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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G37/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de diciembre de 2005 que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza; De conformidad con lo antes expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Amplíese el plazo de vigencia del Régimen de Beneficios Tributarios y Administrativos denominado “Beneficio Extraordinario”, aprobado por laOrdenanza Nº 236-MDMM, hasta el 28 de diciembre de 2005. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 21590 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G67/G6F/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G61/G64/G65/G6C/G61/G6E/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 21 Miraflores, 19 de diciembre de 2005EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º, modificado por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Localestienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2005- PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de diciembre de 2005, se fija excepcionalmente, el período del 19 de diciembre de 2005 al 2 de enero de 2006,para el goce de vacaciones de las personas que prestan servicios en los pliegos y unidades ejecutoras del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 5º de la precitada norma legal establece que los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, sus empresas y sus Organismos PúblicosDescentralizados así como los Organismos Constitucio- nalmente Autónomos, las Universidades, y las entidades pertenecientes a los otros Poderes del Estado podránadoptar, según estimen conveniente y no existan disposiciones legales que regulen sus períodos vacacionales de manera particular, medidas de similarfin, en el marco de sus competencias y funciones; Que, asimismo en el artículo 6º de la citada norma, precisa además que las entidades bajo responsabilidadde la más alta autoridad administrativa de la misma o quien haga de sus veces, deben asignar al personal necesario para garantizar la continuidad de los serviciospúblicos básicos y las labores indispensables de la institución; Que, siendo intención de la Corporación Municipal adoptar en parte lo establecido en el Decreto Supremo Nº 093-2005-PCM, y dada la naturaleza de los servicios que brinda la Municipalidad a la comunidad, es necesarioque la entidad establezca los mecanismos pertinentes a efectos que no se interrumpa el normal funcionamiento de los mismos; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0261 de fecha 14 de julio de 2004, en el artículo primero del año 2005, se estableció que el día 26 de diciembre de 2005,será compensado en los días 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2005 y los días 2, 3, 4 y 5 del mes de enero de 2006, en virtud al Decreto Nº 046-2004-PCM;En mérito de lo acotado de los considerandos vertidos, y contando con el visto de la Gerencia Municipal y Gerencia de Legal; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º numeral 6) Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Fijar, excepcionalmente el goce de vacaciones adelantadas de los trabajadores de la Municipalidad de Miraflores, del 27 al 30 de diciembre de 2005; de conformidad con lo establecido en el DecretoSupremo Nº 093-2005-PCM. Artículo Segundo.- Modifíquese la Resolución de Alcaldía Nº 0261 de fecha 14 de julio de 2004, respectoal día de recuperación del 26 de diciembre de 2005, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: - Día 26 de diciembre de 2005, será compensado con una hora adicional los días 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 de enero de 2006. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con la Gerencia de Recursos Humanos,la determinación del personal necesario para la continuidad de la operatividad de los servicios públicos municipales. Artículo Cuarto.- Todas las Gerencias, Procuraduría Pública Municipal, Órgano de Control Institucional y Subgerencias de la Entidad, darán cumplimiento alpresente Decreto bajo responsabilidad, garantizando la adecuada prestación de los servicios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 21505 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G37/G34/G30/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G2D/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G65/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G64/G65/G20/G66/GE1/G62/G72/G69/G63/G61 ORDENANZA Nº 001-2005/MDPN Punta Negra, 25 de junio del 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: la Ordenanza Nº 740 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de enero de 2005; POR CUANTO: Que, el mencionado documento señala en su Artículo Primero.- último párrafo, que las Municipalidades Distritales podrán normar y aplicar la presente Ordenanza de acuerdo a lo que disponga su respectivo ConcejoDistrital mediante Ordenanza; Que, la Ordenanza Nº 740 que aprueba la Regularización de Edificaciones mediante Declaratoriade Fábrica, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecua a las necesidades de este distrito, resultando aplicable en su integridad. Que, dada las restricciones financieras y por razones de austeridad de esta corporación edilicia, para la publicación de una Ordenanza, que reglamentela misma materia en los mismos términos, siendo que el Concejo Municipal, ha aprobado la aplicación de la Ordenanza Nº 740 en su integridad a estajurisdicción;