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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 28 de enero de 2005; aprobó la siguiente Orde- nanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrati- va en los asuntos de su competencia, de conformidadcon lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, el Obispado del Callao solicita la desafectación del área de 791.40 metros cuadrados en la cual se ha edificado la Parroquia "San Martín y San Lorenzo", ubi- cada en el Parque Principal de la Urbanización PedroRuiz Gallo; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se apro-bó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- Desafectar el área de 791.40 metros cuadrados ubicada en el Parque Principal de laUrbanización Pedro Ruiz Gallo. Artículo Segundo.- Disponer la correspondiente modificación del Plan Urbano Director de la ProvinciaConstitucional del Callao 1995-2010 aprobado por Orde- nanza Municipal Nº 018-95-MPC. POR TANTO: Mando se registre, comunique y publíquese.ERNESTO MISPIRETA VALDIVIA Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 02636 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2005-CPP Paita, 26 de enero del 2005 VISTO: El Dictamen Nº 002-2005/Com.Nº IV “PSy- SA”-MPP en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de enero del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 003-2005-PVL-MPP de fecha 19 de enero del 2005, el Coordinador del Pro- grama Vaso de Leche, manifiesta que resulta absolu- tamente necesario contar con insumos para abaste-cer a los beneficiarios del referido programa, los cua- les deberán adquirirse de manera muy excepcional con la exoneración de proceso pertinente, por cuantoaún no se puede realizar el proceso de selección en tanto no se apruebe el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; que el proceso para seleccionar alproveedor de los insumos dura alrededor de 45 días, lapso en el que el programa del Vaso de Leche queda-ría totalmente desabastecido, por lo cual resulta ne- cesario tomar las previsiones del caso, máxime si se trata de beneficiarios que en su mayoría son niños,los cuales no pueden estar sujetos a espera, ocasio- nándose por consiguiente un verdadero problema so- cial. Señala asimismo, que la solicitud tardía para laadquisición mediante la modalidad de compra comple- mentaria no se debió a causas imputables al Comité de Administración o a la Oficina del Programa Vaso deLeche, en tanto el movimiento de las partidas presu- puestales no es responsabilidad de estos estamentos y detalla los insumos a adquirir: INSUMOS ENERO FEBRERO MARZO UNIDAD DE MEDIDA Leche Evaporada Entera de410 gr. 22,340 22.340 22.340 LATAS Hojuelas de Avena, Quinua y Kiwicha 2,820 2,820 2,820 KILOS Valor referencial por mes (Ambos Insumos) S/. 51,938.80 S/. 51,938.80 S/. 51,938.80 concluyendo que se declare en Situación de Desa- bastecimiento Inminente el programa del Vaso de Leche por los meses de enero, febrero y marzo del año 2005, lapso aproximado para realizar el proceso de seleccióncorrespondiente; Que, mediante Informe Nº 064-2005-OAJ-MPP de fecha 24 de enero del 2005, el Jefe de la Oficina deAsesoría Jurídica señala que el artículo 21º del no- vísmo Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supre-mo Nº 083-2004-PCM considera Situación de Desa- bastecimiento Inminente aquella situación extraordi- naria e imprevisible en la que la ausencia de determi-nado bien, servicio u obra compromete en forma di- recta e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas quela entidad tiene a su cargo de manera esencial. Di- cha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólopor el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesa- rio para resolver la situación y llevar a cabo el proce- so de selección que corresponda; y añade que elsegundo párrafo del artículo precitado (concordado con el tercer párrafo del artículo 141º del Reglamen- to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM), en el sentido que la aprobación de la exoneración en vir- tud de la causal de situación de desabastecimientoinminente, no constituye dispensa, exención o libe- ración de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese ori-ginado la presencia o configuración de dicha causal. Constituye agravante de responsabilidad si la situa- ción fue generada por dolo o culpa inexcusable delfuncionario o servidor de la entidad. En cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exonera- ción deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la mis-ma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de enero del 2005 fue sustentado el dictamen del Visto presentado por la Comisión Nº IV “Población, Salud y Saneamiento Ambiental”, recomendando al Pleno delConcejo la aprobación de la exoneración del proceso de selección, en virtud de la causal de desabastecimiento inminente del Programa Vaso de Leche, para los mesesde enero, febrero y marzo del 2005 y derivar el expe- diente a la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios para deslindar cualquier tipo de res-ponsabilidad administrativa, civil y/o penal de los funcio- narios o servidores públicos involucrados y cuya con- ducta hubiese originado la presencia o configuración dedicha causa; Estando a las facultades conferidas por el artículo 41º de la Ley Nº 27972 y a lo dictaminado por el ConcejoMunicipal por MAYORÍA SIMPLE;