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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (24/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 299096 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de agosto de 2005 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para la distribución de carga procesal entre Salas Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 155-2005-CED-CSJLI/PJ Lima, 10 de agosto de 2005VISTO: El Oficio Nº 467-2005-ADP/CSJLI-PJ de fecha 25 de julio del año en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, de conformidad con los numerales 10) y 19) del Art. 96º de la Ley Orgánica del PoderJudicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distritaladoptar las medidas que requiera el régimen interior delDistrito Judicial así como adoptar los acuerdos y demásmedidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad. Segundo.- Que, mediante Oficio Circular Nº 03-2005- CED-CSJLI/PJ el Consejo Ejecutivo Distrital dispuso larealización del inventario físico de expedientes encoordinación con el Área de Desarrollo de la Presidencia, para efectos de determinar, en las Salas de Reos Libres, la cantidad de procesos existentes en cada órganojurisdiccional tanto por ubicación, es decir si seencuentran en Sala o en Fiscalía; por tipo deprocedimiento, sumario u ordinario y por estado procesal,es decir en trámite y pendiente de emitir resolución final (sentencia en juicio oral, sentencia de vista o auto, en caso de incidentes), con el objeto de adoptar los criteriosmás óptimos para su racionalización. Tercero.- Finalizado el inventario, el Área de Desarrollo de la Presidencia alcanzó al Colegiado el informe final,mediante oficio de vista, señalando las siguientes conclusiones: 1. La 3º Sala tiene físicamente en giro, 2,528 expedientes que representan el 42.5% de la totalidadexistente en las demás Salas. De ello se observa queexiste una gran diferencia entre la carga de la 1º y 3º Sala que suman un 63.5% y la carga de las otras cuatro Salas que, suman entre las cuatroaproximadamente 2,168 lo que representa el 36.5%de la carga total. 2. El 55.6% de los expedientes, esto es, aproximadamente 7,434, se encuentran en las diversas Fiscalías Superiores. De la cantidad indicada 2,606 (35.8%) están en la 1º Fiscalía Superior los que de serdevueltos en un corto tiempo causaría un embalse ysobrecarga a la 1º Sala que ascendería a 3,500expedientes en giro. 3. En general el 72% de expedientes principales corresponde a procesos sumarios y el 28% a ordinarios. 4. Del total de expedientes en trámite en las Salas, el 78% corresponde a expedientes principales y un 21.4%a incidentes. 5. La 3º Sala tiene el 49.9% de procesos Ordinarios y un 40.3% de los Sumarios. Estos porcentajes definen que la situación de congestión de la 3º Sala es generalizada y se da en ambos procesos, tanto en principales comoen incidentes. 6. Del total de expedientes según su estado, el 33.6% que se encuentra en trámite le corresponde a la 3º Salamientras que el 36.3% a la 1º, 2º, 4º, 5º y 6º Salas juntas. Semejante situación ocurre con aquellas causaspendientes de resolver, del 30.2% le corresponde el mayor porcentaje (7.2%) a la 3º Sala. Cuarto.- Que, de lo expuesto precedentemente, se advierte la problemática por la que atraviesa la TerceraSala Penal sin dejar de mencionar a la Primera, en relación al elevada carga procesal que gira ante éstas así como la distribución inequitativa de la misma, pordiversos factores dentro de los cuales se podríanconsiderar la cantidad de expedientes que lescorresponde según el rol de turno mensual establecidoy que varía por circunstancias propias de la cantidad de denuncias que ingresen al mes a los Juzgados Penales, así como las disposiciones de distribución de carga queestableció el primer acápite del Art. 4º de la ResoluciónAdministrativa Nº 194-2002-CE-PJ ante la creación dela 5º y 6º Salas y la conversión de la Sala Penal deApelaciones de Procesos Sumarios en 4º Sala Penal, carga que en el caso de las tres primeras Salas (1º, 2º y 3º) se sumó a la que ya venía siendo tramitada por dichosórganos jurisdiccionales incrementándose el número deprocesos. Quinto.- Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la redistribución equitativa de carga procesal entre los mencionados órganos jurisdiccionales, de tal manera que cada uno de ellos cuente con un número deexpedientes que les permita trabajar en condicionessimilares y dar una respuesta adecuada a las expectativasde los usuarios del servicio de impartición de justicia,haciendo efectivo el principio de celeridad procesal; para lo cual se designará una Comisión conformada por los Presidentes de la 1º, 3º, 5º y 6º Salas Penales así comoun Magistrado de la ODICMA que supervise el procesode distribución. Sexto.- Que, no menos preocupante resulta la cantidad numerosa de expedientes que se encuentran en las Fiscalías Superiores Penales, específicamente en la 1º, 2º y 4º, para ser devueltos con los dictámenescorrespondientes; por lo que es prioritario realizar lascoordinaciones respectivas con el Ministerio Público parala remisión oportuna de los procesos. Sétimo.- Que, el fin esencial del criterio de prevención establecido en el Art. 88º del Código de Procedimientos Penales es el de asegurar una ciertaunidad y orden en el conocimiento de los procesos porejemplo en el marco de un distrito judicial donde existanvarios colegiados superiores penales; en ese orden deideas, las medidas adoptadas tienen como propósito mantener el espíritu de la norma acotada adecuándolo al contexto social actual, de ahí que la prevención debaceder cuando se instituyan otras consideraciones querompen su operatividad, como es el caso descrito, puesde continuar trabajando las Salas en las condicionesde sobrecarga procesal, se verá afectado el cumplimiento de los plazos procesales lo que podría acarrear la prescripción de las causas. Octavo.- Que, asimismo, de acuerdo con lo señalado por el Área de Desarrollo de la Presidencia, en su informetécnico, se debe eliminar a mediano plazo, la distribuciónde ingreso de expedientes a las Salas según turnos mensuales, siendo conveniente para ello, la instalación de un sistema informático de distribución equitativa yaleatoria, cuya implementación contribuiría a racionalizarla carga. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de sus atribuciones en sesión ordinaria, por unanimidad: RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER la distribución de mil expedientes que se encuentran físicamente en trámite en la 3º Sala Penal de Procesados Libres, a la 5º y 6ºSalas Penales, en razón de 500 expedientes para cadauna, los que se sumarán a su carga existente, no debiendoconsiderar aquellos en los que se haya iniciado el JuicioOral o se haya producido la vista de la causa. Artículo Segundo.- DISPONER las coordinaciones con el Decanato de la Fiscalía Superior del DistritoJudicial de Lima para que la 1º Fiscalía Superior Penaldevuelva a la 1º Sala, en el más breve plazo, mil