Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2005 (07/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de enero de 2005

gramas Nacionales, Organismos Publicos Descentralizados del Sector y con otras entidades de la administracion publica, en los ambitos nacional, regional y local, y entidades privadas vinculadas a su competencia. Articulo 54º.- Funciones de la Direccion General de la Mujer Son funciones de la Direccion General de la Mujer: a) Realizar el seguimiento y evaluacion a las politicas publicas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, establecidas en el Politica Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones; b) Realizar seguimiento y evaluacion de los convenios internacionales asumidos por el Estado peruano respecto al adelanto de las mujeres; c) Formular y proponer politicas y normas orientadas a promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo acciones afirmativas de caracter temporal para revertir situaciones de discriminacion contra las mujeres; d) Coordinar con los gobiernos locales y regionales para promover y fortalecer iniciativas dirigidas a revertir situaciones de discriminacion contra las mujeres; e) Coordinar con la Oficina de Comunicacion la obtencion y difusion de informacion relevante con el cumplimiento de los objetivos de la Direccion; f) Formular, disenar y proponer proyectos sociales sobre Derechos de la Mujer. g) Promover el liderazgo y participacion politica y social de las mujeres; h) Promover mecanismos de vigilancia y fiscalizacion ciudadana sobre las acciones del Estado para las mujeres; i) Velar por el desarrollo de la gestion eficiente de los recursos humanos a su cargo, para el logro de sus objetivos y metas; y, j) Otras que se le MORDAZA asignadas o que le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 55º.- Organos de la Direccion General de la Mujer La Direccion General de la Mujer tiene los organos siguientes: - Direccion de Igualdad de Oportunidades; y, - Direccion de Derechos y Ciudadania de las Mujeres Articulo 56º.- Direccion de Igualdad de Oportunidades Es el organo de la Direccion General de la Mujer encargado de disenar, promover, coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de planes, normas y politicas economicas, sociales y culturales, asi como de los programas y proyectos publicos y privados, al igual que de la implementacion del Plan Nacional de Politica Nacional de Oportunidades entre Mujeres y Varones, mostrando los efectos e impactos para las mujeres y hombres. Asi mismo, debe realizar el seguimiento y evaluacion de los acuerdos vinculantes relacionados al adelanto de las mujeres y las politicas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y mantiene relaciones funcionales con las demas Unidades Organicas del MIMDES, incluyendo los Programas Nacionales, Organismos Publicos Descentralizados del Sector; asi como con los entes rectores de la actividad gubernamental del Estado y otras entidades de la Administracion Publica, en los ambitos nacional, regional y local, y entidades privadas vinculadas a su competencia, y tiene las siguientes funciones: a) Elaborar y proponer las politicas de igualdad de oportunidades entre mujeres y varones, incluyendo las de generacion de oportunidades economicas; b) Coordinar con los sectores del Estado, gobiernos regionales y locales, la implementacion de politicas, planes y programas que promuevan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; c) Promover y monitorear el cumplimiento de las Politicas Nacionales de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres; d) Informar a la comunidad internacional sobre el cumplimiento de los convenios internacionales suscritos por el Estado Peruano para el adelanto de las mujeres, en coordinacion con las instituciones y la sociedad civil;

e) Coordinar con la Oficina de Comunicacion la obtencion y difusion de informacion relevante con el cumplimiento de los objetivos de la Direccion; f) Velar por el desarrollo de la gestion eficiente de los recursos humanos a su cargo, para el logro de sus objetivos y metas; g) Formular, disenar y proponer proyectos sociales sobre la igualdad de oportunidades; y, h) Otras que se le encomienden o que le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 57º.- Direccion de Derechos y Ciudadania de las Mujeres Es el organo de la Direccion General de la Mujer encargado de promover el ejercicio de los derechos ciudadanos de las mujeres, asi como analizar, disenar y promover estrategias para impulsar el liderazgo y la participacion de las mujeres en las instancias de decision en los ambitos publico y privado, impulsando la institucionalizacion y transversalizacion de las politicas para el adelanto de las mujeres a traves de la coordinacion con los gobiernos locales y regionales. Asimismo, esta encargada de obtener y difundir informacion relevante sobre la problematica de la discriminacion contra la mujer y proponer iniciativas que fortalezcan el MORDAZA juridico nacional para revertir esa situacion, y mantiene relaciones funcionales con las demas Unidades Organicas del MIMDES, incluyendo los Programas Nacionales, Organismos Publicos Descentralizados del Sector; asi como con los entes rectores de la actividad gubernamental del Estado y otras entidades de la Administracion Publica, en los ambitos nacional, regional y local, y entidades privadas vinculadas a su competencia, y tiene las siguientes funciones: a) Supervisar y monitorear programas de informacion y capacitacion sobre derechos de las mujeres, igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en el ambito nacional, regional y local; b) Disenar y transferir herramientas e instrumentos metodologicos para el fortalecimiento de las capacidades y liderazgo de las mujeres; c) Mantener actualizada una base de datos sobre la situacion y condicion de las mujeres; d) Promover el fortalecimiento de la ciudadania de las mujeres a traves del conocimiento y ejercicio de sus derechos; e) Difundir e informar, sobre los derechos de las mujeres e igualdad de oportunidades; f) Coordinar con la Oficina de Comunicacion la obtencion y difusion de informacion relevante con el cumplimiento de los objetivos de la Direccion; g) Promover acciones afirmativas Multisectoriales, para revertir la discriminacion de las mujeres; h) Proponer iniciativas legales y opiniones tecnicas para el adelanto de las mujeres; i) Implementar una base de datos de instituciones que promueven el ejercicio y defensa de los derechos de las mujeres; j) Formular, disenar y proponer proyectos sociales sobre derechos de la mujer; k) Velar por el desarrollo de la gestion eficiente de los recursos humanos a su cargo, para el logro de sus objetivos y metas; y, l) Otras que se le MORDAZA asignadas o que le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 58º.- Direccion General de la Familia y la Comunidad Es el organo del Despacho Viceministerial de la Mujer encargado de disenar, promover, coordinar, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos para la promocion, atencion y apoyo a la familia, atendiendo especialmente a su situacion de riesgo, pobreza y pobreza extrema y mantiene relaciones funcionales con las demas Unidades Organicas del MIMDES, incluyendo sus Programas Nacionales, Organismos Publicos Descentralizados del Sector; asi como con los entes rectores de la actividad gubernamental del Estado y otras entidades de la Administracion Publica, en los ambitos nacional, regional y local, y entidades privadas vinculadas a su competencia. Articulo 59º.- Funciones de la Direccion General de la Familia y la Comunidad

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