Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2005 (10/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de enero de 2005 regionales y locales, así como funcionarios y funcionarias de la Región, el mismo que se realizará en el marco de lacelebración del "DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER",durante la primera semana del mes de marzo de cada año. La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial preverá oportunamente unapartida especial para la realización del referido congreso. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la elaboración del Reglamento de Organi-zación del "CONGRESO REGIONAL DE LA MUJER EN LA REGIÓN ICA". Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los diecinue- ve días del mes de julio del año dos mil cuatro. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 00390 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G75/G72/GED/G2D /G64/G69/G63/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G2C/G20/G65/G6E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G30/G35/G39 ORDENANZA REGIONAL Nº 0013-2004-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICAHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: El Consejo Regional del Gobierno Regional de lca, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º dela Constitución Política del Perú de 1993, modificado por laLey de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del TítuloIV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Ba- ses de la Descentralización - Ley Nº 27783 - la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y demás Nor-mas Complementarias, así como la Ley Marco de Promo-ción de la Inversión Descentralizada - Ley Nº 28059 y sureglamento; CONSIDERANDO: Que, el desarrollo regional, concordante con el proceso de descentralización requiere del desarrollo de actividadesque conlleven al incremento de nuestra productividad,mediante la separación de competencias y funciones y equilibrado ejercicio del poder en los tres niveles de Go- bierno, en beneficio de nuestras grandes mayorías; Que, la Ley Marco de Promoción de la Inversión Des- centralizada Nº 28059 establece un marco normativo paraque el Estado promueva la inversión de manera descentra-lizada, como herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible de cada Región, en alianza estraté- gica entre los Gobiernos Regionales, Locales, la InversiónPrivada y Sociedad Civil; Que, en este contexto, es función de los Gobiernos Regionales para promover la inversión privada, promoverla imagen de la región como destino de inversión con otros mercados, conforme se establece en el numeral 11 del artículo 4º de la Ley Marco de Promoción de la InversiónDescentralizada; siendo de interés prioritario del GobiernoRegional de lca declarar de necesidad y utilidad pública lautilización del Aeropuerto Internacional de Pisco, el PuertoSan Martín de Pisco y el futuro Mega Puerto de San Juan de Marcona para las exportaciones de la producción regio- nal y de las Macrorregiones Sur y Sur Este del país; Que, en cumplimiento del Acuerdo del Consejo Regio- nal, en su sesión de fecha 29 de mayo del 2003, queaprueba el PLAN ESTRATÉGICO DE PROMOCIÓN DE LAINVERSIÓN PRIVADA, especialmente vinculado los pro- yectos con la infraestructura portuaria de Pisco, San Juan y Aeropuerto Internacional de Pisco;Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CONVOCAR, a las personas natu- rales y/o jurídicas nacionales y/o extranjeras para que en aplicación de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada Ley Nº 28059, participen en Concesión,Asociación en Participación, Contrato de Gerencia, JointVenture, y/o Servicios Outsourcing, u otros permitidos porla Ley, cuya infraestructura aeroportuaria y/o portuaria es-tén disponible para que la producción tanto regional como macrorregional sea despachada utilizando la referida infra- estructura, cuyos aportes de inversión requeridos para sumodernización deberán establecerse en el contrato corres-pondiente, cuya celebración y suscripción corresponde alPresidente Regional. Artículo Segundo.- Facúltese al Presidente del Gobier- no Regional de lca, para que solicite en lo que sea perti- nente la asesoría y apoyo de Preinversión u Organismoque lo sustituya, para llevar adelante los procesos de otor-gamiento en cualquiera de las modalidades establecidasen el artículo precedente dentro del Marco de Promociónde la Inversión Descentralizada. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los veinti- cuatro días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 00391 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G2D/G20/G43/G4F/G52/G45/G53/G45/G56/G49 ORDENANZA REGIONAL Nº 0014-2004-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICAHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: El Consejo Regional de lca, en sesión Ordinaria del 22 de setiembre del 2004 ha aprobado la Ordenanza Regio- nal de "Promoción de la Seguridad Vial en la Región Ica". CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno Regional buscar el con- senso para decidir sobre gravitantes medidas, medianteconsenso con los principales actores del quehacer político,mecanismo democrático que permite la participación direc-ta en las acciones del gobierno; Que, en el año 2000, el accidente de tránsito fue la cuarta causa de muerte en la población general y la prime- ra en los adolescentes y adultos de la Región Ica. Asimis-mo, según estadísticas policiales, entre enero de 1998 yabril del 2004 se han producido 3214 accidentes de tráficoen el Cercado de lca; Que, es necesaria la creación de una Comisión Regio- nal que permita lograr el diálogo fluido y permanente entre los organismos y las organizaciones civiles de la Regióninvolucrados en la promoción de la seguridad vial y la pre-vención de accidentes de tránsito, para proponer los me-canismos viables que contribuyan a la reducción de la mor-bimortalidad por accidentes de tránsito en la Región; Que, en armonía con el artículo 197º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales gozan deautonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, conforme al Art. 5º de la Ley Nº 27867 "Ley Orgá- nica de Gobiernos Regionales" es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartida ydelegada en el marco de las políticas nacionales y secto-riales en concordancia con los Planes y Programas Nacio-nales, Regionales y Locales de Desarrollo; Que, de conformidad con lo dispuesto Título III: Com- petencias, Art. 10º del D.S. Nº 009-2004-MTC, señala es- pecíficamente que son autoridades competentes del servi-cio de transporte: a) EI Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, b) los Gobiernos Regionales, c)las Direcciones