TEXTO PAGINA: 5
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de diciembre de 2005 Nº Registro Código de la Memoria 04 A0006573 SEARCH96 V_5.5-6 (P401 B0801) 05 A0006574 HROLLER96 V_5.4-26 (P401 B0801) 06 A0006575 MARCO96 V_5.4-23 (P401 B0801) 07 A0006576 BMONKEY96 V_5.5-6 (P401 B0801) 08 A0006577 RINDIA96 V_5.4-25 (P401 B0801) 09 A0006578 BANANA96 V_5.4-25 (P401 B0801) 10 A0006579 CHILI96 V_5.4-23 (P401 B0801) 11 A0006580 DPEARL96 V_5.5-6 (P401 B0801) 12 A0006581 BOOKRA96 V_5.5-6 (P401 B0801) 13 A0006582 VCARN94 V_5.4-23 (P401 B0801) 14 A0006583 VCARN96 V_5.4-23 (P401 B0801) 15 A0006584 LLADY96 V_5.5-6 (P401 B0801) 16 A0006585 A TLANTIS96 V_5.5-6 (P401 B0801) 17 A0006586 COLUMBUS96 V_5.5-6 (P401 B0801) 18 A0006587 MONEYM94 V_5.4-23 (P401 B0801) 19 A0006588 MONEYM96 V_5.4-23 (P401 B0801) 20 A0006589 HSPOT96 V_5.5-5 (P401 B0801) Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 20678 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G2C/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G79/G43/G6F/G72/G65/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 675-2005-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militarextranjero sin armas de guerra por razones protocolares, deasistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento osimilares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema,en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 730, de fecha 24 de octubre de 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita seexpida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina sin armas de guerra; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con eficacia anticipada, el ingreso al territorio de la República de personal militar de la FuerzaAérea Argentina, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, con el fin deasistir al Curso de “Capacitación Teórica de VisoresNocturnos”, del 6 al 19 de noviembre de 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20780 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 676-2005-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, debe cumplirse el artículo 5º de la Ley Nº 27856 “Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República”; Que, con Facsímil (DGS) Nº 670, de fecha 3 de octubre del 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita seexpida la autorización para el ingreso al territorio de laRepública, sin armas, de personal militar boliviano; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, del personal militar de la República de Bolivia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 19 al 30 de noviembre del 2005, para realizaruna visita profesional de militares de la Escuela de AplicaciónNaval de la Armada de Bolivia a las instalaciones de la Marinade Guerra del Perú de acuerdo a convenios vigentes entrelas Marinas de Guerra del Perú y Bolivia. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición,conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorización a la que serefiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro deDefensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20781