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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 92

PÆg. 306994 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 TASA DE ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDINES Categoría Año Año Año Año 2002 2003 2004 2005 A: Predio con Frente a Parque 7,90 8,20 8,70 7,50 B: Predio con Frente a Berma Central 5,60 5,60 5,70 5,80 C: Otros Predios 5,40 5,40 5,40 5,60 TASA DE ARBITRIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA Sector Casa Habitación de Seguridad 2002 2003 2004 2005 Sector Nº 1 5,30 5,70 5,40 5,70 Sector Nº 2 4,90 5,00 5,00 5,20 Sector Nº 3 5,60 6,00 6,00 6,00 Sector Nº 4 4,40 4,60 4,70 4,70 Sector Nº 5 5,60 5,60 5,90 6,10 Sector Nº 6 6,40 7,40 7,40 8,20Sector Locales Comerciales de Seguridad 2002 2003 2004 2005 Sector Nº 1 29,40 31,50 26,30 31,40 Sector Nº 2 12,40 12,80 13,40 13,20 Sector Nº 3 20,70 22,20 22,70 22,10 Sector Nº 4 16,40 16,90 17,90 17,40 Sector Nº 5 16,00 16,80 16,90 17,30 Sector Nº 6 41,90 48,90 48,00 53,80 Sector Centros De Salud, Entidades Financieras, Hoteles y de Seguridad Hostales, Bingos, Servicentros, Discotecas, Centros de Convenciones, Cines, Tragamonedas 2002 2003 2004 2005 Sector Nº 1 60,70 65,00 61,90 65,00 Sector Nº 2 42,50 34,20 36,10 35,40 Sector Nº 3 57,80 61,90 61,00 61,90 Sector Nº 4 54,70 56,40 53,80 58,30 Sector Nº 5 45,90 48,00 52,50 49,50 Sector Nº 6 98.10 114,40 114,40 125,90 21678 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican la Ordenanza N” 89-MDSM, sobre Marco Legal del RØgimen Tributario, Estructura de CostosEjecutados y otros ORDENANZA Nº 90-MDSM San Miguel, 27 de octubre de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha:CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 89-MDSM se establece el Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipalesde Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, así como la determinación de los montos por dichos conceptos, aplicables para todos los contribuyentes de lajurisdicción del Distrito de San Miguel, la cual ha sido remitida al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratificación,en aplicación de lo establecido en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 y las Ordenanzas Nº 607, Ordenanza 727º y Ordenanza 830ºde la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Directivas Nº 001-006-00000001 y Nº 001-006-00000006; Que, mediante Requerimiento Nº 004-078-00000005 el Servicio de Administración Tributaria-SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite las observaciones a la Ordenanza Nº 89-MDSM a fin decontinuar con el proceso de ratificación requerido; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberántener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU