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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de febrero de 2005 cha 26 de enero de 2005 emitido por la Asesoría Legal Interna de la GART. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso f) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de selección, las adquisi- ciones y contrataciones que se realicen para serviciospersonalísimos, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que,cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos, procede la exoneración por servicios per-sonalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conoci-mientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la compleji-dad del objeto contractual y haga inviable la compara- ción con otros potenciales proveedores; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28447, que dis- puso la modificación de diversos artículos de la Ley de Concesiones Eléctricas, así como entre otras cosas, lacreación de una Comisión para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica (en adelante LA COMISIÓN), conformada por el Ministerio de Energía yMinas (en adelante MEM) y OSINERG, con el fin de elaborar un proyecto de ley destinado a asegurar el de- sarrollo eficiente de la generación eléctrica mediante: i)incorporación de mecanismos de mercado; ii) mecanis- mos de mitigación de riesgos a través de precios firmes; iii) desarrollo de nuevas inversiones de generación; iv)competencia por el mercado, y v) criterios para el trata- miento de las conexiones internacionales; Que, la referida Ley dispuso que LA COMISIÓN de- berá convocar a representantes de todos los sectores involucrados, tanto del sector público como privado, a fin de conocer sus opiniones y sugerencias; asimismo,se facultó al MEM y a OSINERG para realizar la contrata- ción directa de los servicios de consultoría especializa- da que requiera LA COMISIÓN para el cumplimiento desus funciones, mediante la modalidad de Servicios Personalísimos a que se refiere la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo con las disposiciones aprobadas en la Ley Nº 28447 y teniendo en cuenta las facultades otorgadas a OSINERG para la contratación directa delos servicios de consultoría especializada que requiera LA COMISIÓN para el cumplimiento de sus funciones, mediante el Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº005-2005, se ha considerado la necesidad de contar con el Servicio de Asesoría Legal Externa para la Implementación de la Ley Nº 28447; Que, mediante el citado Informe Técnico, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG pone en consideración de la Gerencia General la contratación delos servicios del Estudio Bullard, Falla, Ezcurra & Riva- rola Abogados, toda vez que dicho Estudio ha desarro- llado un know how particular en la disciplina del análisiseconómico del derecho, lo cual permite que sus inte- grantes cuenten con experiencia en regulación econó- mica de áreas como la energía y libre competencia. Asi-mismo, el Estudio cuenta con un alto nivel de especia- lización en el análisis de los mercados sujetos a regula- ción económica, en especial en electricidad; Que, los integrantes del Estudio citado en el párrafo precedente manejan, no sólo la teoría legal, sino también la teoría económica vinculada con el área de regulacióny competencia. Además, el Estudio cuenta con expertos en órganos de decisión o en asesoría a organismosreguladores, así como una importante experiencia en todas las áreas vinculadas al derecho de la competen-cia, habiendo sus integrantes, participado activamente en la elaboración de la legislación relacionada con estas materias; Que, teniendo en consideración lo señalado en el Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 005-2005 y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-013 se haconfigurado la causal de exoneración por servicios per- sonalísimos establecida en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM; Que, el servicio cuyo proceso de selección es mate- ria de la presente resolución está contemplado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Esta- do (PAAC) de OSINERG, de conformidad con el artículo23º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 084-2004-PCM; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administración y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración por servicios personalísimos del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Asesoría Legal externa para la Implementación de la Ley Nº 28447. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSI- NERG para que proceda a la contratación del EstudioBullard, Falla, Ezcurra & Rivarola Abogados, para la pres- tación de servicio aprobado en el artículo anterior, con un valor referencial máximo de S/. 150 000,00 (Cientocincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido impues- tos de ley, en las cuotas y forma que establezca el con- trato. Artículo 3º.- La fuente de financiamiento se realizará con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución y de los Informes Técnico y Legal sustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asícomo proceder a la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley y a través del SEACE. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 02771 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61 /G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G2D/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G45/G78/G70/G65/G72/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G31/G22 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 020-2005-OS/PRES Lima, 4 de febrero de 2005 VISTOS:El Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 005- 2005 de fecha 24 de enero del 2005 emitido por la Divi-sión de Generación y Transmisión Eléctrica de la Geren- cia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante GART) y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-013 de fe-