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PÆg. 284100 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de enero de 2005 Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD para el Pro- yecto PER 01/003 "Apoyo a la Gestión del Ministerio de Agricultura", el mismo que consta de los apartados AN- TECEDENTES Y OBJETO. Artículo 2º.- Los recursos disponibles en el Proyec- to al 31 de diciembre de 2004, serán priorizados en las actividades necesarias para el normal funcionamientode las acciones establecidas en el Año Fiscal 2005. Artículo 3º.- La presente Resolución será refren- dada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 00313 Aprueban Carta de entendimiento y addendas suscritas con el IICA, relati-vas a estudios de la situación de com-petencia para productos agrícolas sen-sibles en el marco del TLC Perœ - EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2005-AG Lima, 6 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura ha suscrito la Carta de Entendimiento y sus dos addendas con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, para viabilizar la elaboración de un Estudio sobre la si-tuación de Competencia para productos agrícolas sen- sibles en el marco del TLC PERÚ - EEUU; Que, según el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, establece que los Convenios de Administración de Recur- sos, Costos Compartidos u otras modalidades similares,que las entidades del Gobierno Nacional suscriban con organismos o instituciones internacionales para encargar- les la administración de sus recursos, deben aprobarsepor Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente, previo informe de la Oficina de Presupuesto y Planificación o la que haga sus veces; Que, a través del Oficio Nº 3766-2004-AG-OGPA- OPRE, del 21 de diciembre de 2004, de la Oficina Gene- ral de Planificación Agraria, establece la disponibilidadde recursos en el Presupuesto Fiscal autorizado para el año 2004, para el cumplimiento de los compromisos asu- midos en la Carta de Entendimiento y sus dos addendasdescritas en el primer considerando de la presente Re- solución, asimismo establece sus ventajas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar apro- bar la Carta de Entendimiento sus dos addendas suscri- tas por el Ministerio de Agricultura con el Instituto Intera- mericano de Cooperación para la Agricultura IICA; y, De conformidad con la Ley Nº 28128 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar con eficacia anticipada, la Car- ta de entendimiento y sus dos addendas suscritas por el Ministerio de Agricultura y con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura IICA referido a losestudios de la situación de competencia para productos agrícolas sensibles en el marco del TLC Perú - EEUU. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese y comuníquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 00314Dejan sin efecto la R.D. N” 0636-2004- AG-OGA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2005-AG Lima, 6 de enero de 2005 VISTO:El Oficio Nº 3690-2004-AG-OGA-1001-OL, de fecha 23 de diciembre de 2004 del Director General de la Ofi-cina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de fecha 25 de agosto de 2004, el Comité Especial Permanente, otorgó la Buena Pro dela Adjudicación Directa Selectiva Nº 0011-2004-AG-OGA a la Empresa MULTIMODAL EXPRESS TRANSPORT S.A., para el "Servicio de Mensajería a Nivel Nacional";la Buena Pro quedó consentida por haberse producido denegatoria ficta del recurso de apelación interpuesto por el postor ANDERSON VASQUEZ VELA y COMPA-ÑÍA S.A.C y haber transcurrido el plazo de cinco (5) días conforme lo establece el artículo 172º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, aplicable conforme lo dispone el numeral 4 del Comuni- cado Nº 005-2004 (PRE) del Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciem- bre de 2004, según el cual los procesos de selecciónconvocados originalmente antes del 29 de diciembre de 2004 y los contratos derivados de los mismos, se regi- rán por la normativa de adquisiciones y contratacionesvigente al momento de su convocatoria; Que, por Carta Nº 242-2004-AG-OGA-OL, de fecha 5 de octubre de 2004 se procedió a invitar a la EmpresaMULTIMODAL EXPRESS TRANSPORT S.A., a fin de que se apersonen a firmar el respectivo Contrato, de conformidad con el numeral 2 del artículo 118º del Re-glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo presentar la Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Que, por Carta de fecha 12 de octubre de 2004, presentada en la misma fecha, la Empresa MULTIMO- DAL EXPRESS TRANSPORT S.A., acompaña, entreotros documentos, la Constancia de No estar Inhabilita- do para contratar con el Estado Nº 13385 al 1 de octubre de 2004, expedida por el Registro de Inhabilitados paraContratar con el Estado del Consejo Superior de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado; Que, con fecha 18 de octubre de 2004 se firmó el Contrato Nº 612-2004-AG-OGA con la Empresa MULTI- MODAL EXPRESS TRANSPORT S.A., para el "Servicio de Mensajería a Nivel Nacional", por la cantidad de S/.60,480.00, y por el plazo de doce (12) meses, siendo aprobado por Resolución Directoral Nº 0636-2004-AG- OGA, de fecha 18 de octubre de 2004; Que, por Oficio Nº 2453-2004-CONSUCODE/GR, de fecha 2 de diciembre de 2004, recibido el 9 del mismo mes y año el Gerente de Registros del Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, informa haber tomado conocimiento que la Empresa MULTIMO- DAL EXPRESS TRANSPORT S.A. ha obtenido el 1 deoctubre de 2004 la Constancia de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado Nº 13385 expedida por el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado afavor del Ministerio de Agricultura, cuando por Resolu- ción Nº 574/2004 TC-SU, de fecha 27 de setiembre de 2004 el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones delEstado impuso a la referida Empresa una sanción, sien- do notificada el 30 de setiembre de 2004; por lo cual debe hacerse efectiva la sanción impuesta desde el díasiguiente de la notificación al infractor el 1 de octubre de 2004, de conformidad con el artículo 208º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado. Asimismo, señalan que el artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, establece los impedimentos para ser postor o contratar con el Estado, entre las que se encuen- tran las personas naturales y jurídicas que se encuen-tren sancionadas con inhabilitación temporal o perma-