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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (07/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de febrero de 2005 veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, Orgánica de Gobiernos Regionales, la misión de los gobiernos regio-nales es organizar y conducir la gestión pública regionalde acuerdo a sus competencias exclusivas, comparti-das y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral sosteni- ble de la región; teniendo como misión de gerenciar, pro-mover y orientar el desarrollo sostenible de la Región, enestrecha coordinación con las instituciones públicas,privadas y población organizada aprovechando las po-tencialidades externas e internas a fin de mejorar la ca- lidad de vida de la población infantil de la región Huánu- co; y como visión de ser una Región líder en el desarro-llo socio cultural que posibilitará que los niños y adoles-centes de la Región Huánuco, puedan contar con unaidentidad social y cultural afianzando la descentralizacióny la reducción de la pobreza. Que, la Convención sobre los Derechos del niño adoptada en la Asamblea General de las NacionesUnidas en su resolución cuarenta y cuatro /veinticincode fecha veinte de setiembre de mil novecientos ochentay nueve, ratificada por el estado peruano el cinco desetiembre de mil novecientos noventa, establece en el numeral uno del artículo tres que en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las institucionespúblicas o privadas de bienestar social, los tribunales,las autoridades administrativas o los órganos legislati-vos, una consideración primordial a que se atenderáserá el interés superior del niño; y en el numeral dos establece que los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que seannecesarios para su bienestar, teniendo en cuenta losderechos y deberes de sus padres, tutores u otraspersonas responsables de él ante la ley y, con ese fin,tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. Que, el artículo cuarenta y nueve de la Constitución Política del Perú, establece que la comunidad y el Esta-do protegen especialmente al niño, al adolescente, a lamadre y al anciano en situación de abandono; Asimis-mo el artículo treinta y uno del Código de los Niños y Adolescentes aprobado por Ley número veintisiete mil trescientos treinta y siete señala que los gobiernos re-gionales y locales establecerán dentro de sus respecti-vas jurisdicciones, entidades técnicas semejantes alEnte Rector del Sistema, las que tendrán a su cargo lanormatividad, los registros, la supervisión y la evalua- ción de las acciones que desarrollan las instancias eje- cutivas. El MINDES coordinará con dichas entidadestécnicas regionales y locales el cumplimiento de susfunciones. Que, en la actualidad existe una dispersión de esfuer- zos de las Instituciones tanto públicas como privadas que trabajan el tema de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes por lo que se requiere de la cons-titución de un ente regional que pueda articular estosesfuerzos, lo que significaría una inversión más efi-ciente de los esfuerzos a favor de los programas yproyectos sociales dirigidos a la infancia y a la adoles- cencia. Que, la creación de un ente regional, que cuente con una amplía participación de las instituciones públicas, dela sociedad civil y de los niños, niñas y adolescentes,permitirá recoger las aspiraciones de este sector de lasociedad lo cual redundará en una efectiva aplicación de políticas para su mejor desarrollo; en este orden de ideas en la actualidad en nuestra Región Huánuco resulta ne-cesario llevar adelante la Creación del Consejo Regionalpor los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes afin de organizarnos en un período, y establecer funcio-nes en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades con la participación activa de Institucio- nes públicas, privadas, vale decir Ministerio de la Mujer,Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Poder Judi-cial , Ministerio Público, Policía Nacional, Colegio deAbogados de Huánuco-Pasco, ONG’s, OrganizacionesComunales, Municipios, los propios niños, niñas y adolescentes, etc., a fin de que puedan vivir en un am- biente sano, libre de violencia y como integrantes de unafamilia, ello en consideración de que en la actualidad seencuentran expuestos desde su concepción a daños en su desarrollo físico, mental, emocional a causa de lapobreza, es por ello de que se debe impulsar una cam-paña de movilización por la infancia que ayude a superaresta situación, que ayude a garantizar el bienestar delos menores de diecisiete años, principalmente en las zonas rurales que viven en condiciones de pobreza y extrema pobreza . Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos quince Inc. a), treinta y ochode la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Or-gánica de Gobiernos Regionales, a lo acordado por UNANIMIDAD en Sesión de Consejo Regional de la re- ferencia, con dispensa del trámite de lectura y aproba-ción del Acta; SE ORDENA: Artículo Primero.- CREAR EL CONSEJO REGIO- NAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS YADOLESCENTES DE LA REGIÓN HUÁNUCO, cuyafinalidad será la de articular esfuerzos en conjunto parala defensa de los derechos de los niños (as) y adoles-centes de la Región, el cual estará integrado por: - Un representante del Gobierno Regional, quien lo presidirá. - Un representante de la Dirección Regional de Educa- ción - Un representante de la Dirección Regional de Salud - Un representante del Poder Judicial - Huánuco - Un representante del Ministerio Público - Huánuco- Un representante del Colegio de Abogados de Huánuco-Pasco. - Un representante del RENIEC- Un representante de la Policía Nacional del Perú Región Huánuco. - Un representante de los Entes Descentralizados del MINDES - Un representante de las Municipalidades Provincia- les de la Región - Un representante de las Organizaciones No Guber- namentales dedicadas al tema de la Infancia y Adoles- cencia. - Un representan del Colegio Profesional de Asisten- tes Sociales de Huánuco - Un representante de las organizaciones de Niños y Adolescentes - Un representante de las DEMUNAS - Un representante de los Alcaldes Escolares (Coordi- nadora) - Un representante del Colegio Profesional de Psicólo- gos - Un representante del Consejo Regional del Discapa- citado - COREDIS. - Un Representante del CONAJU- Un Representante de la Mesa de Concertación Segundo.- la Secretaría Técnica del Consejo Regio- nal por los Niños, Niñas y Adolescentes de la Región Huánuco estará a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Huánuco,quien dentro del plazo de sesenta días de emitida lapresente ordenanza se encargara de su respectivaReglamentación. Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente norma Regional conforme a lo dispuesto en el artículo cuarenta y dos de la Ley número veintisiete mil ochocientos se-senta y siete Orgánica de los Gobiernos Regionales lamisma que entrará en vigencia a partir del día siguientede su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.HAMILTON ESTACIO FLORES Presidente (e) 02644