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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (24/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 299104 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de agosto de 2005 conferidas por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento deOrganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT REMUNERACIONES Apruébase la nueva versión de Programa de Declaración Telemática (PDT) a ser utilizada por loscontribuyentes, para la elaboración y la presentación de la declaración determinativa a través del formulario virtual que a continuación se detalla: PDT FORMULARIO VIRTUAL Nº Remuneraciones 600 - versión 4.3 Artículo 2º.- OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT REMUNERACIONES La nueva versión del PDT Remuneraciones, Formulario Virtual Nº 600 - versión 4.3 estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 25 de agostode 2005. Para tal efecto, se entiende por SUNAT Virtual al Portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención del mencionado PDT a aquellos contribuyentes que no tuvieran acceso a la Internet, para lo cual deberánproporcionar el (los) disquete(s) de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas que sea(n) necesario(s). Artículo 3º.- UTILIZACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT REMUNERACIONES Los sujetos obligados a presentar sus declaraciones determinativas a través del formulario virtual generado por el PDT Remuneraciones, deberán utilizar la nueva versión a partir del 1 de septiembre de 2005, independientemente del períodoal que correspondan las declaraciones. Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias correspondientes a todos losperíodos por los cuales exista la obligación de presentar la declaración a través de formularios virtuales. Artículo 4º.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- UTILIZACIÓN DEL PDT REMUNERACIO- NES, FORMULARIO VIRTUAL Nº 600 - VERSIÓN 4.2 Los deudores tributarios podrán hacer uso del PDT Remuneraciones, Formulario Virtual Nº 600 - versión 4.2 hasta el 31 de agosto de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 14719 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Crean la Comisión Regional de Lucha contra la Tala y Comercio Ilegal deMaderas ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2005-GRU/CR Pucallpa, 29 de abril del 2005EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política vigente, modificado por la Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de abril del 2005; CONSIDERANDO: Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización yadministración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el inciso a) del artículo 15º de la norma antes acotada, establece que es atribución del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional; Que el inciso a) del artículo 16º de la citada ley, señala que son derechos y obligaciones de losConsejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales de acuerdo con las facultades normativas mediante la expedición de Ordenanzas y AcuerdosRegionales; Que, dentro de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales establecida en el inciso h) delartículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se encuentra el de fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución deproyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; Que los artículos 66º y 67º de la Constitución Política del Perú regula sobre el ambiente y los recursos naturales, señalando que los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la nación y que el Estadoes soberano en su aprovechamiento. Determina la política nacional del ambiente, promoviendo el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, tiene por objeto normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservación de los recursos forestalesy de fauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la valorización progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonía con elinterés social, económico y ambiental de la Nación, en concordancia con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 613, Código del Medio Ambiente y los RecursosNaturales; en la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y los Convenios Internacionales vigentes para el EstadoPeruano; Que, pese a las acciones de protección realizadas por el Gobierno, la diversidad biológica, se está viendoafectada por la presencia de depredadores en la Región Ucayali, que no sólo realizan la tala ilegal de especies forestales, sino que impactan negativamente en la vidade las poblaciones locales, promoviendo la corrupción en el sistema de aprovechamiento de los recursos forestales, lo cual genera el uso ineficiente ydepredación del bosque como fuentes de ingresos y empleos, creando una competencia desleal con la inversión que realizan los concesionarios forestaleslegalmente establecidos; Que, es necesario implementar en la Región Ucayali una política de defensa de los recursos naturales y de ladiversidad biológica que forma parte de nuestro patrimonio, para lo cual resulta preciso crear una Comisión Regional conformada por representantes de los diferentessectores involucrados en la lucha contra la tala y comercio legal de las especies maderables; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; el Consejo Regional de Ucayali, en