Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2005 (16/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
Vertice 9: 584507 E y 8544182 N; Vertice 32: Vertice 10: 584506 E y 8544186 N; Vertice 33: Vertice 11: 584506 E y 8544187 N; Vertice 34:

Pag. 306343
584609 E y 8544145 N; 584605 E y 8544145 N; 584604 E y 8544137 N; 584583 E y 8544139 N; 584577 E y 8544133 N; 584576 E y 8544131 N; 584580 E y 8544127 N; 584578 E y 8544118 N; 584568 E y 8544116 N; 584565 E y 8544115 N; 584557 E y 8544115 N; 584552 E y 8544121 N; 584552 E y 8544127 N; 584529 E y 8544129 N; 584525 E y 8544121 N;

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban MORDAZA de Administracion Comun de la obra "Parque Turistico Acuchimay", ubicada en la provincia de Huamanga
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 671-2005-GRA/PRES MORDAZA, 24 de noviembre de 2005 VISTO: El Informe Tecnico Nº 007-2005-GRA/PRES-GRPPATSGPAT-PIV de fecha 23 de agosto del 2005, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial; y, el Acta de Reunion, de fecha 8 de junio del 2005, celebrada entre las Autoridades y representantes del Gobierno Regional de MORDAZA y la Municipalidad Provincial de Huamanga, mediante el cual se acuerda declarar MORDAZA de Administracion Comun la infraestructura de la obra "Parque Turistico Acuchimay", construida por el Gobierno Regional de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto por el inciso f) del articulo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; asi como, el inciso k) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, corresponde a los Gobiernos Regionales planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacion en el ambito del territorio regional y organizar, evaluar y tramitar los expedientes tecnicos de demarcacion territorial, en MORDAZA con las politicas y normas de la materia; Que, en concordancia a los incisos a) y c) del Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, corresponde a los Gobiernos Regionales conducir el MORDAZA de demarcacion y organizacion territorial en el ambito regional; asi como, promover de oficio las acciones de demarcacion territorial necesarias para la organizacion territorial del ambito regional; Que, en razon a lo expuesto, por el articulo 32º del Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, en caso exista conflicto entre circunscripciones distritales respecto de la pertenencia de una obra de infraestructura o de servicios, debido a la carencia o imprecision de sus limites territoriales, el Gobierno Regional respectivo podra declarar una MORDAZA de Administracion Comun, en coordinacion con el organo competente de la Municipalidad Provincial involucrada; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; y, demas normas pertinentes: SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la MORDAZA de Administracion Comun correspondiente a la infraestructura de la obra "PARQUE TURISTICO ACUCHIMAY", construida por el Gobierno Regional de MORDAZA y ubicada en la provincia de Huamanga. Articulo Segundo.- La MORDAZA de Administracion Comun se ubica entre la jurisdiccion de las Municipalidades Distritales de MORDAZA Alto y San MORDAZA MORDAZA, en la provincia de Huamanga, y esta comprendida entre las coordenadas submetricas Datum PSAD 56 MORDAZA 18:
Vertice 1: Vertice 2: Vertice 3: Vertice 4: Vertice 5: Vertice 6: Vertice 7: Vertice 8: 584523 E y 8544116 N; Vertice 24: 584518 E y 8544117 N; Vertice 25: 584513 E y 8544121 N; Vertice 26: 584509 E y 8544125 N; Vertice 27: 584507 E y 8544140 N; Vertice 28: 584509 E y 8544145 N; Vertice 29: 584519 E y 8544154 N; Vertice 30: 584510 E y 8544180 N; Vertice 31: 584568 E y 8544166 N; 584575 E y 8544159 N; 584577 E y 8544158 N; 584585 E y 8544165 N; 584596 E y 8544165 N; 584604 E y 8544156 N; 584603 E y 8544153 N; 584609 E y 8544152 N;

Vertice 12: 584475 E y 8544203 N; Vertice 35: Vertice 13: 584476 E y 8544205 N; Vertice 36: Vertice 14: 584507 E y 8544189 N; Vertice 37: Vertice 15: 584508 E y 8544190 N; Vertice 38: Vertice 16: 584512 E y 8544191 N; Vertice 39: Vertice 17: 584515 E y 8544189 N; Vertice 40: Vertice 18: 584517 E y 8544185 N; Vertice 41: Vertice 19: 584515 E y 8544182 N; Vertice 42: Vertice 20: 584522 E y 8544159 N; Vertice 43: Vertice 21: 584551 E y 8544157 N; Vertice 44: Vertice 22: 584551 E y 8544161 N; Vertice 45: Vertice 23: 584558 E y 8544167 N; Vertice 46:

Articulo Tercero.- La Municipalidad Provincial de Huamanga procedera a determinar la distribucion de las tasas municipales por la prestacion efectiva de servicios generados por las municipalidades distritales de MORDAZA Alto y San MORDAZA MORDAZA, en atencion a la normatividad vigente en la materia. Articulo Cuarto.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, a los Gobiernos Locales involucrados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 21281

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban Plan Operativo Piloto de Artesania del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2005-REGION CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Articulos 188º, 189º y 190º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­Ley Nº 27680-, la Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783-, la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, da inicio al MORDAZA de Descentralizacion, senala que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. El MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion en su articulo 35º, sobre Competencias de los Gobiernos Regionales, senala que entre las competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales esta la de Planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes; asi como facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesania, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades; Que, dentro del Plan Estrategico Nacional Exportador (PENX), se encuentran incursos dos componentes, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.