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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G32/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de enero de 2005 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 809-2004-JEF/RENIEC Lima, 29 de noviembre de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 9341-2004/GP/SGDAC/HYC RE- NIEC, el Informe Nº 166-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC yel Informe Nº 1272-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Ge-rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 17 de noviembre del2004; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente la-bor fiscalizadora, así como del proceso de depuración,inherente al procedimiento administrativo, ha detecta-do que las ciudadanas GABY MARJORI HERRERALEON y ELIZABETH GIANINA CORDOVA NALVARTE,en atención al principio de veracidad de las declaracio-nes en el procedimiento registral, solicitan y obtieneninscripción en el Registro, al amparo del Decreto Legis-lativo Nº 837, sustentando su identidad con declara-ción jurada de testigos, declarando datos falsos, losmismos que fueron insertados en documento público yregistrado en el Sistema del Archivo Nacional de Iden-tificación, cuya organización y mantenimiento es encar-gada por Ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central, luego de verificar las declaraciones dadas por lascitadas ciudadanas, concluye que las mismas adolecen defalsedad, en vista que el nacimiento de las citadas se en-cuentra registrado en las oficinas de registros civiles de lasMunicipalidades Distritales de Bellavista y San Martín de Po-rres; hecho que motivó se expida la Resolución Nº 103-2004-GP/SGDAC-RENIEC, el mismo que dispone se excluya delregistro la inscripción obtenida irregularmente, en estricto cum-plimiento a lo señalado en el artículo 67º inciso 7 del DecretoLey Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrati- vamente, los hechos antes descritos constituyen indiciosuficiente de la comisión de presunto delito contra la FePública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previstoy sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente,dado que se hizo insertar datos falsos en documento públi-co, afectando de esta forma la seguridad y funcionabilidaddel registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca y en atención al considerando precedente resulta nece-sario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, para que interponga las acciones que correspondan endefensa de los intereses del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil contra GABY MARJORI HE-RRERA LEON y ELIZABETH GIANINA CORDOVA NALVARTE;y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra GABY MAR-JORI HERRERA LEON y ELIZABETH GIANINA CORDO-VA NALVARTE, por presunto delito contra la Fe Pública,en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio delEstado y del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 00144 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 851-2004-JEF/RENIEC Lima, 28 de diciembre de 2004 VISTO: el Memorándum Nº 316-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 314, 379, 381, 397 y 399-2000/OHC/DCP/GO yel Informe Nº 1338-2004-GAJ/RENIEC de fecha 7 de diciem-bre del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fisca- REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 001-2005-EF/76.01 A LOS GOBIERNOS REGIONALES A LOS GOBIERNOS LOCALES A LA CIUDADANÍA EN GENERAL PROYECTO DE INSTRUCTIVO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006 La Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, comunica a los Gobiernos Regionales, a los Gobiernos Locales y a la ciudadanía en general, que en la página web delMinisterio de Economía y Finanzas ( www.mef.gob.pe), se encuentra a disposición de todos los interesados, para las sugerencias que se estimen pertinentes, el Proyecto de Instructivo para el Proceso del Presupues- to Participativo 2006, el cual ha sido elaborado en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28056, Ley Marcodel Presupuesto Participativo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Dicho Proyecto de Instructivo contiene orientaciones referenciales para que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales desarrollen articuladamente, en el marco del proceso presupuestario para el año fiscal 2006, el Proceso del Presupuesto Participativo en sus respectivos ámbitos y jurisdicciones. Las sugerencias a dicho documento podrán ser remitidas hasta el 18 de enero a la siguiente dirección electrónica: dnpp@mef.gob.pe. Lima, 8 de enero del 2005 NELSON SHACK YALTA Director General DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 00425