Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2005 (23/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 101

MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES PROYECTO

Pag. 307003

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PROYECTOS DE NORMAS SOBRE LOS NUMEROS ESPECIALES BASICOS, FACULTATIVOS Y FACILIDADES DE RED INTELIGENTE El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideracion del publico interesado el contenido de los referidos proyectos de normas, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaria de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. Zorritos 1301 -Lima, hasta el 10 de enero de 2006, o via correo electronico a jpena@mtc.gob.pe, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la MORDAZA de comentarios a los Proyectos Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales Comentarios

RESOLUCION SUPREMA MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, el numeral 2.10.1 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion - PTFN, aprobado por Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC establece que los servicios especiales basicos son facilidades que brindan los concesionarios de los servicios publicos de telecomunicaciones a la comunidad que tienen por finalidad, salvaguardar los bienes y la MORDAZA de las personas, asi como, permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio; Que, el numeral 2.10.2 del PTFN establece que los servicios especiales facultativos son facilidades adicionales brindadas por los concesionarios de los servicios publicos de telecomunicaciones dentro de la red de cada operador; Que, a fin de facilitar el acceso de los usuarios a los servicios especiales basicos, a las facilidades de red inteligente y a los servicios especiales facultativos a traves de los operadores de larga distancia mediante la marcacion del codigo 19XX y evitar confusion en el usuario en la utilizacion de la numeracion atribuida a los servicios especiales basicos y a los facultativos, resulta necesario modificar el PTFN; De conformidad con los Decretos Supremos Nº 01393-TCC y 027-2004-MTC; y, Con la confor midad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el penultimo parrafo del numeral 3.4.2, la definicion del servicio de informacion de guia local y nacional del numeral 3.5.1 y el numeral 3.5.2 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion, aprobado por Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC, los cuales tendran los siguientes textos: "3.4.2 (...) Adicionalmente se podra acceder a las facilidades de red inteligente, de acuerdo a lo siguiente: 19XX + 080C XXXXX. Donde: 19XX : Identificador del concesionario del servicio portador de larga distancia.

comunicaciones de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago, prestados por los comercializadores de servicios y/o trafico. (...)" "3.5.1. (...) 103 Informaciones de guia local y nacional a) Los concesionarios del servicio de telefonia fija local tienen la obligacion de prestar, de manera gratuita, el servicio de informacion actualizada de guia del servicio de telefonia fija local, a traves del cual los usuarios que llamen al numero 103 de acceso gratuito, puedan obtener informacion relativa a numeros telefonicos de todos los abonados del servicio de telefonia fija local, independientemente de la empresa operadora que lo preste. b) Los concesionarios de servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales y servicio troncalizado asi como del servicio portador de larga distancia tienen la obligacion de prestar, de manera gratuita, el servicio de informacion actualizada de guia del servicio de telefonia fija local, a traves del cual los usuarios que llamen al numero 103 de acceso gratuito, puedan obtener informacion relativa a numeros telefonicos de todos los abonados del servicio de telefonia fija local, independientemente de la empresa operadora que lo preste. c) Los concesionarios de servicios publicos locales y del servicio portador de larga distancia estan facultados a prestar, de manera gratuita, el servicio de informacion actualizada de guia de los servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales y servicio troncalizado, a traves del cual los usuarios que llamen al numero 103 de acceso gratuito, puedan obtener informacion relativa a los numeros de todos los abonados de los servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales y servicio troncalizado, independientemente de la empresa operadora que lo preste. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolucion Ministerial de considerarlo conveniente determinara su obligatoriedad, previa opinion del OSIPTEL. El acceso al servicio de informaciones de guia local y nacional, hacia un concesionario del servicio portador de larga distancia, desde la red de un concesionario del servicio publico local es: 19XX + 103". "3.5.2. Estructura de numeracion para Servicios Especiales Facultativos Los servicios especiales facultativos tienen las siguientes estructuras: 1 YX 1 YXX Donde:

080C XXXXX : Facilidades de Red Inteligente Se exceptua de lo mencionado anteriormente el rango de numeracion 0800-850XX perteneciente a la Facilidad de Red Inteligente: servicio de cobro revertido automatico o llamada libre de pago, definido como acceso a las Y varia de 2 a 4 X varia de 0 a 9

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.