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PÆg. 284932 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de enero de 2005 una contribución en efectivo para la adquisición de este producto. 1.3 Asimismo, 1,295 toneladas de mezcla de maíz y soya (CSB), 402 toneladas de aceite vegetal, 969 tonela-das de arveja partida y 290 toneladas de azúcar seránimportadas por el PMA para su distribución directa a losbeneficiarios. 1.4 Los artículos indicados en el párrafo 1.1 represen- tan una canasta de alimentos teórica utilizada a efectosdel cálculo del presupuesto y aprobación del proyecto. Lacomposición exacta y las cantidades efectivas de los pro-ductos que se suministrarán al proyecto podrán variar conel tiempo, según los productos que estén a disposición delPMA y disponibles en el mercado interno. En caso de queno fuera posible suministrar alguno de los productos arribaestipulados en la cantidad especificada, el PMA procurarásustituirlo con otro producto. 1.5 A reserva de las disponibilidades, la asistencia del PMA se suministrará por un período de 17 meses, a partirde la fecha en que comience la utilización de los produc-tos. 1.6 Los envíos se determinarán con arreglo a la dispo- nibilidad anual de los productos indicados y al ritmo deejecución del proyecto. Por tanto, podría ser necesariointroducir cambios en el calendario de las actividades delproyecto, los cuales deberán convenirse con el Gobierno.El primer envío se despachará lo antes posible tan prontocomo el Gobierno, de conformidad con el Artículo III.3,párrafos 6.1 y 6.2, haya comunicado al PMA la terminaciónde las Medidas Preparatorias. 1.7 Reconociendo que durante la ejecución del proyec- to pueden registrarse cambios considerables en la disponi-bilidad local de productos alimenticios idénticos o similaresa los suministrados por el PMA, éste podrá, en estrechacolaboración con el Gobierno, efectuar compras en el paíso solicitar que se disponga lo necesario para el intercambiode los productos. 1.8 El PMA dispondrá lo necesario para asegurar debi- damente todos los envíos de productos hasta el puerto delCallao para presentar los reclamos pertinentes a los trans-portistas o los aseguradores, sobre la base del informe deun superintendente independiente que será designadopor el PMA. Se entregarán los productos con la condiciónde que lleguen en buen estado. En caso de que durante eltransporte se sufrieran pérdidas o daños que representenmás del 5 por ciento de la asignación total, el PMA sustitui-rá los productos perdidos o dañados, si hacia el final delproyecto se necesitaran aún esos productos. 1.9 El PMA mantendrá informado al Gobierno, en la medida de lo posible, sobre el curso de las gestiones parael suministro de los productos. 2. Suministro de recursos no alimentarios 2.1 El PMA, con fondos ODOC (Otros Costos Operati- vos Directos) del proyecto adquirirá insumos no alimenta-rios por un valor total estimado en 26,563 dólares EE.UU.,según detalle: i) Material y equipo para implementación de cocinas 8,000 - Cocinas mejoradas- Ollas, cucharones, tazas, platos, cucharas y tenedores - Baldes- Batidores ii) Implementos e insumos de salud 11,830 - Pastillas antiparasitarias (1 dosis por beneficiario) - Material para seguimiento- Filtros de agua iii)Material educativo 2,776 iv) Insumos para huertos y granjas escolares 3,957 Estos insumos no alimentarios, serán entregados en los almacenes de PRONAA Callao para su traslado a laGerencia de PRONAA Huancavelica y posteriormente parasu distribución a los beneficiarios del proyecto en los pla-zos establecidos. 2.2 El PMA tratará de conseguir o gestionará el sumi- nistro de los productos arriba indicados, tan pronto como elGobierno haya comunicado al PMA el plan de actividadesdel proyecto. No se suministrará ningún artículo despuésde concluidas las actividades del proyecto. 2.3 El PMA mantendrá informado al Gobierno, en la medida de lo posible, del curso de las gestiones para elsuministro de los recursos no alimentarios. 