Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2005 (23/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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CUADRO Nº 01 ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA ANOS 2002 AL 2005

Que, el 15 de octubre del 2005 se aprobo la Ordenanza Nº 144-MDL que establece el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y los Importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana de los Ejercicios 2002, 2003, 2004 y 2005 en el distrito de Lince; en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 142-MDL publicada el 27 de setiembre del 2005 y lo ordenando por la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 053-2004-AI/TC; Que, mediante Oficio Nº 004-090-00001642 el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, hace llegar el Requerimiento Nº 004-078-00000014, en el cual se indica que la Ordenanza Nº 144-MDL no establece disposicion alguna que exprese la aprobacion de los MORDAZA de Estructura de costos (los cuales deberan seguir los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-006-00000001), asi como los MORDAZA de estimacion de ingresos. En atencion a ello, debera procederse a su inclusion, como parte integrante e la Ordenanza en ratificacion; Que el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 143-MDL, establece la aprobacion de los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para los ejercicios 2002, 2003, 2004 y 2005, fijados en los Anexos que forman parte integrante de la Ordenanza, siendo necesario su modificacion aplicando el criterio establecido en el Requerimiento Nº 004-07800000014; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 - y la MORDAZA IV del TUO del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Mayoria, se aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICA EL ARTICULO 10º DE LA ORDENANZA Nº 144-MDL Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 144-MDL de fecha 15 de octubre del 2005, por el siguiente texto: "Articulo 10º: Apruebese los MORDAZA de la Estructura de Costos de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, los MORDAZA de estimacion de ingresos y sus importes, para los ejercicios de los anos 2002, 2003, 2004 y 2005, fijados en los Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza" Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA GONDOLIAS P. DE WONG MORDAZA Alcaldesa (e) de Alcaldia ANEXO Nº I INFORME TECNICO La municipalidad de Lince ha realizado el recalculo de las tasas por cada uno de los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, conforme a lo dispuesto en la sentencia del Tribunal constitucional recaida en el expediente Nº 053-2004-AI/ TC, sobre la base de los parametros minimos establecidos en dicha sentencia que nos permitiran realizar una mejor distribucion de los costos del servicio entre nuestros contribuyentes. COSTOS DE LOS SERVICIOS Para los anos 2002, 2003, 2004 y 2005 existieron en el distrito de Lince un total de 22,197, 22,454, 22,609 y 22,020 predios a los cuales se les brindo los servicios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana, siendo los costos los detallados y mostrados en el cuadro Nº 01.

CONCEPTO COSTOS DIRECTOS Costos de Mano de Obra Costos de Materiales Otros Costos y Gastos Variables Depreciacion de Maquinaria y Equipo COSTOS INDIRECTOS COSTOS FIJOS TOTAL

2002

2003

2004

2005

3,896,430.00 3,989,029.00 4,083,820.00 3,995,784.00 984,000.00 996,000.00 870,000.00 822,000.00 226,487.00 227,101.00 231,377.00 226,821.00 2,633,432.00 2,703,428.00 2,919,900.00 2,884,463.00 52,500.00 62,500.00 62,500.00 62,500.00 120,000.00 120,000.00 120,000.00 120,000.00 18,000.00 18,480.00 18,480.00 18,480.00 4,034.419.00 4,127,509.00 4,222,257.00 4,134,264.00

ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES ANOS 2002 AL 2005
CONCEPTO COSTOS DIRECTOS Costos de Mano de Obra Costos de Materiales Otros Costos y Gastos Variables Depreciacion de Maquinaria y Equipo COSTOS INDIRECTOS COSTOS FIJOS TOTAL 2002 2003 2004 2005

1,409.206,00 1,421.792,00 1,435.040,00 1,437.940,00 630.000,00 630.000,00 630.000,00 630.000,00 239.148,50 251.734,50 264.982,50 267.882,50 518.683,00 518.683,00 518.683,00 518.683,00 21.374,50 21.374,50 21.374,50 21.374,50 36.000,00 36.000,00 36.000,00 36.000,00 8.400,00 8.400,00 8.400,00 8.400,00 1,453.606,00 1,466.192,00 1,479.440,00 1,482.340,00

ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL ARBITRIO DE SEGURIDAD CIUDADANA ANOS 2002 AL 2005
CONCEPTO COSTOS DIRECTOS Costos de Mano de Obra Costos de Materiales Otros Costos y Gastos Variables COSTOS INDIRECTOS COSTOS FIJOS TOTAL 2002 2003 2004 2005

1,940.548,00 2,062.538,00 2,102.778,80 2,113.948,80 1,267.200,00 1,363.200,00 1,387.200,00 1,414.800,00 558.148,00 584.138,00 600.378,80 583.948,80 115.200,00 115.200,00 115.200,00 115.200,00 187.200,00 187.200,00 187.200,00 199.200,00 86.126,80 88.828,60 79.991,30 84.097,60 2,213.874,80 2,338.566,60 2,369.970,10 2,397.246,40

LOS ARBITRIOS, CRITERIOS UTILIZADOS PARA SU DISTRIBUCION Y DETERMINACION DE LOS IMPORTES A COBRAR Arbitrios de Limpieza Publica.Los servicios de Limpieza Publica que se brinda en el distrito de Lince consisten en la limpieza y barrido de calles asi como el transporte, descargue y transferencias de los desperdicios solidos. Cuenta para ello con 5 camiones compactadores de 15 M3, 2 camiones MORDAZA baranda de 4 y 10 TN y un camion volquete 12 M3. Para la determinacion del importe de este arbitrio, el costo de este servicio se distribuira segun la ubicacion del predio y teniendo en consideracion la intensidad del servicio gozado y diferenciandose las prestaciones de recoleccion de basura y barrido de calles en funcion de los siguientes criterios: - SERVICIO DE RECOLECCION Y TRANSPORTE DE BASURA 1. El Uso del predio sera el criterio preponderante, como indicador por su actividad de mayor o menor generacion de residuos. contrastado con el numero de habitantes, que permitira una distribucion equilibrada con la real generacion de basura. Para ello se ha determinado un generacion minima de 0.35 Kg al dia para el uso de MORDAZA habitacion y para el referido a establecimientos comerciales de 0.65 Kg al dia. La distribucion de la generacion de residuos solidos se muestra en el cuadro Nº 02. 2. El Tamano del predio, es decir, el area construida expresada en metros cuadrados. Teniendo en cuenta estos criterios el importe a cobrar queda definida de la siguiente: Recoleccion de Basura: Costo asignado a cada tramo / 12

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