Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 284919
DGM-

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

DECLARACION JURADA BIENAL DE PRODUCTOR MINERO ARTESANAL
(Articulo 10º de la Ley Nº 27651)

F-04

NOMBRE o RAZON SOCIAL :

R.U.C. Nº

(ADJUNTAR COPIA) (1)

D.N.I. Nº

(ADJUNTAR COPIA)

identificado con de ser el caso MORDAZA del D.N.I. del conyuge. Titular de los siguientes derechos: NOTA : Asegurarse de cumplir con los requisitos del reverso.
(Cesion O

DERECHOS MINEROS (2)

CODIGO

HAS.

Transf.) SI / NO (3)

1 2 3 4 5 6 7 Asimismo titular de acciones y/o derechos como co peticionario y/o participante de una sociedad respecto a los siguientes derechos mineros: DERECHOS MINEROS 1 2 3 4 En el caso de Acuerdo o Contrato de Explotacion, se adjuntara MORDAZA fedateada del mismo. Si se trata de derechos mineros cesionados de terceros, se debera adjuntar MORDAZA del contrato de cesion vigente con la certificacion registral. DERECHOS MINEROS DE TERCEROS 1 2 (1) (2) (3) Resolucion de Superintendencia. Nº 210-2004/SUNAT - Art. 6to - Uso obligatorio del numero de RUC para tramites en la administracion publica. Adjuntar MORDAZA simple de Inscripcion en la SUNARP de los derechos mineros titulados.. En caso de Cesion o Transferencia, adjuntar MORDAZA simple de la MORDAZA de inscripcion del contrato ante la SUNARP. CODIGO HAS. DEL CONTRATO SOCIEDAD %

De acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 10º de la Ley Nº 27651, DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente: 1 Estar dedicado habitualmente y como medio de sustento a la explotacion y/o beneficio directo de minerales, realizando actividades con metodos manuales y/o equipos basicos. (Si se trata de persona juridica la declaracion sobre las actividades de sustento es aplicable para los integrantes de la sociedad). Segun Numeral 1 del Articulo Nº 10 de la Ley Nº 27651 2 No poseer entre denuncios, petitorios y concesiones o contratos de explotacion, mas de 1,000 hectareas, a titulo personal o en sociedad conyugal, como cesionario, en calidad de co-peticionario, ni como participe de una Sociedad Legal. No defecto las 3 N poseer planta d b l t de beneficio o en su d f t no poseer una capacidad d produccion y/o b fi i id d de d io / beneficio que sobrepase l 25 fi i b toneladas metricas por dia con excepcion de materiales de construccion, MORDAZA, gravas auriferas de placer y metales pesados detriticos en que el limite sera una capacidad instalada de produccion y/o beneficio de hasta doscientos (200) metros cubicos por dia.
FORMATO : DECLARACION JURADA BIENAL DE PRODUCTOR MINERO ARTESANAL Pagina 1/2 Version : Noviembre-2004

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