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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 100

PÆg. 308094 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 Artículo Segundo.- VIGENCIA El beneficio tributario y Amnistía establecido, así como el Régimen Especial de Regularización estarán vigentes durante el período comprendido desde el día siguientede la publicación de la presente Ordenanza hasta el día 30 de diciembre de 2005, pudiendo ser extendido el mismo mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- NORMAS ESPECÍFICAS DE LA AMNISTÍA Y DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEREGULARIZACIÓN DE LICENCIAS La Amnistía y el Régimen Especial de Regularización se regirán obligatoriamente de acuerdo a lo siguiente: DE LA AMNISTÍA a. Quedarán extinguidas las multas administrativas y los gastos y costos administrativos que correspondan, y se dispondrá el quiebre de las Notificaciones impuestaspor carecer de los documentos señalados en el artículo primero, a favor de todos aquellos administrados que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanzao durante el período establecido en el artículo precedente hayan obtenido Resolución favorable en la tramitación de su Licencia de Apertura de Establecimiento,Autorización para Instalar Anuncios y/o Autorización del Certificado de Compatibilidad de Uso (Zonificación), según corresponda, debiendo para ello iniciar elprocedimiento establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Municipalidad. b. Dada la naturaleza de la infracción, los administrados que hayan sido sancionados o notificados por carecer del Certificado de DefensaCivil o Informe favorable de la II Región de Defensa Civil, podrán acogerse a la Amnistía únicamente cuando hayan obtenido el Certificado de Defensa Civilexpedido por esta Municipalidad o, en el caso de inspecciones de detalle, cuando presenten el Acta de Visita de Inspección de la II Región de DefensaCivil - INDECI, cuando menos con evaluación preliminar de riesgo bajo y no inminente. c. No podrán acogerse a la Amnistía los locales que hayan sido objeto de denuncias vecinales comprobadas o de fiscalización municipal por infracciones contra la tranquilidad, seguridad u orden público, o que favorezcanla prostitución, emitan ruidos molestos y expendan o favorezcan el consumo de licor en contravención a las normas vigentes. d. Para acogerse a la presente Amnistía los administrados deberán presentar ante la Mesa de Partes de la Municipalidad una solicitud señalandoexpresamente y en forma detallada las multas y las notificaciones de infracción que le han sido impuestas, a la cual adjuntarán la constancia que en forma gratuitaemitirá la dependencia municipal correspondiente acreditando que el administrado ha cumplido con la totalidad de requisitos exigidos en el TUPA y demásnormas vigentes. e. Los procedimientos de imposición y/o ejecución de sanciones no pecuniarias en trámite no sesuspenderán sino hasta que los administrados hayan obtenido Resolución favorable. Artículo Cuarto.- DESISTIMIENTO Los administrados que mantengan recursos administrativos pendientes de pronunciamiento departe de esta Administración o hayan iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante otras instancias administrativas o judiciales por lassanciones y/o notificaciones impuestas y que deseen acogerse a la Amnistía y/o el Régimen establecido mediante la presente Ordenanza, deberán presentarcopia fedateada del escrito de desistimiento de la impugnación o de los procedimientos formulados y de su pretensión. Artículo Quinto.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presenteOrdenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 22374 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Estructura OrgÆnica de la Munipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 104/MDCH Chaclacayo, 28 de noviembre del 2005 POR CUANTO:Reunido el honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de noviembre del 2005,y con el quórum reglamentario: CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, según lo establecen los artículos 194º y 195º de la Constitución Política, modificado por la Ley de Reforma Constitucional y en concordancia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972 determina en el numeral 3 del Artículo 9º que corresponde al Concejo Municipal aprobar su régimen de Organización Interior,señala que le corresponde aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 078-MDCH de fecha 23 de marzo del 2004 el Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesión de Concejo, aprobó con el voto Mayoritario de sus miembros, el nuevo OrganigramaEstructural Funcional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo el mismo que a la fecha se encuentra vigente; Que, contándose con el Informe Nº 077-2005-OPP- GM/MDCH y el Informe Nº 084-2005/OPP/MDCH y con el Informe Técnico de Estructura Orgánica adjunto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa a la GerenciaMunicipal existen observaciones de forma que no guardan relación en las denominaciones de algunas unidades orgánicas debiendo ubicarse correctamente en laEstructura Orgánica donde corresponde técnicamente de acuerdo a las normas legales vigentes, por lo que propone la modificación de la Estructura Orgánica; con el InformeNº 108-OAJ/MDCH la Oficina de Asesoría Jurídica opina por la Procedencia de la propuesta y con el Dictamen Nº 002-CPRAPYP-MDCH de fecha 24 de agosto del 2005de la Comisión de Regidores de Administración, Planeamiento y Presupuesto que declara Procedente el Proyecto de Estructura Orgánica; Con las atribuciones prescritas en el numeral 3 y 9 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y con el voto MAYORITARIO de susmiembros, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, el mismo que corre en anexo y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 078-MDCH. Artículo Tercero.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al señor Alcalde la respectiva promulgación. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde