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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2005 (10/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de enero de 2005 lizadora, ha detectado que ciudadanos no identificados se presentaron ante el Registro, solicitando y obteniendo irregu-larmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanosTeresa Ramirez Diaz, Vicente Araujo Mundaca, Juan Gutie-rrez Romero, Olivia Oblitas Urrutia y Rafael Antonio BobbioRamirez, mediante trámites de rectificación y duplicado; Que, realizados los exámenes periciales en cada uno de los respectivos expedientes, se ha establecido que setrata de casos de suplantación de identidad, efectuadaspor personas desconocidas; Que, de los hechos antes descritos, se desprende que personas no identificadas, han usurpado la identidad de losciudadanos Teresa Ramirez Diaz, Vicente Araujo Mundaca,Juan Gutierrez Romero, Olivia Oblitas Urrutia y Rafael Anto-nio Bobbio Ramirez, existiendo indicio razonable de la comi-sión de presunto delito contra la Fe Pública, en las modalida-des de Falsedad Ideológica y Genérica, previstos y sanciona-dos en los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los intereses delEstado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que en nombre y representación delos intereses del Estado interponga las acciones legales quecorrespondan contra los que resulten responsables, por lacomisión del delito contra la Fe Pública, en las modalidadesde Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Estado ydel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 00375 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G44/G69/G73/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64/G2C /G43/G4F/G52/G45/G44/G49/G53/G20/G2D/G20/G49/G63/G61 (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Ica, mediante Oficio Nº 016-2005- GORE-ICA/GGR-SG-UAD, recibido el 7 de enero de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 0001-2004-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 096-2003-GORE-ICA/ORAJ, Ofi- cio Nº 113-2003-GORE-ICA/CRYAL, Oficio Nº 174-2003-GORE-ICA/GRDS-SGPO, Oficio Nº 98-2003-A/D-ICA, Ley Nº 27050Ley General de la Persona con Discapacidad - CONADIS, con un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, con la finalidad de esta-blecer un régimen legal de protección, atención de salud, traba-jo, educación rehabilitación, seguridad social y prevención paraque la persona con discapacidad alcance su desarrollo e inte-gración social, económico y cultural; Que, la Sexta Disposición Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27050, aprobado porDecreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH establece la facultad de conformar Organismos Desconcentrados delCONADES en las diversas regiones; Que, el CONADIS, cuenta con Oficinas Desconcentra- das en Arequipa, Ayacucho, Chiclayo, Juliaca, Maynas, Moquegua y Pasco en virtud de convenios interinstitucio-nales y suscritos con organismos del Sector Público; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentrali- zación, estableció la finalidad, principios, objetivos y crite-rios generales del proceso de descentralización, para lo- grar el desarrollo integral, armónico y sostenible de nuestro país, mediante la separación de competencia y funcionesy el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles degobierno, en beneficio de la población; Que, el año 2003 ha sido declarado como "Año de los Derechos de la Persona con Discapacidad y del Centena- rio del Nacimiento de Jorge Basadre Grohmann" en virtud del Decreto Supremo Nº 049-2002-PCM modificado por elDecreto Supremo Nº 001-2003-PCM y, últimamente, De-creto Supremo Nº 009-2003-MIMDES se aprobó el Plande Igualdad de Oportunidades para las personas conDiscapacidad 2003-2007, a fin de incorporar el tema de la discapacidad en el debate nacional y promover acciones y medidas que contribuyan en la participación e integra-ción de las personas con discapacidad a escala nacional,regional y local; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2003-GO- RE-ICA del 31 de octubre 2003, se aprobó la "Equidad y Atención Preferente a Niños, Mujeres Gestantes, Adultos Mayores y Personas con Discapacidad"; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 en los incisos 4) y 7) del Art. 8º recoge los principios deinclusión y equidad como orientadores de la gestión públi-ca. En consecuencia, el Gobierno Regional debe promo- ver la igualdad de oportunidades e identificar a los secto- res sociales que requieran atención especial; En este contexto y estando a lo acordado en la Sesión Ordinaria de fecha 24.2.04, en uso de las facultades quele confiere al Consejo Regional la Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales; Ha aprobado lo siguiente: Artículo Primero.- Crear el Consejo Regional de Integración de la Persona con Discapacidad COREDIS - Ica, que tengacomo función la de establecer los mecanismos necesarios a finde generar acciones que incorporen el enfoque de discapacidaden el desarrollo y la ejecución de políticas para la región. Artículo Segundo.- El COREDIS - Ica, estará confor- mado por: - Un representante del Gobierno Regional, quién lo pre- sidirá; - Un representante del Director Regional de Salud; quien actuará como vicepresidente; - Un representante del Director Regional de Educación;- Un representante del Sector de la Mujer y Desarrollo Social; - Un representante del Prefecto del departamento de Ica; - Un representante del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un representante de la Policía Nacional del Perú;- Un representante de la Fuerza Aérea del Perú;- Un representante de la Dirección Regional de Trans- portes y Comunicaciones; - Un representante de la Dirección Regional de Vivien- da, Construcción y Saneamiento; - Un representante de la Dirección de EsSalud;- Un representante de los Gremios de las Personas con Discapacidad Legal constituidos en la Región; - Un representante de los familiares de las personas con discapacidad por deficiencia mental legalmente consti- tuidos en la Región; - Un representante de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga; - Un representante de los Centros Educativos Privados de Educación Especial de la Región; - Un representante de los Centros Educativos Nacio- nales de Educación Especial de la Región; - Un representante del Colegio de Abogados de Ica;- Un representante del Defensor del Pueblo en la Re- gión; - El Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional; - El Presidente de la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento del Consejo Regional;