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PÆg. 307002 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria, establecido enlas Ordenanzas Nºs. 086 y 093-MDSM hasta el 31 de diciembre de 2005. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas yAdministración Tributaria, las Subgerencias de Tesorería e Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 21726 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO Exoneran de proceso de selección la adquisición de cemento asfÆltico ACUERDO DE CONCEJO Nº 082-2005-CMPP. Puno, 13 de diciembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO VISTO: En la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de Diciembre de 2005, el Informe Nº 378-2005-MPP/GA, mediante el cual la Gerencia Administrativa solicita que por Acuerdo de Concejo Municipal se exonere delproceso de selección para la adquisición de 32,000.00 galones de cemento Asfáltico PEN 120/150 para la ejecución de la Obra “Construcción de Vía AvenidaCostanera II Etapa”; CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja de Coordinación Nº 138-2005- MPP-GA/SGL, el Sub Gerente de Logística da cuenta que el residente de la Obra “Construcción de Vía AvenidaCostanera II Etapa” solicita la adquisición de 32,000.00 galones de Cemento Asfáltico PEN 120/150. Efectuada la averiguación del caso ante REPSOL YPF, se hainformado que dentro la comercialización de hidrocarburos que producen no está el mencionado cemento asfáltico. Concluyendo que el único productory comercializador es PETROPERU; Que, conforme se tiene del Informe Técnico Nº 001-2005-MPP/GIC, emitido por la Gerencia deInfraestructura se sustenta y justifica el requerimiento de Cemento Asfáltico PEN 120/150 para la producción de Mezcla Asfáltica en las distintas obras depavimentación que ejecuta la Municipalidad Provincial de Puno, toda vez que la ciudad de Puno se ajusta a las condiciones climáticas como es el frío congradiente térmica variable y altitud mayor a los 3,000 m.s.n.m. Que, según el Informe Legal Nº 08-2005-MPP-OAJ, de conformidad con el Artículo 19º literal e) del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de selección las adquisiciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admitansustitutos y exista proveedor único, precepto legal que se encuentra concordado con lo señalado en el Artículo 144º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual regula que en casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuariay siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional la entidad podrá contratar directamente. Que, el artículo 20º del TUO de la Ley ya acotada, señalaque las exoneraciones se deben aprobar mediante Acuerdo de Concejo Municipal, debiendo obligatoriamente existir uno o más informes previosque contengan la justificación técnica y legal de la precedencia y necesidad de la exoneración. Que, estando a los Informes que preceden, que en su conjunto constituye el Informe Técnico Legal quedispone el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedición del Acuerdo deConcejo que apruebe la exoneración del proceso de selección cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor único, es pertinente aprobarel presente Acuerdo. Que, en el caso submateria, el Concejo Municipal en sesión Extraordinaria del Visto, después de la lectura de los Informes Técnico y Legal y del debate que fueronsometidos, el pleno acordó por unanimidad que procede exonerar conforme a ley del proceso de selección la adquisición de 32,000.00 galones de Cemento AsfálticoPEN 120/150, para los fines señalados en la parte expositiva del presente Acuerdo. Por lo que, estando a las facultades y competencia de que se encuentra investido el Despacho de Alcaldíade conformidad a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 20º de La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. ACORDÓ: Artículo Primero.- EXONERAR del respectivo proceso de selección la adquisición de 32,000 galones de Cemento Asfáltico PEN 120/150. Por las razones expuestas en la parte considerativa del presenteacuerdo. Artículo Segundo.- La adquisición de dicho insumo asciende a un monto referencial de S/. 172.502.40 nuevossoles, con cargo a la fuente de financiamiento Canon y Sobre Canon (1.01). Tiempo de adquisición 20 días en dos partes 50% C/U. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia Administrativa a través de la Sub Gerencia de Logística, su adquisición de conformidad a lo establecido por laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación del presente Acuerdo enel Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación. Adicionalmente su publicación a través del SEACE. Bajoresponsabilidad. Artículo Quinto.- Disponer la remisión de una copia del presente Acuerdo y de los Informes Técnico y Legalsustentatorios, a la Contraloría General de la República y CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia Administrativa el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIANO E. PORTUGAL CATACORA Alcalde 21672