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PÆg. 306330 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de diciembre de 2005 b) Ingreso de mercancías a los depósitos aduaneros autorizados Registrar: - Número de la Declaración Única de Aduanas (DUA) de Depósito; - Dueño o consignatario de la mercancía; - Fecha de vencimiento del plazo de autorización del régimen de depósito de aduana; - Código del almacén de procedencia: terminal de almacenamiento o depósito aduanero autorizado; - Cantidad de bultos recibidos; - Tipo de bulto (caja, saco, barril, unidad, etc.); - Peso de ingreso de la carga, registrado en kilos por la balanza del depósito sin considerar la tara; - Valor CIF en US$, según la DUA de Depósito;- Fecha y hora del término de recepción de la mercancía. c) Inventario de bultos Registrar consecutivamente en forma numérica y por año de emisión las actas de inventario que formulan ysuscriben con los transportistas o sus representantesen el país, anotando: - Número del acta, fecha y hora de su emisión; - Los hechos que las generan: bultos arribados en mala condición exterior, bultos con medidas de seguridadviolentadas o distintas a las colocadas por la autoridadaduanera; - Cantidad de bultos; - Peso de la mercancía inventariada. d) Extracción de muestras Registrar consecutivamente en forma numérica y por año de emisión las actas de extracción de muestras, anotando: - Número del acta y fecha de extracción; - Número del documento de transporte que corresponda; - Número de la DUA o Declaración Simplificada y el código del especialista en aduanas u oficial de aduanas que interviene en el despacho, en caso que la extracciónse haya efectuado luego de la destinación aduanera; - Denominación de la mercancía cuya muestra se extrae; - Cantidad extraída; - Motivo de la extracción. e) Reconocimiento previo Registrar en forma numérica y por año de emisión las actas de reconocimiento previo, anotando: - Número del acta y fecha de su emisión; - Descripción genérica de la mercancía;- Cantidad de bultos;- Peso de la mercancía reconocida. f) Movilización de mercancías para reconocimiento físico Registrar la movilización de las mercancías para reconocimiento físico, consignando el código delespecialista en aduanas u oficial de aduanas, al personalde los operadores que intervienen en el proceso dedespacho y las incidencias que ocurrieren. g) Salida de mercancías de los terminales de almacenamiento Registrar: - Número de la DUA o Declaración Simplificada, que incluya al código del régimen, operación o destino aduanero especial o de excepción que corresponda; - Número del documento de transporte;- Despachador de aduana;- Dueño o consignatario de la mercancía;- Valor CIF en US$ según la DUA; - Peso de ingreso y salida de la carga, registrado en kilos por la balanza del terminal sin considerar la tara; - Número del acta de entrega, en el caso de mercancías en abandono legal y en comiso;- El documento de disposición, en caso de destrucción o entrega de la mercancía al sector competente; - Fecha y hora de salida de la mercancía. h) Salida de mercancías de los depósitos aduaneros autorizados Registrar: - Número de la DUA de Depósito con la que ingresó la mercancía; - Número de la Declaración que incluya al código del régimen u operación aduanera que corresponda, con la que sale la mercancía; - Despachador de aduana;- Consignatario de la mercancía;- Valor CIF en US$, asignado en la Declaración que ampara la salida de la mercancía; - Peso de ingreso y de salida de la carga, registrado en kilos por la balanza del depósito sin considerar la tara; - Número del acta de entrega, en el caso de mercancías en abandono legal y en comiso; - Número del documento de disposición, en caso de destrucción o entrega de la mercancía al sector competente; - Fecha y hora de salida de la mercancía. 2. Agentes de aduana y concesionarios postales Los agentes de aduana y concesionarios postales deben llevar los registros que a continuación se señalan, por fecha de cancelación en el caso de los despachos de importación y por fecha de numeración en el caso delos demás regímenes aduaneros, operaciones y destinosaduaneros especiales o de excepción; separando lainformación de las DUAs y de las declaracionessimplificadas, según corresponda. a) Régimen de Importación - Número de la Declaración, fecha de numeración y canal de despacho; - Nombre del auxiliar de despacho que participó en el reconocimiento físico; - Nombre del importador;- Descripción genérica de la mercancía;- Valor CIF en US$;- Monto de los tributos cancelados, y de los derechos antidumping o compensatorios, de corresponder; - Monto cancelado de la percepción del IGV, de corresponder; - Número del Comprobante de Pago por la cancelación del servicio de despacho, en los despachos quecorresponda; - Incidencias en el despacho e inmovilizaciones, si fuera el caso; - Observaciones. b) Régimen de Exportación - Número de la Declaración, fecha de numeración y canal de despacho; - Nombre del auxiliar de despacho que participó en el reconocimiento físico; - Descripción genérica de la mercancía;- Valor FOB en US$;- Incidencias en el despacho, si fuera el caso; - Observaciones. c) Otras destinaciones aduaneras Este registro corresponde a los demás regímenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o deexcepción, que deben ser llevados por separado: - Nombre del régimen, operación o destino aduanero especial o de excepción que corresponda; - Número de la Declaración, fecha de numeración y canal de despacho; - Fecha de vencimiento del plazo de autorización que corresponda a la destinación aduanera; - Consignatario de la mercancía;- Descripción genérica de la mercancía;- Valor CIF en US$;