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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (07/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de diciembre de 2005 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionariosdeberán presentar ante su institución un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o dederechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y FinanzasEncargado de la Presidenciadel Consejo de Ministros JOSE ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20787 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G63/G61/G73/G6D/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 900-2005-MTC/03 Lima, 30 de noviembre de 2005 VISTA, la solicitud con registro Nº 2005-000725 presentada por don GINO LEYTZER GANOZA SAM a finque se le otorgue concesión para prestar el servicio públicode distribución de radiodifusión por cable, en la modalidadde cable alámbrico u óptico. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del articulo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que en materiade telecomunicaciones el Ministerio tiene entre otras funciones, otorgar y revocar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesaprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC,establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión por cable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cablealámbrico u óptico; Que, el artículo 94º del Texto Único Ordenado del citado Reglamento, define al servicio de distribución deradiodifusión por cable como aquel que distribuye señales de radiodifusión de multicanales a multipunto, a través de cables y/u ondas radioeléctricas, desde una o másestaciones pertenecientes a un mismo sistema dedistribución, dentro del área de concesión; Que, el artículo 126º del mismo Texto Único Ordenado, se señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites queestablecen la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento,y se perfecciona con la suscripción de un contrato escritoaprobado por el titular del Ministerio; Que, mediante el expediente de la vista, don GINO LEYTZER GANOZA SAM solicita que se le otorgue concesión para prestar el servicio de distribución deradiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbricou óptico, en el distrito de San José de la provincia dePacasmayo, del departamento de La Libertad; Que, mediante Informes Nºs. 277-2005-MTC/17.01.ssp y 347-2005-MTC/17.01.ssp. la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la DirecciónGeneral de Gestión de Telecomunicaciones, efectúa laevaluación integral de la solicitud de concesión presentadapor don GINO LEYTZER GANOZA SAM, concluyendo que la misma cumple con los requisitos establecidos por lasnormas vigentes en materia de servicios públicos detelecomunicaciones, y por tanto, recomienda se otorgue la concesión solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenadode su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 027 -2004-MTC y su modificatoria, el Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Único deProcedimientos Administrativos de este Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don GINO LEYTZER GANOZA SAM, concesión para la prestación del servicio público dedistribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito de San José, de laprovincia de Pacasmayo del departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con don GINO LEYTZER GANOZA SAM, parala prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación deeste Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que seaprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido Contrato y de las Addendas que sesuscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es .suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicada lapresente resolución. Para la suscripción, la empresasolicitante deberá previamente cumplir con el pago porderecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20685 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65 /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G63/G6F/G70/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 901-2005 MTC/03 Lima, 30 de noviembre de 2005 . VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2004- 020071 por don JOSÉ EMILIO MINCHAN NOVOA, paraque se le otorgue concesión para la prestación del serviciopúblico de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Casa Grande, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 750 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgarconcesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materiade telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos de difusión se prestanbajo el régimen de concesión, la cual se otorga previocumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la