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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (21/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de agosto de 2005 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Estrategia Nacional de Cambio Climático, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 086-2003- PCM, diseña en cumplimiento del compromiso de formular, aplicar, publicar y actualizar programasnacionales y regionales, que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio climático, además de otros contenidos en la Resolución Legislativa Nº 26185, quese refiere a la ratificación del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (1992). Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, en su Artículo 53º, literal c), establece que es función de los Gobiernos Regionales: “Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de lasestrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”. Que, en el análisis de la realidad ambiental en la región, se han identificado una serie de problemas generados por condiciones de precariedad en el desarrollo demodelos productivos y formas de vida en diversas partes de la región y pisos ecológicos, tales como incendios forestales, extracción forestal insostenible, quema depastos, cambio de uso de suelo, caza y pesca desmedida, etc.. Que, una de las expresiones más directas de este daño es la peligrosa contribución a la generación de gases de efecto invernadero (GEI) y otras interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático. Que, el tratamiento de estos problemas exige medidas concertadas y articuladas entre los diversos sectores del estado y de la sociedad civil, la participación decididade las autoridades y una amplia información sobre este aspecto; por lo cual la Comisión Ambiental Regional Cajamarca, ha propuesto desarrollar un equipo deexpertos organizadores en un Grupo Técnico Regional que se encargue del tema del cambio climático de Cajamarca. Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de julio del año 2005; y, alas atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 yReglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- CREAR el GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE CAJAMARCA, el mismo que se encargará de elaborar una propuesta de laEstrategia Regional de Cambio Climático a través de un proceso participativo regional. Segundo.- El Grupo Técnico Regional de Cambio Climático de Cajamarca estará integrado por: - Gobierno Regional de Cajamarca, a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. - Dirección Regional de Agricultura.- Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre - INRENA. - Oficina de Gestión Ambiental Transectorial y Recursos Naturales - INRENA. - Municipalidad Provincial de Cajamarca. - Universidad Nacional de Cajamarca.- Instituto Nacional de Defensa Civil - Cajamarca. - Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI. - CIPDER - Consorcio de ONG. - GTZ - Programa de Desarrollo Rural Sostenible. - PRONAMACHCS. La Secretaría Técnica del Grupo Técnico Regional, será elegida entre los miembros, de acuerdo a lascapacidades y experiencia que cada integrante presente. Tercero.- El plazo de funcionamiento del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático de Cajamarca,para cumplir con la elaboración de las estrategias regionales, es de un año (doce meses), a partir de su instalación. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo el Gobierno Regional de Cajamarca, facilite las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presenteOrdenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil cinco. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 14557 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4F/G6C/G6D/G6F/G73 /G54/G69/G6E/G61/G6A/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 196/2005.GR.LAMB/PEOT.GG Chiclayo, 5 de agosto del 2005Visto, los informe técnicos remitidos por la Comisión de Formalización de la Propiedad – COFOPRI, ProyectoEspecial de Titulación de Tierras Catastro Rural – PETT y el Consejo Nacional de Tasación – CONATA, en el marco del proceso expropiatorio de los predios inmueblesrurales y urbanos que se ubican en la zona donde se realizarán las obras de infraestructura del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28453 se declaró de necesidad pública la expropiación de los bienes de dominio privado, requeridos para la ejecución de las obras deInfraestructura del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos, que correspondan a: la ejecución de la Primera Etapa de la Presa Limón, susáreas de inundación y sus obras auxiliares; al Túnel Trasandino a la Galería de Acceso; al Conmutador Nº 01; al Túnel de Derivación Nº 01; a la CentralHidroenergética Nº 01; al Túnel de Derivación Nº 02; y, a la Central Hidroenergética Nº 02, obras que forman parte del Proyecto de Irrigación e HidroenergéticoOlmos al cual serán destinados; señalándose que dicha expropiación tiene por objeto la realización de obras de gran envergadura, por lo que son de aplicación losartículos 7º y 24º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiación; Que, según el artículo 3º de la Ley Nº 28453 “Ley de Expropiación de Áreas de Terrenos para la Ejecución de las Obras de la Primera Etapa del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos”, se designó como sujeto activodel proceso expropiatorio al Proyecto Especial Olmos Tinajones - PEOT, organismo descentralizado y dependiente jerárquicamente del Gobierno RegionalLambayeque que inició dicho procedimiento con la expedición de la Resolución Gerencial Nº 109/ 2005.GR.LAMB/PEOT.GG, de fecha 5 de mayo del año2005, en cuya memoria descriptiva se delimitó el ámbito de las áreas ubicadas en los departamentos de Cajamarca, Piura y Lambayeque, donde se ejecutaránlas Obras de Trasvase del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos, Hidráulico Limón – Primera Etapa;