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PÆg. 299105 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de agosto de 2005 Sesión Ordinaria de fecha 21 de abril del 2005, aprobó la siguiente: ORDENA: Artículo Primero.- CREAR LA COMISIÓN REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA TALA Y COMERCIO ILEGAL DE MADERAS, cuyas funcionesserán: coordinar, concertar y ejecutar actividades de manera conjunta con las instituciones públicas, empresas privadas y la sociedad civil, destinadas aimplementar medidas preventivas y correctivas que coadyuven a contrarrestar la tala y comercio ilegal de maderas en la Región Ucayali. Artículo Segundo.- Reconocer como Presidente de la Comisión al representante del Gobierno Regional de Ucayali, a través de la Gerencia Regional de RecursosNaturales y Gestión del Medio Ambiente; al Secretario Técnico, representante de la Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre - INRENA, por un año renovablepor la Comisión. Artículo Tercero.- La Comisión Regional, estará conformada de la siguiente manera: - Un representante del Gobierno Regional de Ucayali, elegido por el Consejo Regional. - Un representante de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre INRENA - PUCALLPA. - Un representante de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. - Un representante del Ministerio Público.- Un representante de la Mesa de Concertación Forestal para el Desarrollo Sostenible de Ucayali. - Un representante de la Asociación de Municipalidades de la Región Ucayali. - Un representante de la Policía Nacional del Perú, Sexta Dirección Territorial. - Un representante de la Super Intendencia Nacional de Administración Tributaria, Oficina Zonal Pucallpa- SUNAT. - Un representante de la Organización Regional AIDESEP Ucayali - ORAU. - Un representante de la Asociación de Extractores Madereros y Reforestadores de Ucayali - AEMRU. - Un representante de la Asociación de Concesionarios Forestales de Padre Abad - ACOF - Padre Abad. - Un representante de la Asociación de Productores Forestales (APROFU) - Un representante de la Asociación de Concesionarios Forestales de Ucayali - ACOFU. - Un representante del Word Wildf Foundation - Dirección Regional de Ucayali - CEDEFOR - Un representante de la Defensoría del Pueblo. - Un representante de la Universidad Nacional de Ucayali. - Un representante de la Marina de Guerra del Perú, IV Zona Naval y Fuerza de Tarea 100. - Un representante de la Asociación para la Investigación y Desarrollo Integral "AIDER". Artículo Cuarto.- La Comisión está autorizada para gestionar fondos y realizar convenios ante Organismos Nacionales e Internacionales y ante la Comisión Nacionalde Lucha contra la Tala Ilegal para dedicarlos a la función encomendada. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Comisión Regional la elaboración del Reglamento de Funciones, dentro del plazo de 30 días, a partir de la aprobación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Séptimo.- DISPENSAR del trámite de la lectura y aprobación del Acta. Por tanto mando se publique y cumpla. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 14643GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican la Ordenanza N” 033-20/ MDLV , que reglamenta el otorgamientode licencia municipal de funciona-miento a establecimientos comerciales,industriales, profesionales y/o deservicios ORDENANZA Nº 056-05/MDLV La Victoria, 3 de agosto de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 15 de junio del 2005, elInforme Nº 056-05-GC/MDLV de fecha 17 de mayo del 2005, emitido por el Gerente de Comercialización; el Informe Nº 834-05-DAJ/MDLV del 8 de junio del 2005formulado por el Director de Asesoría Jurídica, el Dictamen de la Comisión Permanente de Rentas Nº 004- 05-CPR/MDLV y el Dictamen de la Comisión Permanentede Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales Nº 006- 2005-CPPPAL/MDLV; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado establece que las municipalidades en su condición de Gobierno Local gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de sucompetencia; Que, concordante con ello el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Distrital de La Victoria, ejerce su función normativa, mediante sus Ordenanzas las mismas que tienen rango de Ley, de conformidad con loestablecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, por Ordenanza Nº 033-04-MDLV del 9 de septiembre del 2004, se aprueba el Reglamento para el otorgamiento de Licencia Municipal de Funcionamiento a Establecimientos Comerciales, Industriales,Profesionales y/o de Servicios, estableciéndose en el Título V Capítulo I sobre Órganos Competentes- Artículo 35º inciso b) que la Dirección de Rentas expedirá lascorrespondientes Resoluciones que declaran procedente o improcedente las solicitudes, además de que dicha Dirección emitirá los correspondientes certificados deAutorización Municipal de Funcionamientos; Que, el Capítulo II - De las reclamaciones y recursos impugnatorios Artículo 38º de la citada Ordenanza señalaque: Los recursos de reconsideración, lo resolverá la Dirección de Rentas. Este recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso deapelación; Que, por Ordenanza Nº 035-04/MDLV del 27 de octubre del 2004, se aprobó el Reglamento deOrganización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Victoria, en el cual se crea la Estructura Orgánica de la Gerencia de Comercialización y PromociónEmpresarial, encargada de organizar, normar, ejecutar, coordinar y controlar las actividades relacionadas con el abastecimiento y comercialización de productos, con laautorización y promoción de las micro, pequeñas y medianas empresas, de los mercados y del comercio ambulatorio; así como, de la defensa del consumidor; Que, el Gerente de Comercialización y Promoción Empresarial en el informe materia de Vistos señala que es imprescindible ordenar el Reglamento para elotorgamiento de la licencia municipal de funcionamiento a la estructura orgánica municipal, de manera que los expedientes y solicitudes presentados por los