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PÆg. 307005 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 OSIPTEL Proyecto de Resolución que modifica el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 084-2004-CD/SIPTEL, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 13 de noviembre de 2004, se modifica el TUO de las Normas de Interconexión, en lo referente a las normas aplicables a la interconexión en áreas ruralesmediante líneas telefónicas; Que se considera necesario precisar el alcance de algunos artículos del TUO de las Normas de Interconexión,aprobado mediante la Resolución Nº 043-2003-CD/OSIPTEL, relacionados con el tránsito local, adecuación a mejores condiciones, aspectos administrativos, régimen deinfracciones y sanciones entre otros; Que asimismo, es conveniente modificar y precisar los procedimientos establecidos para la aprobación decontratos de interconexión y para la emisión de mandatos de interconexión; Que por otro lado, consideramos pertinente precisar el régimen de infracciones y sanciones aplicable a las empresas,por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el TUOde las Normas de Interconexión vigente; Que en ese sentido se propone una modificación al TUO de las Normas Interconexión, en lo referente al tránsito local, la adecuación, aspectos administrativos,infracciones y sanciones, entre otros temas; Que el Artículo 27º del Reglamento General de OSIPTEL dispone que constituye requisito para laaprobación de los Reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de carácter general que dicte OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos sean publicados en elDiario Oficial El Peruano, con el fin de recibir lassugerencias o comentarios de los interesados; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSIPTEL en su sesión Nº 249; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del Proyecto de Resolución de Norma que Modificael Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión,aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043- 2003-CD/OSIPTEL, en lo referente al tránsito local, adecuación a mejores condiciones, aspectos administrativos, régimen deinfracciones y sanciones entre otros Artículo Segundo.- Definir un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicacióna que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios a OSIPTEL (Calle La Prosa Nº 136, San Borja, Lima) o al correoelectrónico sid@osiptel.gob.pe o al fax 475-1816. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias de OSIPTEL, el acopio,procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la remisión al Consejo Directivo de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LAS NORMAS DE INTERCONEXIÓN Artículo 1º.- Incorporar en el artículo 2º del Capítulo I- “Disposiciones Generales” del Texto Único Ordenadode las Normas de Interconexión aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/ OSIPTEL, el siguiente texto: “d) El Anexo 5, que contiene el régimen de infracciones y sanciones.” Artículo 2º.- Modificar los artículos 22º y 28º e incluir el artículo 22º-A en el Subcapítulo I-De las ReglasEconómicas- del Capítulo II- De los Aspectos Comunesa todo tipo de Interconexión- del Texto Único Ordenadode las Normas de Interconexión aprobado medianteResolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/ OSIPTEL, con el siguiente texto:RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 081-2005-CD/OSIPTEL Lima, 15 de diciembre de 2005 MATERIA Proyecto de Resolución que Modifica el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión, en loreferente al tránsito local, adecuación a mejores condiciones, aspectos administrativos, régimen deinfracciones y sanciones entre otros. VISTO: el Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, mediante el cual se propone la modificacióndel Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión,aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL (“TUO de las Normas de Interconexión”), publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2003, en lo referente al tránsito local, adecuación a mejorescondiciones, aspectos administrativos, régimen deinfracciones y sanciones entre otros CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332 y modificada por Ley Nº 27631, el Organismo Supervisorde Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL)tiene, entre otras, la función normativa, que comprendela facultad de dictar, en el ámbito y en materia de susrespectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particularreferidas a intereses, obligaciones o derechos de lasentidades o actividades supervisadas o de usuarios; Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 24º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de febrero de 2001, elConsejo Directivo de OSIPTEL es el órgano competentepara ejercer de manera exclusiva la función normativa; Que el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 06 de mayo de 1993, establece que lainterconexión de redes de los servicios públicos detelecomunicaciones es de interés público y social; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043- 2003-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2003 se aprueba el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión (“TUO de las Normas deInterconexión”), que recopila todo el marco legal vigente enmateria de interconexión y sintetiza los procedimientosaplicables para que las empresas de servicios públicos detelecomunicaciones interconecten sus redes, así como la participación de OSIPTEL en este proceso; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 111- 2003-CD/SIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el17 de diciembre de 2003, se modifica el TUO de las Normas deInterconexión, en lo referente a las reglas aplicables a lascomunicaciones a (o desde) las áreas rurales; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 113-2003-CD/SIPTEL, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 18 de diciembre de 2003, se modifica elTUO de las Normas de Interconexión, en lo referente alas reglas relativas a los procedimientos de liquidación,facturación, pago y suspensión de la interconexión; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 122-2003-CD/SIPTEL, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 23 de diciembre de 2003, se modifica elTUO de las Normas de Interconexión, en lo referente alas reglas aplicables a los enlaces de interconexión; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 031-2004-CD/SIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de abril de 2004, se modifica algunosartículos del TUO de las Normas de Interconexión;PROYECTO