Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2005 (07/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de febrero de 2005

veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, Organica de Gobiernos Regionales, la mision de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral sostenible de la region; teniendo como mision de gerenciar, promover y orientar el desarrollo sostenible de la Region, en estrecha coordinacion con las instituciones publicas, privadas y poblacion organizada aprovechando las potencialidades externas e internas a fin de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion infantil de la region Huanuco; y como vision de ser una Region lider en el desarrollo socio cultural que posibilitara que los ninos y adolescentes de la Region MORDAZA, puedan contar con una identidad social y cultural afianzando la descentralizacion y la reduccion de la pobreza. Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolucion cuarenta y cuatro /veinticinco de fecha veinte de setiembre de mil novecientos ochenta y nueve, ratificada por el estado peruano el cinco de setiembre de mil novecientos noventa, establece en el numeral uno del articulo tres que en todas las medidas concernientes a los ninos que tomen las instituciones publicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los organos legislativos, una consideracion primordial a que se atendera sera el interes superior del nino; y en el numeral dos establece que los Estados Partes se comprometen a asegurar al MORDAZA la proteccion y el cuidado que MORDAZA necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de el ante la ley y, con ese fin, tomaran todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. Que, el articulo cuarenta y nueve de la Constitucion Politica del Peru, establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono; Asimismo el articulo treinta y uno del Codigo de los Ninos y Adolescentes aprobado por Ley numero veintisiete mil trescientos treinta y siete senala que los gobiernos regionales y locales estableceran dentro de sus respectivas jurisdicciones, entidades tecnicas semejantes al Ente Rector del Sistema, las que tendran a su cargo la normatividad, los registros, la supervision y la evaluacion de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas. El MINDES coordinara con dichas entidades tecnicas regionales y locales el cumplimiento de sus funciones. Que, en la actualidad existe una dispersion de esfuerzos de las Instituciones tanto publicas como privadas que trabajan el tema de los derechos de los ninos, las ninas y adolescentes por lo que se requiere de la constitucion de un ente regional que pueda articular estos esfuerzos, lo que significaria una inversion mas eficiente de los esfuerzos a favor de los programas y proyectos sociales dirigidos a la infancia y a la adolescencia. Que, la creacion de un ente regional, que cuente con una amplia participacion de las instituciones publicas, de la sociedad civil y de los ninos, ninas y adolescentes, permitira recoger las aspiraciones de este sector de la sociedad lo cual redundara en una efectiva aplicacion de politicas para su mejor desarrollo; en este orden de ideas en la actualidad en nuestra Region MORDAZA resulta necesario llevar adelante la Creacion del Consejo Regional por los Derechos de las Ninas, Ninos y Adolescentes a fin de organizarnos en un periodo, y establecer funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades con la participacion activa de Instituciones publicas, privadas, vale decir Ministerio de la Mujer, Ministerio de Educacion, Ministerio de Salud, Poder Judicial , Ministerio Publico, Policia Nacional, Colegio de Abogados de Huanuco-Pasco, ONG's, Organizaciones Comunales, Municipios, los propios ninos, ninas y adolescentes, etc., a fin de que puedan vivir en un ambiente sano, libre de violencia y como integrantes de una familia, ello en consideracion de que en la actualidad se

encuentran expuestos desde su MORDAZA a danos en su desarrollo fisico, mental, emocional a causa de la pobreza, es por ello de que se debe impulsar una MORDAZA de movilizacion por la infancia que ayude a superar esta situacion, que ayude a garantizar el bienestar de los menores de diecisiete anos, principalmente en las zonas rurales que viven en condiciones de pobreza y extrema pobreza . Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos quince Inc. a), treinta y ocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales, a lo acordado por UNANIMIDAD en Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; SE ORDENA: Articulo Primero.- CREAR EL CONSEJO REGIONAL POR LOS DERECHOS DE LAS NINAS, NINOS Y ADOLESCENTES DE LA REGION MORDAZA, cuya finalidad sera la de articular esfuerzos en conjunto para la defensa de los derechos de los ninos (as) y adolescentes de la Region, el cual estara integrado por: - Un representante del Gobierno Regional, quien lo presidira. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion - Un representante de la Direccion Regional de Salud - Un representante del Poder Judicial - MORDAZA - Un representante del Ministerio Publico - MORDAZA - Un representante del Colegio de Abogados de Huanuco-Pasco. - Un representante del RENIEC - Un representante de la Policia Nacional del Peru Region Huanuco. - Un representante de los Entes Descentralizados del MINDES - Un representante de las Municipalidades Provinciales de la Region - Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales dedicadas al tema de la Infancia y Adolescencia. - Un representan del Colegio Profesional de Asistentes Sociales de MORDAZA - Un representante de las organizaciones de Ninos y Adolescentes - Un representante de las DEMUNAS - Un representante de los Alcaldes Escolares (Coordinadora) - Un representante del Colegio Profesional de Psicologos - Un representante del Consejo Regional del Discapacitado - COREDIS. - Un Representante del CONAJU - Un Representante de la Mesa de Concertacion Segundo.- la Secretaria Tecnica del Consejo Regional por los Ninos, Ninas y Adolescentes de la Region MORDAZA estara a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA, quien dentro del plazo de sesenta dias de emitida la presente ordenanza se encargara de su respectiva Reglamentacion. Articulo Segundo.- PUBLICAR, la presente MORDAZA Regional conforme a lo dispuesto en el articulo cuarenta y dos de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de los Gobiernos Regionales la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA ESTACIO MORDAZA Presidente (e) 02644

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