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PÆg. 299109 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de agosto de 2005 - Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados;D.S. Nº 04-2000-MTC y sus modificatorias tipificadas en el D.S. Nº 09-2000-MTC. - Modificatoria del Reglamento Nacional de Vehículos, D.S. Nº 003-2003-MTC. - Reglamento Nacional de Tránsito D.S. Nº 058-2003- MTC - Reglamento Nacional de Administración de Transporte D.S. Nº 009-2004-MTC.” Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 3º de la Ordenanza Nº 090 en sus numerales 2, 4, 7 y 18, en los términos siguientes: “Artículo 3º.- (…) 2. Servicio Especial: Es el servicio público de transporte de pasajeros en vehículos menores prestado por un transportador autorizado por la Municipalidad deldistrito del Rímac. 4. Persona Jurídica: Es la Empresa, Asociación u otra forma de Organización que se constituye de conformidada las disposiciones legales vigentes y está inscrito en los Registros Públicos. Tiene entre otros como objetivo brindar el servicio de transporte especial. 7. Zona de Trabajo: Es el área designada por vías principales o auxiliares en las cuales se presta el servicio de Transporte especial. 18. Depósito Municipal Vehículos Menores (DMVM): Es el local municipal en el que se internan a los Vehículos Menores que cometen infracciones y sanciones impuestaspor el área encargada de la Municipalidad del Rímac (Inspector Municipal), y podrán contar con el apoyo de la Policía Nacional del Perú, encargados de supervisar elServicio de Transporte Especial y Tránsito.” Artículo 3º.- Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza Nº 090 en su numeral 5, en los términos siguientes: “Artículo 4º.- (…) 5.- Llevar un registro y archivo de los colores distintivos que señalen las personas jurídicas a fin de que exista homogeneidad para la flota que brinda el servicio de transporte especial, a propuesta de la persona jurídica yconsiderando la antigüedad en la prestación del servicio en el distrito.” Artículo 4º.- Modifíquese el artículo 5º de la Ordenanza Nº 090, en los siguientes términos: “Artículo 5º.- La Comisión Técnica Mixta de Transporte es el Órgano competente para velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como para proponer lasdisposiciones complementarias en favor del ordenamiento del tránsito en el distrito del Rímac, tales como: 1. Participar en la formulación de Proyectos y planes de desarrollo orientados a mantener el orden del tránsito y la prestación del servicio. 2. Debatir y evaluar las iniciativas sobre temas en materia de Seguridad y Educación Vial. 3. Promover la imagen de calidad, respecto del servicio de transporte especial.” Artículo 5º.- Modifíquese el artículo 6º de la Ordenanza Nº 090, conforme al siguiente texto: “Artículo 6º.- La Comisión Técnica Mixta de Transporte estará integrada por: - Cinco (5) Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad del Rímac. - Un (1) representante de la Policía Nacional del Perú. - Dos (2) representantes de las Organizaciones Jurídicas que se dedican al transporte público de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados. Dicha Comisión es dirigida por el Regidor que preside la Comisión de Desarrollo Urbano del Concejo Distrital del Rímac; el período de mandato es de dos años. Losintegrantes en caso de imposibilidad deberán comunicar con anticipación a sus reemplazante interinos.” Artículo 6º.- Modifíquese el artículo 9º de la Ordenanza Nº 090, en sus numerales 2, 3, 4, 7 y 14 enlos siguientes términos: “Artículo 9º.- (…)2.- Vigilar que los conductores no presten servicio de transporte de pasajeros cuando se encuentre bajo losefectos del alcohol, droga u otra sustancia tóxica. 3.- Vigilar el cumplimiento del servicio de transporte que presten, en la zona de trabajo autorizado por laMunicipalidad del Rímac. 4.- Vigilar y brindar mantenimiento a los paraderos autorizados por la Municipalidad. 7.- Controlar la vigencia de las Pólizas de seguros. 14.- Uniformar a los conductores para su identificación, con su Razón Social, evitando la duplicidad de colores ologotipos.” Artículo 7º.- Deróguese del artículo 10º de la Ordenanza Nº 090, los numerales 5 y 12. Artículo 8º.- Modifíquese el artículo 11º de la Ordenanza Nº 090, numeral 1, en los siguientes términos: “Artículo 11º.- (…) 1.- Estar equipados con los dispositivos e instrumentos de seguridad que señale el Reglamento Nacional de Vehículos para el uso de la vía pública y los que determinela Municipalidad Distrital del Rímac mediante sus órganos competentes.” Artículo 9º.- Adiciónese al artículo 13º de la Ordenanza Nº 090, conforme al siguiente texto: “Artículo 13º.- La Municipalidad a través de los órganos que designe en el TUPA, expedirá el Permiso de Operación, el Certificado de Operación y lasCredenciales para los conductores de los vehículos menores, en un plazo no mayor de (15) días hábiles después de haber presentado toda la documentacióncorrespondiente.” Artículo 10º.- Modifíquese el artículo 15º de la Ordenanza Nº 090, en los siguientes términos: “Artículo 15º.- El Permiso de Operación que autoriza la prestación del servicio tiene una vigencia de tres (3) años.” Artículo 11º.- Modifíquese y adiciónese al artículo 17º de la Ordenanza 090, conforme al siguiente texto: “Artículo 17º.- (…) 1. Permitir el ingreso de un vehículo menor robado, situación que de presentarse debe ser comunicada a la autoridad municipal y a la persona jurídica. 2.- Permitir que un conductor no autorizado preste el servicio regulado en la presente Ordenanza. 3.- No cumplir con los pagos correspondientes estipulados en el TUPA. 4.- El incumplimiento de la presente Ordenanza. La credencial del conductor será cancelada si el conductor al que se le otorga es sancionado con suspensión o cancelación de su Licencia de conducir.” Artículo 12º.- Modifíquese el artículo 23º de la Ordenanza Nº 090, en los numerales 1 y 2, en los términos siguientes: “Artículo 23º.- (…) 1.- Distancias no menores de 400 metros lineales entre una zona de estacionamiento y otra dentro del distrito del Rímac, considerando la demanda del servicio. 2.- Mantener intangibles las zonas rígidas monumentales de conformidad a las disposiciones municipales vigentes.”