Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2005 (21/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de diciembre de 2005

de Participacion Ciudadana, identificaran los lugares en los cuales se realiza arrojo de desmonte realizando campanas de informacion y educacion, a efectos de crear conciencia con respecto al tema, de igual forma, podran entregar papeletas educativas por el incumplimiento de los deberes inherentes como miembros de la comuna, asimismo, podran realizar llamadas de atencion a traves de medios como silbatos, corneta o cualquier medio similar, sin atentar contra la salud y el bienestar de las personas. 2. La Gerencia de Servicios Publicos Locales, previo informe de la Jefatura de Participacion Ciudadana con respecto a la ubicacion y medidas correctivas asumidas en conjunto con las Juntas Vecinales, se encargara del retiro del desmonte que se encuentre en la via publica. 3. La Jefatura de Fiscalizacion y Control Municipal, se encargara, previo informe de la Jefatura de Participacion Ciudadana, y de ser identificado el infractor o infractores, de imponer la sancion correspondiente de conformidad con lo establecido en el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Unico de infracciones y Sanciones (CUIS) vigente de esta Corporacion Municipal. Si la referida Jefatura constata in situ que se esta cometiendo dicha infraccion procedera de acuerdo a sus funciones y competencias, de conformidad con lo senalado en las normas citadas. Articulo Septimo.- PAPELETA EDUCATIVA.- La papeleta educativa tiene como finalidad hacer conocer al infractor que el arrojo de desmonte en la via publica constituye una infraccion debidamente tipificada y que es pasible de sancion pecuniaria y de medida complementaria, de ser el caso, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RASA) asi como en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS) vigente de esta Corporacion. El objetivo de la papeleta educativa es que el infractor, enmiende su conducta. Articulo Octavo.- FACULTESE al MORDAZA a establecer mediante Decreto de Alcaldia, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que MORDAZA necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- INCORPORESE al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas vigentes de esta corporacion Municipal, el Anexo N° 1. Articulo Decimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponga las acciones pertinentes para la correcta aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Decimo Primero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO N° 1
URBANISMO (8) OTRAS INFRACCIONES (600) CODIGO INFRACCION MORDAZA DE INFRACCION EG MEDIDA COMPLEMENTARIA Regularizacion o pago por el cercado efectuado por el Municipio. Regularizacion

Inician MORDAZA administrativo disciplinario a funcionarios y ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 391 San MORDAZA de Lurigancho, 1 de diciembre de 2005 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 024-2005-CEPAD/MDSJL, de fecha 23 de noviembre de 2005, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional de esta Municipalidad emitio el Informe Nº 007-2004-2-2184, denominado "Examen Especial del Area de Personal periodo enero - diciembre 2003", MORDAZA por la Hoja Informativa Nº 001-2005-OCI/MDSJL de fecha 8 de noviembre de 2005, senalando en el numeral 1) de las conclusiones que las diferencias entre las Tarjetas de Control de asistencia y las Boletas de Pago del personal empleado y obrero han ocasionado diferencia en los pagos por un monto de S/. 4,041.80 durante el ano 2003 (Observacion N° 1), y en el numeral 2) se senala que los legajos del personal se encuentran desactualizados (Observacion Nº 02). Asimismo, se recomienda disponer la apertura de un MORDAZA administrativo disciplinario a fin de determinar las faltas y responsabilidades administrativas en que habrian incurrido los funcionarios y ex funcionarios publicos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, comprendidos en el indicado informe, de conformidad con la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 005-90-PCM; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolucion de Alcaldia Nº 114 de fecha 10 de febrero de 2005, ha evaluado y analizado el Informe Nº 007-2004-2-2184, MORDAZA por la Hoja Informativa Nº 001-2005-OCI/MDSJL de fecha 8 de noviembre de 2005, encontrando merito suficiente para instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios publicos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex encargado de la Direccion de Administracion, MEBES MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Personal, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Personal, por la presunta comision de las faltas administrativas disciplinarias previstas en el articulo 28º incisos a) y d) concordante con el articulo 21º, incisos a) y d) del D.L. Nº 276, al existir diferencias entre las Tarjetas de Control de asistencia y las boletas de pago del personal empleado y obrero, lo cual ha ocasionado diferencia en los pagos por un monto de S/. 4,041.80 durante el ano 2003 y porque los legajos del personal se encuentran desactualizados; Que, los hechos imputados a los funcionarios y ex funcionarios, inobservarian las siguientes normas: a) El M.O.F., aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 779 de fecha 19 de MORDAZA de 2000, vigente a esa fecha, que senalaba respecto de la Direccion de Administracion lo siguiente: Programar y dirigir las actividades correspondientes a la Administracion de Personal, y de los recursos materiales y financieros de la Municipalidad. b) MORDAZA de Control Interno 4000-09 Asistencia y Per manencia de Personal "debe establecerse en la entidad procedimientos apropiados que permitan controlar la asistencia de los servidores, asi como el cumplimiento de las horas efectiva de labor". Comentario 01: "El control de asistencia y puntualidad esta constituido por todos aquellos mecanismos

8.601

Por no cercar terrenos baldios o sin construir Por no cercar el terreno conforme a lo establecido por la Ordenanza Nº 082-05-SJL

8.602

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