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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G37/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de febrero de 2005 tro horas a razón de 0.15% de la UIT vigente S/.5.00 nue- vos soles. 2. Para Camionetas Rurales, Ómnibuses y Camiones a) El monto a pagarse por concepto de Derecho de Estacionamiento Vehicular, por cada 1/2 hora o fraccionesde 0.030% de la UIT, siendo su equivalente en soles el deS/. 1.00 nuevos soles. b) Se establece la tasa única de Estacionamiento Vehicular, cuando se haga uso del servicio por un tiempo mayor a cuatro horas a razón de 0.30% de la UIT, siendosu equivalente en soles de S/. 10.00 nuevos soles". Artículo 2º.- Precisar que no les corresponde, pagar dere- cho de parqueo a aquellos vehículos que usen el estacionamiento por menos de 10 minutos, en razón de tratar- se de proveedores o visitantes en busca de información. Artículo 3º.- Dispensar del procedimiento de lectura y apro- bación de Acta de Sesión de Concejo a la presente Ordenan-za, a efectos de su inmediata ejecución y/o trámite pertinente. Artículo 4º.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a efectos de la mejor aplicación de las Ordenanzas antes citadas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 03439 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2005-MVES Villa El Salvador, 14 de enero del 2005 Visto: El Oficio Nº 2005-01-039-MML-DMA-OGF (Facsí- mil) donde la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de su Dirección General de Finanzas comunica las obser- vaciones al Presupuesto Institucional de Apertura del Ejer-cicio 2005 recientemente presentado por nuestra entidad; CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 054-2004-MVES, de fecha 15 de diciembre del 2004, se aprueba el Presu-puesto Institucional de Apertura (PIA) de la MunicipalidadDistrital de Villa El Salvador para el período comprendidoentre el 1 de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal 2005, cuyo presupuesto de Ingresos y Gastos asciende a S/.32’820, 689.00 nuevos soles; el mismo que es promul-gado mediante la Resolución de Alcaldía Nº 1329-2004-MVES, de fecha 16.12.2004; Que, mediante Directiva Nº 001-2005-EF/76.0, aproba- da mediante Resolución Directoral Nº 055-2004-EF/76.01 del 23.12.2004, se emite la directiva para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de los Pliegos delGobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Localpara el año fiscal 2005, la misma que modifica y recorta loscostos y montos a considerar en los presupuestos institu-cionales en el rubro del Programa del Vaso de Leche, como consecuencia del fallo del Tribunal Constitucional sobre el Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta; igual-mente en cuanto a los Programas Sociales, la Directivacitada solicita no incluir los mismos en el Presupuesto Ins-titucional de Apertura de aquellos municipios que no cuen-ten con la acreditación correspondiente, como es el caso de Villa El Salvador; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, como ente rector del Sistema Nacional de Presupuesto, tal comolo dispone el Art. 13º de la Ley Marco de la AdministraciónFinanciera del Sector Público Nº 28112 y el Art. 3º de laLey General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28211, ha comunicado a la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Oficio Circular Nº 019-2004- EF/76.01los nuevos montos a considerar en el Programa del Vasode Leche para el presente ejercicio fiscal en las distintasMunicipalidades Distritales de Lima, remarcándose igual-mente la necesidad de no considerar en el PIA el monto por transferencia para "Comedores, Alimentos por Trabajo, Hogares y Albergues" para el caso de las Municipalidadesno acreditadas, como es el caso de las Municipalidades de Lima Metropolitana; Que, consecuentemente se hace necesario proceder por un lado a cambiar el monto considerado por transfe- rencias para el Programa del Vaso de Leche en el PIA 2005 aprobado, el cual se reduce en S/. 385,734 nuevossoles; y, por otro lado, retirar del PIA 2005 las trasferenciascorrespondientes a "Comedores, Alimentos por Trabajo,Hogares y Albergues" que había sido asignado la suma deS/. 2’646, 844 nuevos soles, haciendo un Presupuesto de Ingresos y Egresos ascendentes a S/. 29’788,111.00 (VEIN- TINUEVE MILLONES, SETECIENTOS OCHENTA Y OCHOMIL, CIENTO ONCE CON 00/100 NUEVOS SOLES); Estando a lo solicitado, en uso de las atribuciones con- feridas en los Artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayorita- rio del Concejo Municipal, se expide el siguiente: ACUERDO Artículo 1º.- Modificar el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2005, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 054-2004-MVES del 15.12.2004 con una asignación de recursos de S/. 32'820, 689 (TREIN-TA Y DOS MILLONES, OCHOCIENTOS VEINTE MIL, SEIS-CIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SO-LES), a S/. 29’788,111 (VEINTINUEVE MILLONES, SETE-CIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL, CIENTO ONCE Y 00/ 100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- Dispensar del procedimiento de lectura y aprobación de Acta de Sesión de Concejo a la presenteOrdenanza, a efectos de su inmediata ejecución y/o trámi-te pertinente. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 03440 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G74/G6F/G64/G6F/G73 /G61/G71/G75/G65/G6C/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G2D/G63/G65/G6E/G20/G73/G75/G73/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G64/G61/G73/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2005-MDLP/ALC La Punta, 10 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 10 de febrero de 2005; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, precisa que los Gobiernos Locales tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, con funciones normativas, en la creación,modificación y suspensión de sus contribuciones, arbitrios,derechos y licencias, de conformidad con los Artículos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la Constitución Política del Perú, concordante con las Normas III y IV del Título Preliminardel Código Tributario; Que, es necesario brindar facilidades a los vecinos del distrito, para que cumplan con ponerse al día en el pagode sus obligaciones tributarias; Que, el Artículo 41º del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales en forma excepcional pueden