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PÆg. 308248 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 Ordenanza Nº 212-MSS, quedará suspendido sólo durante la vigencia de la presente Ordenanza. TERCERA.- Los fraccionamientos celebrados antes del período de vigencia del programa aprobado, que seencuentren vigentes, seguirán siendo atendidos en las condiciones pactadas, pudiendo únicamente ser modificado su monto por acogerse al beneficio del prontopago, en los casos en que es procedente. Asimismo, en ningún caso se hará devolución de pagos efectuados antes de la vigencia de la presente Ordenanza. CUARTA.- Las Subgerencias de Control de Sanciones y de Ejecución Coactiva Administrativa serán las encargadas de actualizar la información en el Sistema deGestión Municipal de Multas Administrativas, consignando la anulación de la multa, o la suspensión del procedimiento coactivo luego de lo cual se procederá a remitir losactuados administrativos a la Unidad de Administración de Archivos, para su resguardo y custodia. QUINTA.- La Gerencia de Fiscalización, podrá efectuar la condonación de multas, de casos sociales, cualquiera sea su estado, de oficio o a solicitud de parte, para lo cual deberá contar con el informe favorable de laasistenta social de la Subgerencia de Servicio Social y Desarrollo Humano, así como los antecedentes respectivos, de estimar procedente, expedirá la resolucióndisponiendo la condonación, a excepción de los infractores que incurran en conductas reiterantes. En caso sea a iniciativa de algún área de la municipalidad, bastará eneste último caso, con una comunicación interna. SEXTA.- Encargar a las Gerencias de Fiscalización, Tecnologías de Información y Procesos, Finanzas, MedioAmbiente, Seguridad Ciudadana, Bienestar Social y Desarrollo Humano y las Subgerencias de Inspecciones, Control de Sanciones, Ejecución Coactiva Administrativay de Servicio Social y Desarrollo Humano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. SÉPTIMA.- Apruébese el formato de Solicitud- Declaración Jurada de Acogimiento al Programa de Flexibilización de Multas Administrativas, según anexo único, que forma parte integrante de la presenteOrdenanza. OCTAVA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 2 enero del 2006 hasta el 31 de juliodel 2006. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde ANEXO ÚNICO SOLICITUD DECLARACIÓN JURADA DE ACOGIMIENTO AL PROGRAMA DE FLEXIBILIZACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Sr. Alcalde de la Municipalidad de Surco: _________________________________________, con ___________________ (nombre o razón social) (DNI o RUC) con código de contribuyente Nº ______, con domicilio real en _________________ ________________________, debidamente representado por _________________ __________________________________, con DNI _____________, según poder adjunto, solicito a usted el acogimiento a la Ordenanza Nº 251-MSS, Campañade Flexibilización de Multas Administrativas, al haber cumplido con lo estipulado en el articulo 11º de la precitada Ordenanza, de modo que se dejen sin efecto legal las(s) multa(s) Nº(s) _______________________, contenida(s) en la ResoluciónNº _______________________, y originada(s) en la(s) Notificación(es) o Papeleta(s) Administrativa(s) Nº(s) ____________, de fecha _____________, por incurrir en el (los) código(s) de infracción Nº(s) _______________, haciendoun total de S/. _______________________(en letras) ___________________ nuevos soles; El solicitante manifiesta su voluntad expresa, de desistir al recurso Administrativo interpuesto mediante expediente Nº __________________ y/o a entablar cualquier proceso judicial contra la Municipalidad. Por tanto, en virtud de lo expresado en la presente solicitud, pido se acceda a mi petición por ser de justicia. Santiago de Surco, _____________________________________ ___________________ (Nombre del Infractor o su Representante) (Firma y DNI) 22232Fijan derecho de emisión y distribución a domicilio de Declaraciones Juradasde Autoavalœo y Hojas de Liquidacióndel Impuesto Predial correspondiente al aæo 2006 ORDENANZA Nº 252-MSS Santiago de Surco, 22 de diciembre de 2005EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, facultaa las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisiónmecanizada de actualización de valores, determinaciónde impuestos y de recibos de pago correspondientes,incluida su distribución a domicilio, un importe no mayoral 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 deenero de cada ejercicio; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 176-2005-EF, durante el ejercicio 2006, el valor de laUnidad Impositiva Tributaria ha sido establecido en TresMil Cuatrocientos Nuevos Soles (S/. 3,400.00); Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho deemisión mecanizada de actualización de valores,determinación de tributos y de recibos de pago delImpuesto Predial correspondiente al ejercicio 2006; Estando a los Informes Nºs. 608-2005-GAT-GCAR- MSS y 652-2005-GAT-GCAR-MSS y el Informe Nº 1185-2005-OAJ-MSS de la Gerencia de AdministraciónTributaria y Oficina de Asesoría Jurídica,respectivamente, contando con el Dictamen Conjuntode las Comisiones de Gestión Municipal y AsuntosJurídicos Nº 35-2005-CGM-CAJ/MSS; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámitede lectura y aprobación del acta por Unanimidad, seaprobó la siguiente: ORDENANZA SOBRE DERECHO DE EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOVALÚO Y HOJAS DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006 Artículo 1º.- Fíjese en S/. 2.60 (Dos y 60/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberán abonar loscontribuyentes por concepto de derecho de emisiónmecanizada de actualización de valores, determinacióndel tributo y Hojas de Liquidación del Impuesto Predialdel 2006, incluida su distribución a domicilio. Por cada predio adicional, se abonará S/. 0.50 (Cincuenta Céntimos de Nuevo Sol) por el derechomencionado. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologíasde Información y Procesos, el cumplimiento de lapresente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 22233