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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 242

PÆg. 308236 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 ORDENANZA QUE MODIFICA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DE LOS AÑOS 2002; 2003; 2004 Y 2005, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 114 Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 114 con el siguiente texto: "Artículo Cuarto.- Vencimiento de Pagos: El cronograma de pagos para las deudas por Los Arbitrios Municipales recalculados por la presente Ordenanza,será el siguiente: Años 2002; 2003 y 2004 20 de enero del 2006 Año 2005. 31 de enero del 2006 Vencido el plazo de pago se procederá al cobro de las deudas con el correspondiente interés moratorio, de conformidad con el artículo 33º del Código Tributario. Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo Décimo Segundo, de la Ordenanza Nº 114, por el texto siguiente: "Artículo Décimo Segundo.- Criterios de Determinación Arbitrio de Limpieza Pública: El arbitrio deLimpieza Pública comprende el cobro por la prestación del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos generados en la jurisdicción deldistrito del Rímac, además del servicio integral de barrido de calles, lavado de veredas y plazas. Para hallar la tasa a pagar por el servicio de Limpieza Pública, se determinanlos montos de cada una de las dos variantes que componen este servicio: Recojo de residuos sólidos y Barrido de calles: RECOJO DE RESIDUOS SÓLIDOS: Para el recojo de residuos sólidos se distinguen los criterios empleadospara la distribución del costo en el uso de Casa Habitación de otros usos. En el uso Casa Habitación se toman en cuenta los siguientes criterios: - Peso promedio de Residuos sólidos generados en este uso y/o actividad. - El Tamaño del Predio (área construida o área del terreno según corresponda) - La cantidad de habitantes por predio de acuerdo al tamaño del mismo. - Costo efectivo del servicio. Para la distribución del costo en otros usos distintos a casa habitación, se toman en cuenta: - El uso o actividad desarrollada en el predio, agrupadas de acuerdo a la similar generación de residuos sólidos determinada por muestreo estadístico. - Tamaño del predio.- Costo efectivo del servicio. BARRIDO DE CALLES El tamaño en función a la longitud del predio del área que da a la calle (metros lineales de frontis), en tanto el beneficio se da en el barrido y limpieza de las pistas yveredas circunscritas a cada predio. Artículo Tercero.- Incorpórese la Sexta, Séptima y Octava Disposiciones Transitorias y Finales en la Ordenanza Nº 114, de acuerdo con los textos siguientes: "Sexta.- Sustitúyase el Informe Técnico (Resumen Ejecutivo) aprobado con la Ordenanza Nº 114, por elInforme Técnico que acompaña la presente Ordenanza, que contiene la metodología empleada para la distribución del costo de los servicios, los cuadros anexos con lastasas determinadas por los servicios de Limpieza Pública: Recojo de Residuos sólidos y Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo, de los años 2002, 2003, 2004 y2005 y el comparativo de las tasas a cobrar y déjese establecido que le mismo forma parte integrante de la presente Ordenanza."Séptima.- Apruébase la Estructura de Costos, cuyo resumen ejecutivo ha sido recogido en el Informe Técnico que contiene la determinación de los arbitrios aprobados con la presente Ordenanza, para cada año en recálculo,así como el Estimado de Ingresos correspondiente." "Octava.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero del ejercicio 2006, previa publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifique;" POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Palacio Municipal a los catorce días del mes de noviembre de dos mil cinco. LUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 22377 Modifican RØgimen Tributario de Arbitrios Municipales de Limpieza Pœblica, Parques y Jardines y Serenazgo del aæo 2006, aprobadomediante Ordenanza N” 115 ORDENANZA Nº 118 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO:El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 2.12.05 aprobó la Ordenanza que modifica losArbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2006, el mismo que fue aprobado mediante Ordenanza Nº 115; y, CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 004-090-0000-1835, el Servicio de Administración Tributaria de Lima, formuló observaciones a la Ordenanza Nº 115, relacionadas conalgunos aspectos de carácter técnico y legal, al amparo de la Ordenanza Nº 607 y su modificatoria Ordenanza Nº 689, a través de las cuales la MunicipalidadMetropolitana de Lima regula el procedimiento de ratificación de las ordenanzas distritales en materia de arbitrios; De conformidad a las facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8), Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores,con la dispensa del Dictamen de la Comisión correspondiente y dispensa del trámite de aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL AÑO 2006, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 115 Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Décimo Primero, de la Ordenanza Nº 115, con el texto siguiente: "Artículo Décimo Primero.- Criterios de Determinación Arbitrio de Limpieza Pública: El arbitrio de Limpieza Pública comprende el cobro por la prestación del servicio de recolección, transporte y disposición finalde residuos sólidos generados en la jurisdicción del distrito del Rímac, además del servicio integral de barrido de calles, lavado de veredas y plazas. Para hallar la tasaa pagar por el servicio de Limpieza Pública, se determinan los montos de cada una de las dos variantes que componen este servicio: Recojo de residuos sólidos yBarrido de calles: