Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2005 (07/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 7 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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la Mujer y Desarrollo Social a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo. Que, en sesion de fecha 23 de noviembre del 2004 la Comision Tecnica encargada de ejecutar el MORDAZA de reestructuracion y reorganizacion sectorial acordo proponer a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social el texto del proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, el inciso 2) del Articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, en la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion del Estado, la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27779 y la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27793; y en el Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros: DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, el mismo que consta de quince (15) Titulos, noventa y tres (93) Articulos, dos (2) Disposiciones Complementarias y (1) Disposicion Transitoria, cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De los Documentos de Gestion. El Cuadro para Asignacion de Personal - CAP y el Manual de Organizacion y Funciones - MOF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES debera ser aprobado en un plazo que no excedera de sesenta (60) dias utiles contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Del Regimen Laboral. Los trabajadores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social incluyendo los de los Programas Nacionales mantendran el regimen laboral respectivo, en tanto no se implementen las disposiciones sobre empleo publico que correspondan. Articulo 4º.- De las Disposiciones Complementarias. Las funciones normativas y rectoras que correspondian a las entidades absorbidas en el MORDAZA del MORDAZA de fusion aprobado por los Decretos Supremos Nºs. 060-2003PCM y 079-2003-PCM son asumidas por los organos correspondientes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento de Organizacion y Funciones; en el caso de las demas funciones operativas las mismas son desarrolladas a traves de los programas nacionales, pudiendo ser complementadas, en lo que resulte pertinente, en el respectivo Manual de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en tanto culmine el MORDAZA de descentralizacion. Mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social se podran dictar disposiciones complementarias para la aplicacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES. Articulo 5º.-Vigencia del Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES El presente Reglamento de Organizacion y Funciones entrara en vigencia a partir del 1 de enero del ano 2005. Articulo 6º.-Derogacion de Reglamentos de Organizacion y Funciones Deroguense los siguientes dispositivos legales: Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, el Decreto Supremo Nº 057-93-PCM, Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH, la Resolucion Presidencial INABIF Nº 086, la Resolucion Ministerial Nº 023-97-PROMUDEH, el Decreto Supremo 006-2001-PROMUDEH, el Acuerdo de Directorio Nº 0172001, Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº164-2001FONCODES/DE y demas normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. En el caso del Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES la derogacion surtira efecto a partir del 1 de enero de 2005, respecto de las demas disposiciones senaladas en el presente articulo la derogacion surtira efecto en la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial que aprueba el Manual de Organizacion y Funciones del MIMDES.

Dejense sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Del refrendo del presente Decreto Supremo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

PROYECTO DE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL - MIMDES INDICE
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO II NATURALEZA, VISION, MISION Y OBJETIVOS TITULO III FUNCIONES TITULO IV ESTRUCTURA ORGANICA I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. X. Alta Direccion Organos Consultivos Organo de Control Organo de Defensa Judicial Organos de Asesoramiento Organos de Apoyo Organos de Linea Programas Nacionales Organos Desconcentrados Organismos Publicos Descentralizados

TITULO V ORGANOS DE LA ALTA DIRECCION CAPITULO I : Despacho Ministerial CAPITULO II : Despachos Viceministeriales CAPITULO III : Secretaria General TITULO VI ORGANOS CONSULTIVOS TITULO VII ORGANOS DE CONTROL TITULO VIII ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL TITULO IX ORGANOS DE ASESORAMIENTO CAPITULO I : Oficina General de Asesoria Juridica CAPITULO II : Oficina de Cooperacion Internacional TITULO X ORGANOS DE APOYO CAPITULO I : Oficina General de Administracion CAPITULO II : Oficina General de Recursos Humanos CAPITULO III : Oficina General de Planificacion y Presupuesto TITULO XI ORGANOS DE LINEA CAPITULO I : DESPACHO VICEMINISTERIAL DE LA MUJER

Direccion General de la Mujer Direccion General de la Familia y Comunidad Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz

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