3. Servicios de supervisión y asesoramiento 3.1 Por tratarse de un proyecto piloto y de duración específica (17 meses), el PMA constituirá un equipo detrabajo en la zona conformado por oficiales y monitores decampo, cuyas funciones básicas estarán enfocadas en lassiguientes actividades: 3.1.1 Asegurar que la estructura de ejecución del pro- yecto a nivel departamental y provincial, opere adecuada-mente. 3.1.2 Selección de proveedores y plantas procesado- ras para la producción del Inkamix. 3.1.3 Realización de compras de Inkamix o de mate- rias primas e insumos y contratación de servicios para pro-ducción del Inkamix. 3.1.4 Supervisión del proceso de producción: control de calidad, certificaciones. 3.1.5 Identificación y selección de las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) de acuerdo a las zonas deintervención del proyecto para la ejecución del componen-te educativo nutricional. 3.1.6 En coordinación con el gobierno focalizará las zonas de intervención e identificará mecanismos de ges-tión y supervisión, adecuadamente distribuidos entre lasinstituciones ejecutoras del proyecto (Ministerio de la Mujery Desarrollo Social (MIMDES), Ministerio de Salud, Ministe-rio de Educación, y las ONGs ejecutoras. 3.1.7 Apoyará al gobierno y a las ONGs en el diseño e implementación del componente educativo nutricional yhuertos escolares. 3.1.8 Conjuntamente con el gobierno y las ONGs se diseñará e implementará el sistema de monitoreo y evalua-ción. 3.2 El PMA proporcionará asistencia técnica al gobier- no, a través de su personal contratado en los temas delogística de alimentos, gestión basada en resultados, gé-nero, nutrición, COMPAS (sistema de seguimiento, monito-reo y control de los alimentos desde su llegada a puertohasta el punto final de entrega al beneficiario), y en siste-mas de recolección de datos para la elaboración de losinformes estandarizados de los proyectos. 3.3 El PMA, por un valor de 26,000 dólares EE.UU., fondos provenientes de las líneas ODOC (Otros CostosOperativos Directos), contratará a ONGs locales para eldesarrollo de módulo de capacitación en nutrición, higieney salud y llevar a cabo el proceso educativo de formación ycapacitación a las mujeres beneficiarias del componentede alimentos por capacitación y a las madres gestantes ylactantes. Estas instituciones trabajarán en estrecha coor-dinación con el MIMDES, Ministerio de Educación, Ministe-rio de Salud y organizaciones de mujeres. Los módulos de educación nutricional utilizarán resulta- dos provenientes de un estudio de consumo cualitativorealizado por el PMA y dirigidos a explorar aspectos desalud inadecuada, nutrición, y a prácticas relacionadas conel cuidado de las mismas. 3.4 El PMA consideraría la prestación de servicios de consultoría hasta por un valor de 5,000 dólares EE.UU.(Fondos ODOC) para satisfacer otras posibles necesida-des relacionadas con la preparación del Inkamix y el pro-yecto. 3.5 El PMA financiará hasta por US$ 2,400 (Fondos DSC) en apoyo de las actividades especificadas en el Artí-culo III, párrafos 9.1 a 9.4. Podrá tratarse de servicios deconsultores para la preparación de formularios/procedimien-tos, capacitación de personal de contraparte en segui-miento/presentación de informes, apoyo para la informati-zación u otras actividades pertinentes relacionadas con elseguimiento y la evaluación, según lo acordado con elGobierno. 3.6 El PMA proporcionará una cantidad de hasta 5,000 (Fondos DSC) dólares EE.UU., para la realización del es-tudio participativo basado en técnicas de "recordación de24 horas", con el objeto de evaluar los efectos combina-dos de la ayuda alimentaria (incluyendo la provisión deInkamix). Los gastos estarán sujetos a los procedimientosfinancieros del PMA y éste se reserva el derecho a iden-tificar y contratar expertos externos, si lo considera nece-sario. 3.7 Todos los gastos correspondientes a esta catego- ría serán determinados conjuntamente por el Gobierno y elPMA, y serán aprobados por el PMA. Los gastos estaránsujetos a las Normas y Procedimientos Financieros del PMA.