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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de febrero de 2005 VISTOS: El Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 005- 2005 de fecha 24 de enero del 2005 emitido por la Divi- sión de Generación y Transmisión Eléctrica de la Geren-cia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante GART) y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-013 de fe- cha 26 de enero de 2005 emitido por la Asesoría LegalInterna de la GART. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de selección, las adquisi-ciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos otecnológicos, procede la exoneración por servicios per- sonalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que sudestreza, habilidad, experiencia particular y/o conoci- mientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable eindiscutible su adecuación para satisfacer la compleji- dad del objeto contractual y haga inviable la compara- ción con otros potenciales proveedores; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28447, que dis- puso la modificación de diversos artículos de la Ley deConcesiones Eléctricas, así como entre otras cosas, la creación de una Comisión para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica (en adelante LACOMISIÓN), conformada por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM) y OSINERG, con el fin de elaborar un proyecto de ley destinado a asegurar el de-sarrollo eficiente de la generación eléctrica mediante: i) incorporación de mecanismos de mercado; ii) mecanis- mos de mitigación de riesgos a través de precios firmes;iii) desarrollo de nuevas inversiones de generación; iv) competencia por el mercado, y v) criterios para el trata- miento de las conexiones internacionales; Que, la referida Ley dispuso que LA COMISIÓN de- berá convocar a representantes de todos los sectores involucrados, tanto del sector Público como privado, afin de conocer sus opiniones y sugerencias; asimismo, se facultó al MEM y a OSINERG para realizar la contrata- ción directa de los servicios de consultoría especializa-da que requiera LA COMISIÓN para el cumplimiento de sus funciones, mediante la modalidad de Servicios Personalísimos a que se refiere la normatividad sobrecontrataciones y adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo con las disposiciones aprobadas en la Ley Nº 28447 y teniendo en cuenta las faculta-des otorgadas a OSINERG para la contratación di- recta de los servicios de consultoría especializada que requiera LA COMISIÓN para el cumplimiento desus funciones, mediante el Informe Técnico OSI- NERG-GART/DGT Nº 005-2005, se ha considerado la necesidad de contar con el servicio de "Coordina-ción y de Apoyo de Experto Nacional" para la imple- mentación de la Ley Nº 28447; Que, mediante el citado Informe Técnico, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG pone en consideración de la Gerencia General, la contratación de los servicios del Ing. Manuel Kiyán Zaja, toda vez quedicho profesional cuenta experiencia en la formulación de marcos regulatorios así como consultor especializa- do en temas de diseño de mercados eléctricos; Que, la experiencia del Ing. Kiyán como consultor especializado en temas de diseño de mercados eléctri-cos, su participación como miembro del equipo que ela- boró la Ley de Concesiones Eléctricas del Perú y sutrayectoria impecable como asesor del Ministerio de Energía y Minas de 1980 a 1985 y de 1992 a 2000, han sido determinantes para su recomendación; Que, teniendo en consideración la recomendaciones del Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 005-2005 y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-013, se haconfigurado la causal de exoneración por servicios per- sonalísimos establecida en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM; Que, el servicio cuyo proceso de selección es mate- ria de la presente resolución está contemplado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Esta- do (PAAC) de OSINERG, de conformidad con el artículo23º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 084-2004-PCM; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administración y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración por servicios personalísimos del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de "Coordina- ción y de Apoyo de Experto Nacional" para la Implemen-tación de la Ley Nº 28447. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSI-NERG para que proceda a la contratación del Ing. Ma- nuel Kiyán Zaja, para la prestación de servicio aprobado en el artículo anterior, con un valor referencial máximode S/. 150 000,00 (Ciento cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos de ley, en las cuotas y forma que establezca el contrato. Artículo 3º.- La fuente de financiamiento se realizará con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución y de los Informes Técnico y Legal sustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asícomo proceder a la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley y a través del SEACE. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 02770 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G20/G64/G65 /G61/G62/G6F/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 019-2005-OS/PRES Lima, 4 de febrero de 2005 VISTOS:El Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 005- 2005 de fecha 24 de enero del 2005 emitido por la Divi-sión de Generación y Transmisión Eléctrica de la Geren- cia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante GART) y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-013 de fe-