Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2005 (21/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de diciembre de 2005

Estando a lo dispuesto en el Art. 9º Inc. 8. de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en pleno, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de junio del 2005, aprobo por UNANIMIDAD: APRUEBA LA APLICACION DE LA ORDENANZA Nº 740 DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES MEDIANTE DECLARATORIA DE FABRICA Articulo Primero.- APROBAR la aplicacion de la Ordenanza Nº 740 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuyo texto fue publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 31 de enero de 2005, en la jurisdiccion del distrito de Punta Negra. Articulo Segundo.- INCLUIR en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de la Municipalidad de Punta Negra, el procedimiento de regularizacion de edificaciones mediante Declaratoria de Fabrica. Ratificando los demas procedimientos del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-2003-MDPN y sus modificatorias posteriores. Articulo Segundo.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA Alcaldesa 21506

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Establecen procedimiento para cercar terrenos baldios en el distrito
ORDENANZA Nº 082 San MORDAZA de Lurigancho, 28 de noviembre de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 de fecha 6 de marzo del 2002 y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, preceptuan que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, al respecto las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y tienen rango de Ley, segun lo establecido en el articulo 200º numeral 4) de la indicada Carta Politica correspondiendo al Concejo Municipal de conformidad con su funcion normativa la aprobacion de las mismas; Que, el Art. 195º Inc. 6) de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, senala que los Gobiernos Locales son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial; Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en materia del uso de la propiedad en MORDAZA con el bien comun senala en su articulo 93º Inc. 5) que es facultad especial de las municipalidades provinciales y distritales, dentro del ambito de su jurisdiccion, hacer cumplir la obligacion de cercar propiedades, bajo apremio de hacerlo en forma directa y exigir coactivamente el pago correspondiente, mas la multa y los intereses de ley; Que, en el Titulo III Capitulo VIII inciso 2.3 del Reglamento Nacional de Construcciones establece respecto a los cercos en terrenos sin construir que sera obligatorio el cerco transparente de los frentes de estos terrenos, debiendo aplicarse el Art. III-VIII-5 y el numeral III-VIII-5.1; Que, el articulo 4º Inc.2) de la Ordenanza Nº 011MSJL que aprueba los Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Fo r mulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; senala que la Gestion Municipal debera concretar acciones y proyectos conducentes a la mejora sustancial de la calidad de MORDAZA de la poblacion; para ello debe priorizarse la disminucion de la brecha de servicios relacionados con la salubridad publica y la seguridad ciudadana, asi como a la infraestructura para mejorar el habitat urbano; Que, en este sentido los vecinos tienen el deber y derecho de participar en el desarrollo integral, armonico y sostenible del distrito, constituyendose en un elemento proactivo para la comunidad ademas de ser el motor para la motivacion de los demas miembros de la localidad, procurando la satisfaccion de las necesidades particulares que inciden en el desarrollo integral del distrito, con el apoyo y/o MORDAZA de la Municipalidad; Que, cabe agregar que los vecinos de la comuna tienen el deber de mantenimiento y conservacion

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran el 23 de diciembre como dia no laborable en la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2005-MSB-A San MORDAZA, 16 de diciembre de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, encontrandose ad portas, el advenimiento de las MORDAZA navidenas, la corporacion municipal consciente del rol promotor que le corresponde, no solo a nivel de la prestacion de los servicios publicos locales; sino principalmente en el reconocimiento que el logro de los objetivos de desarrollo trazados a favor de la comunidad; son fruto del trabajo tesonero de los servidores municipales; Que, siendo necesario otorgar un estimulo especial a todos los que integran la familia municipal sanborjina, haciendo un alto en las labores cotidianas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Administracion y Finanzas; DECRETA: Articulo Primero.- Declarese dia no laborable en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el 23 de diciembre de 2005, en ocasion del advenimiento de la Navidad. Articulo Segundo.- Las areas de recaudacion (Rentas y Caja), asi como los servicios basicos (Seguridad Ciudadana, Parques y Jardines y Limpieza Publica) continuaran prestando atencion a los administrados, adecuandose a la necesidad propia del area. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21549

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