registros Civiles sugiere la realización de unmatrimonio civil comunitario en la Parroquia "Los Santos Arcángeles", para el 17 de setiembre próximo; Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitución Política del Estado, elartículo 250º del Código Civil, Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 20º, incisos 6 y 16, y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Celebración del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO a realizarse el día sábado 17 de setiembre de 2005 en la Parroquia "LosSantos Arcángeles" ubicada en la Av. Naranjal s/n Cdra. 13 - Los Olivos, cuyo cronograma se detalla a continuación: - Inicio de Inscripciones : 22 de agosto de 2005 - Cierre de Inscripciones : 6 de setiembre de 2005 - Firma de Actas : 15 de setiembre de 2005 (de 9.00 a.m. a 11.00 a.m.) - Ceremonia Central : Sábado 17 de setiembre de 2005 - Lugar : Iglesia "Los Santos Arcángeles" ubicada en la Av. Naranjal s/nCdra. 13 - Los Olivos - Hora : 3.00 p.m. (hora exacta) Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE como único pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 90.00 (Noventa y 00/100 Nuevos Soles), debiendoasimismo adjuntarse los siguientes requisitos: a) Partidas de Nacimiento actualizadas originales de ambos contrayentes. b) Copias de D.N.I. o C.I.P. de ambos contrayentes legalizadas por Notario Público. c) Una foto de cada contrayente. d) Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio legalizada por Notario Público. e) Declaración Jurada de salud física simple. f) Publicación del Edicto Matrimonial en un diario de circulación nacional. g) Consejería prematrimonial. h) Recibo de pago de la Tasa Única: S/. 90.00. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Gerente Municipal lo dispuesto en el presente Decreto, encargando a la Unidad de Registros Civiles su fielcumplimiento y a la Secretaría General e Imagen Institucional la difusión correspondiente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 14544 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G38/G2F/G4D/G4C/G20/G71/G75/G65 /G6E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 110/ML Lurín, 1 de agosto del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNPOR CUANTO: Visto en Sesión de Concejo de Ordinaria de fecha 11 de julio del 2005, celebrada en la Agencia de Desarrollo Local de la Zona “E“ el Informe Nº 569-2005-AGDLZB/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal por el cual propone la modificación del cronograma del proceso de Presupuesto Participativo 2006. CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056 dispone que los Gobiernos Locales promueven