Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2005 (07/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 7 de enero de 2005 VISTO:

NORMAS LEGALES

Pag. 284099

El Oficio Nº 694-2004-AG-PETT-DE/DTSL, de fecha 21 de MORDAZA de 2004, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural; y, CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el incremento de la produccion y productividad agraria, entre otras, mediante el incentivo y promocion de las inversiones del Sector Privado en la ampliacion de la frontera MORDAZA, habilitando terrenos eriazos de dominio publico; Que, el Ministerio de Agricultura, a traves del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural PETT, es la Entidad encargada del saneamiento fisicolegal de las tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado, para su transferencia al Sector Privado; Que, de la revision del Expediente Nº ID-3642, se aprecia que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 518-97-AG, solicita se declare de libre disponibilidad 206.8629 ha. de tierras eriazas del Estado, ubicadas en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima; sin embargo, al MORDAZA del procedimiento establecido en la precitada Resolucion Ministerial, la Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, solo ha verificado la existencia y libre disponibilidad de 118.09 ha. de tierras eriazas, luego de su digitalizacion, segun se indica en el Informe Tecnico Nº 092-2004-AG-PETT-DTSL/ATE del 15 de marzo de 2004 y plano adjunto al mismo, asignandosele las Unidades Catastrales Nºs. 90437 (28.67 ha.), 90438 (17.43 ha.), 90439 (20.49 ha.) y 90440 (51.50 ha.); Que, el presente procedimiento se ha realizado al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 518-97-AG, obrando el Oficio Nº 0698-2000-AG-UAD.LC/ATDRH del 23 de agosto de 2000, de folios 34, en el que se deja MORDAZA de la publicacion efectuada en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de la localidad; el certificado de inexistencia de restos arqueologicos MORDAZA Nº 0027, de folios 22; el certificado de Busqueda Catastral expedido por la Oficina Registral de MORDAZA, de folios 03, en el que se indica que la extension solicitada no se halla inscrita en el Registro de Propiedad Inmueble; el Informe Tecnico Nº 183-2003-AG-PETT-DTSL del 31 de octubre del 2003, de folios 63, en el cual se senala que el predio "Las Praderas" se encuentra alejado y fuera de MORDAZA de Expansion MORDAZA, sustentandose en el "Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo" de la Municipalidad Provincial de Huaura-Huacho, aprobado por Ordenanzas Provinciales Nºs. 006-2000 y 019-98; Que, asimismo, obra el Informe Tecnico Nº 97-2004AG-PETT-DTSL/ATE del 17 de marzo de 2004, de folios 85 a 86 e Informe Legal Nº 140-2004-AG-PETT-DTSL/ ATE del 24 de marzo de 2004, de folios 88 a 89 acompanado del plano respectivo, que dan cuenta de que el area final es de 118.09 ha. y al no haberse formulado oposicion alguna en el plazo legal establecido, debe procederse a la aprobacion del plano digitalizado elaborado por el PETT, incorporandose el predio al dominio del Estado; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 020-98-AG, sustituido por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 027-99-AG, establece que la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, hoy Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION, es la encargada de vender u otorgar en concesion las tierras eriazas para el incremento de la produccion agraria; en tal sentido, es necesario poner a su disposicion las extensiones superficiales de libre disponibilidad precedentemente senaladas, a fin de derivarlas al Sector Privado para el cumplimiento de los fines indicados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el plano digitalizado y memoria descriptiva que obra en el expediente con 118.09 ha. de tierras eriazas de libre disponibilidad, signado con las

Unidades Catastrales Nºs. 90437 (28.67 ha.), 90438 (17.43 ha.), 90439 (20.49ha.) y 90440 (51.50 ha.) del predio ubicado en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima. Articulo 2º.- Incorporar al dominio del Estado las areas indicadas en el articulo anterior, disponiendose su inscripcion a favor del Ministerio de Agricultura en el Registro de Propiedad Inmueble correspondiente. Articulo 3º.- La Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, y en particular, la Oficina Registral respectiva, procedera a inscribir el acto juridico derivado de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- Remitir los actuados a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a fin que garantizando la efectiva inversion privada, proceda a su venta o concesion mediante subasta publica en el mas breve plazo. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 00312

Aprueban Addenda al Convenio suscrito con el PNUD para el Proyecto PER 01/003 "Apoyo a la Gestion del Ministerio de Agricultura"
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2005-AG MORDAZA, 6 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero del 2001 se suscribio un convenio entre el Ministerio de Agricultura y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 023-2003AG, se aprobo la Addenda que, entre otros, amplio la vigencia del Convenio MORDAZA mencionado para el Ejercicio Presupuestal 2004; Que, a fin de continuar con la Asistencia Tecnica del PNUD al Ministerio de Agricultura, en cuanto al Asesoramiento y Consultoria, asi como en lo referente a las adquisiciones de bienes y/o servicios para el Ejercicio Presupuestal 2005, es necesario modificar los alcances de dicho Convenio en lo referente a la ampliacion de su vigencia y al monto de los recursos provenientes de las Actividades y Proyectos del Ministerio de Agricultura; Que, en consecuencia a fin de modificar y ampliar los numerales 1.4 y 7.1, respectivamente, del Convenio MORDAZA mencionado, es necesario aprobar la Addenda a ser suscrita entre MORDAZA partes; Que, en aplicacion de lo dispuesto en la Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los Convenios de Administracion de Recursos, asi como sus Addendas, Revisiones u otros que celebran los Pliegos Presupuestarios con Organismos e Instituciones Internacionales, deben de aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector; Que, se cuenta con el informe favorable de la Oficina General de Planificacion Agraria, del Ministerio de Agricultura, en lo que se refiere a la disponibilidad presupuestal; De conformidad con los numerales 17) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005 y Decreto Supremo Nº 017-2001-AG Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio suscrito entre el Ministerio de Agricultura y el Programa de las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.