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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G39/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 del tributo, incluyendo la distribución del cronograma de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2006. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria y a la Oficina de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Oficina de Comunicación Social su difusióny a la Oficina de Administración su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22193 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G75/G6E/G74/G75/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G75/G6C/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35/G73/G69/G6E/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 206-MPL Pueblo Libre, 28 de diciembre del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en sesión ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 056 2005-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y lesotorga potestad tributaría; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DecretoSupremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos ylicencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que es necesario reconocer y premiar la puntualidad en las obligaciones tributarias a los contribuyentes que en la actualidad no tienen deudas pendientes de cancelación con la Municipalidad, y promover e incentivardicha cultura tributaria, por lo que se les otorgarán descuentos especiales para el ejercicio 2006; En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar a los contribuyentes que culminen el año 2005 sin deudas tributarias con laMunicipalidad, los siguientes beneficios: a) Premio por puntualidad ascendente al 20% (veinte por ciento) de descuento en los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del 2006, siempre que efectúen la cancelación por adelantado, detodo el año 2006, hasta el 28 de febrero del 2006. b) Estímulo de Puntualidad, ascendente al 5% (cinco por ciento) de descuento, en los arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2006, siempre que se efectúen sus pagos en forma mensual y oportuna.En caso de incumplimiento del pago, perderán el descuento del mes correspondiente, pudiendo seguir gozando de dicho beneficio al momento de actualizar su pago. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para la reglamentación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria y a la Oficina de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina deComunicación Social su difusión y a la Oficina de Administración, su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22194 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G31/G2D/G39/G38/G2D/G4D/G4D/G4C/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 ORDENANZA Nº 151-MDSMP San Martín de Porres, 22 de diciembre 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en sesión extraordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 191 publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 10 de Enero de 1999 laMunicipalidad Metropolitana de Lima crea el Registro Único de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal a nivel de Lima Metropolitana, estableciendo ensu Artículo Segundo que: “Se entiende por Organización Social a toda forma organizativa de personas naturales, jurídicas o de ambas, que se constituyen sin fineslucrativos, políticos, partidarios ni confesionales, por su libre decisión, bajo las diversas formas previstas por la ley o de hecho y que a través de una actividad comúnpersiguen la defensa y promoción de sus derechos, de su desarrollo individual y colectivo, y el de su localidad”; Que, es conveniente adecuar las disposiciones de la Ordenanza Nº 191-98-MML a la propia realidad y necesidades de las organizaciones sociales de los vecinos de la jurisdicción del Distrito de San Martín dePorres y establecer las disposiciones complementarias a fin de asegurar su aplicabilidad dentro de dicho marco normativo, con la sola finalidad de que estasorganizaciones participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades que promuevan el desarrollo de nuestracomunidad sanmartiniana como parte del proceso de modernización del distrito así como de la consolidación institucional de dichas organizaciones para una mayorarticulación, avance y desarrollo conjunto; Estando al Informe Nº 1799-2005-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de la autonomíade la que gozan los Gobiernos Locales conforme a lo preceptuado por la Constitución Política del Estado y en virtud a las facultades que confiere el Artículo 9º numeral8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal presidido por el señor Regidor Pedro Carlos Casanova Saavedra y con el voto unánime de